La Justicia dispuso menos requisitos para presentar candidaturas a gobernador en la Provincia
La Suprema Corte de Justicia bonaerense tomó la medida, al declarar la inaplicabilidad de varios artículos de la Ley de Internas.
Según esa norma, para las categorías de gobernador y vice los partidos políticos debían reunir avales por un número igual al dos por ciento del padrón general.
Asimismo, para las candidaturas de legisladores provinciales los avales correspondían al 4 por mil del padrón seccional, y para las locales el 4 por mil del padrón de cada distrito.
En la Provincia, según datos de la Junta Electoral, hay 10.607.918 ciudadanos en condiciones de votar, lo que significa que cada partido político que presente candidaturas a gobernador y vice debía presentar un total de 21.216 avales.
Al hacer lugar a una medida cautelar presentada por la Coalición Cívica, la Corte estuvo de acuerdo con que en las condiciones y plazos planteados por la norma las agrupaciones políticas "no cuentan con el tiempo razonablemente necesario" para reunir esos avales.
Según publicó el diario El Día, en su decisión la Suprema Corte sostuvo que "a fin de garantizar principios fundamentales del derecho electoral como los de participación y representatividad popular, cabe exhortar a los restantes poderes del Estado a regular los procesos electorales con sentido de oportunidad, y, en particular, a la Junta Electoral, a tener presente lo que aquí se decide".
En cuanto a la exigencia prevista para las candidaturas municipales, con un piso de 200 adherentes, el Tribunal señaló que "no se advierte imposibilidad material para cumplir con las exigencias de la mencionada norma", por lo cual no hizo lugar al planteo de la fuerza que lidera Elisa Carrió en relación a este punto.
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