La Justicia avaló a los candidatos testimoniales, pero advirtió que sería riesgoso que no asuman
En un fallo dividido, la Cámara Nacional Electoral convalidó ayer las candidaturas a diputados nacionales del jefe de Gabinete, Sergio Massa, del gobernador
bonaerense, Daniel Scioli, y del ex presidente Néstor Kirchner para las elecciones del 28 de junio.
Lo hizo con el aval de los camaristas Rodolfo Munné y Santiago Corcuera, quienes consideraron que Scioli y Massa manifestaron en tres oportunidades su intención de asumir los cargos y que Kirchner pudo acreditar su residencia en Buenos Aires.
De todos modos, advirtieron que si los dos primeros, protagonistas de las llamadas candidaturas testimoniales, no asumen “lesionarán las instituciones de la República”.
En cambio, votó en disidencia el tercer integrante del tribunal, Alberto Dalla Vía, quien consideró que las llamadas candidaturas testimoniales “quiebran el sistema representativo”.
Anoche, luego de conocido el fallo, el Acuerdo Cívico y Social anunció que presentará su apelación y por ende la causa pasará a ser tratada por la Corte Suprema de Justicia, dijo la referente Elisa Carrió.
En el fallo, los jueces también habilitaron tres de las cuatro candidaturas cuestionadas del Frente Unión PRO, aunque desestimó la postulación de Silvia Lospennato, por no haber demostrado que cuenta con dos años de residencia en el distrito.
Tras este fallo, la oposición presentará una apelación ante la Corte Suprema de Justicia (para lo cual tiene un plazo de 48 horas), tribunal que aún no aclaró si estará en condiciones de dictar sentencia antes de las elecciones.
De todos modos, el tema ya llegó este lunes al máximo tribunal a través de un recurso de queja presentado por el constitucionalista Eduardo Barcesat, a quien en instancias anteriores le habían negado esa posibilidad.
Massa y Scioli habían sido cuestionados por no haber asegurado su asunción como diputados en caso de ser electos, en tanto que Néstor Kirchner había sido cuestionado por no contar presuntamente con los dos años de residencia en la provincia de Buenos Aires para presentarse como candidato por ese distrito.
Al referirse al cuestionamiento de las “candidaturas testimoniales”, los camaristas recordaron que Scioli y Massa manifestaron en tres oportunidades ante la Justicia Electoral la voluntad de ocupar sus bancas, en caso de ser electos.
“Primero, al aceptar las candidaturas; luego a través del apoderado partidario que afirmó que ?a la fecha cualquiera de los candidatos registrados están dispuestos a asumir los cargos; y, por último, personalmente, al ?ratificar íntegramente las afirmaciones realizadas por los apoderados”, señalaron.
“Frente a la expresa pretensión de acceder al cargo por el cual compiten, manifestada en estos autos por los candidatos cuestionados, es de toda evidencia que no puede exigírsele a la Justicia desentrañar las intenciones, propósitos o planes íntimos de quienes se presentan al electorado requiriéndoles el voto”, añadieron.
Sin embargo, advirtieron que “si, por acciones futuras, llegase luego a comprobarse que los candidatos no fueron ?honestos? en sus expresiones” durante el proceso judicial, significará “una inaceptable manipulación de las instituciones de la República, a la vez que una grave lesión al proyecto de Nación al que todos, electores y candidatos, deben tributar”
En disidencia, Dalla Via consideró que la Constitución Nacional fija “un límite de elegibilidad para los gobernadores de provincia mientras estén en ejercicio de sus mandatos, prohibiéndoles postularse como candidatos a cargos legislativos en los distritos que los eligió previamente para ejercer la más alta función ejecutiva provincial”;
Además, en su voto aseguró que las testimoniales “quiebran” el sistema representativo, y que “la oferta electoral presupone un compromiso de carácter político por parte de quien la ejerce”.
Con respecto a Kirchner, la Cámara entendió que si bien la Quinta de Olivos es una “propiedad del Estado Nacional y esté destinada a la residencia del titular del Poder Ejecutivo y de su familia”, ello “no altera el hecho de que se encuentra materialmente ubicada en la Provincia de Buenos Aires”.
Además, advirtieron que no importan “las razones que pudo haber tenido un ciudadano para establecerse en una provincia determinada” sino “el conocimiento y compromiso con los intereses del pueblo que la habita, adquiridos por el hecho de encontrarse efectivamente radicado en ella”.
Por el requisito de la residencia, no habían sido oficializadas las candidaturas de Lospennato, Claudia Rucci, Silvia Majdalani y Natalia Gambaro por orden del juez federal con competencia electoral de La Plata, Manuel Blanco.
Pero ahora, la Cámara entendió que nuevos elementos aportados por las candidatas acreditaron su residencia por dos años, salvo el caso de Lospennato. (NA)
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