La inconstitucionalidad del cobro de ganancias a los jubilados y su alcance
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Se trata de un fallo de la Cámara de la Seguridad Social de la Sala 2 y se trata de un caso particular, donde un jubilado inició en 2012 una causa contra la AFIP en la que cuestionaba que no debe pagar ganancias en su carácter de jubilado. El argumento de la Cámara estableció que una jubilación no es una renta, no es un ingreso por una actividad lucrativa, sino que es sólo el abono de una retribución por todo lo que aportó mientras estaba en actividad.
Esta sentencia será apelada por el Estado Nacional, cuya resolución estará a cargo de la Corte Suprema de la Nación. Anticipó que la declaración de inconstitucionalidad está destinada únicamente al caso particular del denunciante, aunque puede no quedar así, ya que la Corte Suprema puede determinar otra cosa.
Por otro lado, mencionó que son cerca de 300 mil personas las que pagan ganancias en todo el país, ya que tienen ingresos superiores al equivalente a 6 jubilaciones mínimas, es decir, cerca de 38 mil pesos. Incluso, al momento de determinarse la sentencia de los juicios de jubilados por reajuste de sus haberes, le descuentan impuesto a las ganancias. Es por ello que muchas personas están expectantes a una declaración de inconstitucionalidad, debido a que, si se confirmara tendrán acción para reclamarle al Estado todo lo que le han descontado.
Luego se determinará con qué antigüedad se determinará la cantidad de tiempo que se retrocederá retroactivamente para que sea devuelto todo lo que se pagó de impuesto a las ganancias al Estado.
Finalmente anticipó que puede demorar mucho que la Corte se expida.
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