La Justicia condenó a una pareja que estafó a familias con la venta irregular de lotes en el barrio Golf
En efecto, el juez Carlos Pocorena resolvió condenar a Raúl Eduardo Tiberio y a Patricia Viviana Bollea a la pena de un año y cuatro meses de prisión, de ejecución condicional, por resultar coautores penalmente responsables de los delitos de “Falsedad ideológica de instrumento público –dos hechos– uso de documento público falso y estelionato –dos hechos– en concurso real”.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa pena fue acordada por las partes conforme las facultades que les otorga al tratar el juicio abreviado, el cual el magistrado convalidó.
Según reza el fallo en primera instancia, quedó acreditado que los señalados pergeñaron un ardid provocando el error de una escribana, haciendo de esta manera insertar declaraciones falsas en instrumentos públicos, configurando el engaño a fin de vender inmuebles que no eran de su propiedad y obteniendo así una ventaja patrimonial.
Sobre los hechos ventilados, se detalló que entre los meses de septiembre y noviembre de 2007, la pareja acusada, con el propósito de obtener la documentación necesaria para defraudar y con la intención de adquirir un dinero, hicieron incurrir en error a la escribana Cledy Bertazzoni, haciéndole insertar declaraciones falsas en dos instrumentos públicos que se utilizarían para la transacción de venta de unos terrenos que no resultaban ser de la persona que falsamente adujo ser su propietario y su cónyuge, perjudicando a terceros adquirentes de aquéllos y al titular dominial, al utilizarlos en la posterior defraudación y obtener un provecho económico.
Así, días previos al 4 de septiembre de ese año, el sindicado se hizo presente en una escribanía, con el propósito de requerir presupuesto a los fines de confeccionar un poder especial que extendería una persona llamada Luis Alberto Guerra, concurriendo el 4 de septiembre a la escribanía indicada otra persona, de quien se ignora su identidad, que falsamente indicó llamarse Luis Alberto Guerra, exhibiendo un documento de identidad apócrifo, haciendo incurrir a la escribana en un error en cuanto a su identidad, quien efectuó una inserción falsa en la escritura pública por la cual se labrara un poder especial que autorizaba a la mujer a vender doce fracciones de terrenos en la zona del barrio Golf, todas ellas propiedad de Guerra.
Requeridos por la notaria actuante los originales de los títulos de las propiedades que serían vendidas por la facultada como apoderada, el hombre aportó segundos testimonios de los referidos predios. Posteriormente, y al advertir que Guerra se hallaba divorciado, la escribana le solicitó a la mujer –ya autorizada a vender–, que acompañara la documentación de dicho trámite disolutorio del matrimonio, aportando los citados un oficio apócrifo dirigido por el Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y de Familia y Sucesiones de Tercera Nominación de Tucumán al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, por el cual se solicitaba se sirviera anotar el divorcio.
También la escribana requirió el asentimiento conyugal de la señora, por lo que el acusado hizo concurrir el 1 de noviembre a otra mujer de quien se ignora su identidad, quien falsamente se identificó como Thelma Bilbao, exhibiendo también un documento de identidad apócrifo, plasmando la notaria el asentimiento conyugal mediante la escritura pública, por el cual autorizaba a la misma persona ya determinada a que vendiera y transfiriera los terrenos mencionados.
Perjudicados
Asimismo, el juez dio por probado que entre los meses de septiembre y diciembre de ese año, la mujer involucrada se manifestó como propietaria del terreno, ofertando la venta del mismo en la suma total de 33 mil dólares, a través de una inmobiliaria, habiendo tratado allí con Laureano Alvarez Estrada y Verónica del Pilar Marcenaro quienes desconocían que el acusado no era propietario del lote, pues según sus dichos, no resultaba titular registral pero poseía el asentimiento para la transferencia por parte del titular. Así, hizo incurrir a Estrada y a Pilar Marcenaro en un error, siendo que efectuaron una reserva de venta en la escribanía de dos mil dólares el 12 de noviembre de 2007.
El 16 de noviembre del mismo año, los damnificados realizaron el pago total de la operación que ascendía a la suma de 31 mil dólares, suma dineraria que fue recibida personalmente por el imputado –que había organizado la operación– en el Banco Santander Río.
Además, el magistrado dio por probado que en los primeros días del mes de noviembre del mismo año, la misma pareja de acusados defraudó a Juan Antonio Boato y a la señorita Mariana Ballent bajo el mismo ardid, con la venta de otro lote en la suma total de 33 mil dólares.
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