La Corte revocó medida que ordenaba liberar a menores de 16 años detenidos
El máximo tribunal hizo lugar a un recurso formulado por el fiscal Raúl Plee y revocó la medida que a fines del año pasado había dictado la Sala III de Casación. Además, en su resolución, la Corte instó al Poder Ejecutivo a que “en un plazo razonable” adecue la normativa relacionado con los menores “a los estándares mínimos que surgen de los instrumentos internacionales”, y a su vez al Estado Nacional y de la Ciudad a que mediante sus “organismos administrativos competentes implementen efectivamente” dichas medidas.
Para la Corte es de “urgencia y necesidad” que los “organismos administrativos nacionales y locales (este último en referencia al ámbito porteño) emprendan las acciones necesarias con el propósito de trazar y ejecutar políticas públicas que tiendan a excluir la judicialización de los problemas que afectan a los menores no punibles”.
El fallo, el cual lleva la firma de la totalidad de los ministro de la Corte, recuerda que el Comité de los Derechos del Niño, en octubre de 2002, ya había expresado “su preocupación” respecto de que la ley vigente en el país “no traza una distinción clara entre niños que necesitan protección y cuidado y niños en conflicto con la ley penal”. La Ley 22.278 la cual se aplica a los menores de 16 años y a la cual la Casación la había declarado inconstitucional, “no ha sido aún ajustada” a la normativa internacional, según consideró la Corte.
Además, advirtió que no es de su competencia modificar la Ley vigente, pues “ello implicaría sustituirse a competencias propias de los otros poderes del Estado”, y remarcó que para ello el Congreso tiene la “atribución específica” de hacerlo. Incluso indicó que el tema merece “un debate profundo” que “excede” la competencia de la Corte, aunque señaló que “el Tribunal no puede permanecer indiferente ante la gravedad de la situación y la demora en proceder a una adecuación de la legislación vigente”.
“El deber del Estado de respetar los derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, incumbe a cualquier poder y órgano, independientemente de su jerarquía, so pena de incurrir en responsabilidad internacional”, agregó. Por otra parte, la Corte le encomendó a los jueces “velar por el respeto de los derechos de los que son titulares cada niña, niño o adolescente”, lo que “implica escucharlos con todas las garantías a fin de hacer efectivos sus derechos”.
“Les concierne a los jueces mantener un conocimiento personal, directo y actualizado de las condiciones en la que se encuentran los niños sujetos a internación” con el fin de lograr “un mejoramiento en la calidad de vida” de los menores. En tanto, los jueces hablaron de “derechos especiales que tienen los niños por su condición”, los cuales “no constituyen sólo un postulado doctrinario sino un imperativo constitucional”.
El 18 de marzo pasado, la Corte había suspendido la medida dictada en diciembre de 2007 por la Cámara de Casación que había ordenado liberar a los menores de 16 años detenidos en la Capital Federal, luego de un pedido formulado por la Fundación Sur. Ahora, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Maqueda, Carmen Argibay, Raúl Zaffaroni y Enrique Petracchi revocaron ese fallo.
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