La Justicia prohibió a las distribuidoras de gas cortar el servicio por falta de pago
La Justicia Federal de Dolores dio lugar a un amparo colectivo y ordenó a las empresas distribuidoras de gas de todo el país que se abstengan de realizar cualquier corte o suspensión del servicio por falta de pago. La medida cautelar fue en respuesta a una presentación realizada por la Asociación Consumidores Argentinos.
Recibí las noticias en tu email
La medida la adoptó el juez Federal de Dolores Alejo Ramos Padilla, quien dispuso que “todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago”.
En el fallo, el magistrado dispuso que “a tal efecto, la comunicación de esta decisión deberá ser llevada adelante por Enargas (Ente Nacional Regulador del Gas)”, el organismo que controla la prestación del servicio.
La disposición tendrá una vigencia de 90 días hasta que se presenten el Gobierno y el organismo de control para debatir sobre la cuestión de fondo. Es decir que la decisión se revisará una vez que los diferentes organismos del Estado contesten los informes que se les solicitó en la causa.
En el fallo, el magistrado sostuvo que la cautelar interina se dictó “debido a que se trata de sectores socialmente vulnerables o se encuentra comprometida la vida digna”, presupuestos que quedaron acreditados en la presentación.
Ramos Padilla basó la resolución en la necesidad de “garantizar elementales situaciones vinculadas al acceso a este servicio público y -de este modo- proteger a los sectores más vulnerables que se pudieron haber visto afectados por el posible actuar ilegítimo del Estado”.
Los fundamentos
En la presentación judicial, realizada por los apoderados de Consumidores Argentinos José Elvis Toto y Gustavo Luis Aballar Stiep, se había solicitado “la inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas por falta de audiencia pública en el valor del Precio de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) del gas”. Además, se había pedido la “suspensión de la aplicación del nuevo cuadro tarifario”.
La entidad reclamó también que se “ordene al Ministerio de Energía y Minería de la Nación que convoque a audiencia para fijar el valor del gas en punto de ingreso al sistema de transporte”.
Sin embargo, el magistrado rechazó ese planteo hasta tanto “se dé traslado a las partes intervinientes” para que hagan el descargo correspondiente y ordenó también comunicar la causa al Registro Público de Procesos Colectivos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
De este modo, el magistrado adhirió al dictamen del agente fiscal, quien se pronunció a favor de la intervención de la Justicia Federal en el caso, pues “no existen dudas de que lo que se cuestiona es un acto u omisión del Poder Ejecutivo Nacional y de un ente estatal como lo es Enargas”.
La asociación que consiguió el amparo favorable ya había participado de la presentación conjunta que en 2016 frenó el incremento de las tarifas con un fallo de la Cámara Federal de La Plata.
En sintonía con el
Defensor del Pueblo
Tras el fallo el juez de Dolores, el defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires Guido Lorenzino aseguró que esa decisión “va en línea con lo que le reclamamos a todas las firmas que prestan el servicio en la provincia”.
El letrado agregó que “se trata de una decisión que tiene en cuenta la situación de vulnerabilidad de las familias, sobre todo de las que menos tienen, jaqueadas por estas subas irrazonables”.
Lorenzino agregó que el reclamo “tiene que ver con defender a la gente para que pueda desarrollarse dignamente, que se les garanticen los servicios públicos elementales y que las razones estrictamente económicas no condicionen su calidad de vida”.
La Corte Suprema debe pronunciarse sobre una presentación del Gobierno nacional que apunta a bloquear las cautelares por aumentos tarifarios, realizada por el ministro de Medioambiente Sergio Bergman, con el patrocinio del procurador del Tesoro Bernardo Saravia Frías.
El planteo gubernamental fue contra una cautelar presentada por la ONG Cepis, aceptada en primera instancia por un juzgado contencioso administrativo y que luego fue elevada por la Cámara Federal de La Plata a la consideración del máximo tribunal de la Nación.
La Defensoría del Pueblo bonaerense, el Cepis y el municipio de Leandro N. Alem pidieron a la Corte Suprema que rechace la pretensión gubernamental de cerrar el camino a nuevos fallos judiciales que admitan cautelares por incrementos tarifarios (Télam y Noticias Argentinas).
Este contenido no está abierto a comentarios