La Justicia calificó al Estado como “principal encubridor” del atentado a la AMIA
Así lo dictaminó la Sala Segunda del Tribunal al desestimar un pedido del Estado nacional para “tachar” en un reclamo civil a favor de una viuda de un víctima del atentado.
“Con respecto al planteo del Estado nacional de que se manden tachar las alegaciones de la actora efectuadas en el escrito de expresión de agravios, que ubican a su parte como principal encubridor de uno de los mayores crímenes de la historia argentina, si bien los dichos vertidos en la apelación pueden resultar excesivamente severos, lo cierto es que la motivación del decreto 812/2005, en cierta medida, puede dar lugar ello”, consideraron los jueces Marta Herrera y Carlos Grecco.
Para ello explicaron que “el Estado nacional mediante el dictado del decreto 812/2005 reconoció su responsabilidad por incumplimiento de la función de prevención, por no haber adoptado medidas idóneas y eficaces para intentar evitar el atentado”.
De esta manera, la Cámara falló a favor de que se indemnice económicamente a Laura Ginsberg y sus hijos, por la muerte en el atentado de su marido, José Enrique Ginsberg. Ginsberg se desempeñaba como Director del Sector Sepelios y Cementerios de la AMIA, y fue una de las 85 víctimas del atentado.
Mediante la resolución con la cual se confirmó el pago de una indemnización (cuyo monto no fue especificado), se pretende mantener el nivel de vida que tenía la familia previo al atentado, y para ello garantizar la cobertura de una medicina prepaga, la asociación a un club, el colegio para los niños y vacaciones, entre otras actividades.
Además, los camaristas rechazaron un pedido del Estado para que la pensión que percibe la viuda por la muerte de su marido sea considerada parte del resarcimiento económico por el ataque.
Así, los jueces Herrera y Grecco sostuvieron que “no corresponde hacer lugar al planteo formulado” por el Estado.
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