Las canteras ubicadas dentro de la Poligonal deberán cesar la explotación en treinta días
El jefe de Gabinete del Municipio, Juan Pablo Frolik, viajó ayer a La Plata para interiorizarse sobre la fecha definitiva de cierre de las canteras ubicadas dentro de la Poligonal, tal como lo prevé la Ley de Paisaje Protegido promulgada por el gobernador Daniel Scioli y cuyo decreto reglamentario fue publicado en el Boletín Oficial el 8 de octubre de 2010.
El funcionario municipal mantuvo una reunión en la Dirección Provincial de Minería, donde se analizó la fecha exacta del vencimiento del plazo de explotación de acuerdo a la nueva normativa.
Tras el encuentro, Frolik explicó que “la ley lo que dice es que es un año a partir de la reglamentación. El Decreto Reglamentario 1756 fue publicado el 8 de octubre del año pasado y, entonces, de la Dirección de Minería la interpretación que hacen es que el plazo para cortar es el 16 de octubre, teniendo en consideración el artículo 2 del Código Civil”.
Según el código, toda ley que no tiene un plazo previsto para entrar en vigencia comienza a regir a los ocho días de la publicación en el Boletín Oficial.
“Por eso se interpreta que siendo la publicación el 8 de octubre del año pasado, el plazo de un año vencería indefectiblemente el 16 de octubre de este año”, informó el jefe de Gabinete.
En diálogo con El Eco Multimedios, Frolik también manifestó que el Organismo para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y el Municipio deberán informar a la Dirección Provincial de Minería que no hubo proyectos de reconversión de los predios canteriles.
Cumplido este paso, el área de Minería del gobierno de Daniel Scioli tendrá que proceder a realizar el acto administrativo para el cese definitivo de la explotación de la piedra dentro de la Poligonal.
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Accedé a las últimas noticias desde tu email“Este es un compromiso y una obligación legal tanto para el Municipio como para la Provincia de no sólo pagar las indemnizaciones de cada uno de los trabajadores si no de absorber en partes iguales la cantidad de trabajadores. Es una obligación que está expuesta legalmente y hay que cumplirla”, indicó.
cautelares
En ambos casos se espera que las demandas, que sólo involucran al Estado provincial, se eleven a la Cámara de Apelación, aunque estas situaciones se resolverían después de que se declare el cese de la explotación.
El tercer caso corresponde a Montecristo, quien tramita la presentación en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo 2, que aún no se ha expedido en relación a la medida cautelar.
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