Legales adelantó que ya deberían aplicarse las limitaciones de los trámites a deudores alimentarios
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El secretario de Legal y Técnica del Municipio, Andrés Curcio, confirmó que está analizando el expediente del proyecto de ordenanza para denegar trámites municipales a deudores alimentarios morosos, que presentaron los concejales del Frente para la Victoria-PJ. En principio, reconoció que las áreas comunales deberían aplicar la ley provincial vigente, pero que han tenido problemas de acceso al registro que fue creado por esa norma.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn diálogo con “Dulce o amargo” (Tandil FM 104.1 de El Eco Multimedios), el abogado aclaró que el expediente
ingresó al área de Legales el 23 de noviembre pasado y que se tomará unos diez días hábiles para emitir un dictamen.
“Todo expediente que entra a Legales amerita su estudio”, sostuvo y agregó que ya leyeron el proyecto de ordenanza. Sumado a esto, confirmó que va a consultar a las distintas áreas del Municipio, con Tránsito y Habilitaciones, para conocer si están aplicando la Ley 13.074 y si tienen acceso al Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por esa normativa.
“No trae
cosas nuevas”
El secretario de Legales consideró que el proyecto del FPV “podemos decir que no trae cosas nuevas. Hay una ley que es por la cual se creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, la 13.074. En realidad, lo que ahora se vería reflejado en esta ordenanza ya está en esa ley”.
Y agregó que “esto que se plantea de que el Departamento Ejecutivo no otorgue curso favorable a ciertos trámites como habilitaciones comerciales o la licencia de conducir, en el caso de la licencia que se da por 45 días en forma precaria, está en la ley. Y cuando algo ya está en la ley, en realidad, no es necesario que sea reglamentado o receptado también por ordenanza. A veces terminamos duplicando las normas sin ningún sentido porque acá la ley misma hace que debiera ser aplicado”.
Problemas
técnicos
Tras reconocer que el Municipio debería realizar las consultas al Registro de Deudores Alimentarios Morosos ante los trámites de habilitaciones y licencia de conducir, Andrés Curcio explicó que “estoy hablando con las áreas que están involucradas y la clave de usuario se tiene, hay un acceso. Con lo que siempre ha habido problemas y ahora se está mejorado -pero no depende para nada del Municipio- es la operatividad de la página”.
Curcio informó que el año pasado ya se estaba aplicando la norma, pero ocurría que “la página o se colgaba o demoraba, pasaban capaz que 20 minutos y no se podía avanzar el trámite, y en los casos en los que se podía avanzar, no eran deudores alimentarios morosos”.
En este aspecto, indicó que los municipios cuentan con claves de acceso y contraseñas para consultar el Registro de Deudores Morosos en forma gratuita, pero el problema que encontraron en Tandil fue de accesibilidad.
El secretario confirmó que se comunicaron con la Provincia para agilizar el chequeo de los datos y que se pueda utilizar el registro. “Actualmente sí estaría funcionando la página”, dijo y adelantó que va a consultar con la Dirección de Habilitaciones si está aplicando la ley y si cuenta con la clave para acceder al registro.
Curcio reconoció que la limitación a los deudores alimentarios, “debería estar aplicándose, pero no depende de esta ordenanza”.
El alcance
Sobre la Ley 13.074, Curcio analizó que la normativa se aplica “en un caso en donde haya un juicio de alimentos, donde una de las partes, de los padres, esté reclamando la cuota alimentaria al otro progenitor. Si ese expediente ya llegó a la sentencia donde el juez fijó la cuota alimentaria o se hizo un acuerdo y está homologado judicialmente, recién ahí es exigible en términos judiciales la cuota alimentaria”.
Entonces, ante un progenitor que no pague durante tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, el padre beneficiario debe pedirle al juez la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Ante la orden del magistrado, se libra un oficio que comunica al registro y lo inscribe.
Por otro lado, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos se utiliza como la base de datos a la que acceden los municipios con el fin de chequear si las personas que solicitan un trámite deben alimentos.
Por ese motivo, Curcio indicó que “para que esté registrado un deudor alimentario como moroso, tiene que haber un trámite judicial previo. En el marco del expediente, cuando se producen los incumplimientos, tras haber sido intimado, se le pide al juez que ordene esa inscripción. Una vez que se eleva ese oficio, se inscribe y ahí sí se consulta vía on line”.
El “único”
aporte
El secretario de Legales descartó las dos primeras disposiciones de la ordenanza, pero evaluó que “hay un tercer artículo que propone una inhabilitación para ocupar cargos públicos electivos y de planta política a aquellas personas que sean deudores alimentarios morosos”.
En este caso, indicó que “vamos a analizar desde Legales si es viable generar nuevas inhabilidades, porque que ya están en la Ley Orgánica de las Municipalidades” y analizó que “en todo caso el aporte que podría hacer este proyecto de ordenanza tendría que ver más con eso que con la limitación a otorgar el carnet de conducir o con el tema de las concesiones. Eso ya estaría en la ley. Un poco es el aporte en ese artículo que por ahí hay que ver si se puede por ordenanza cambiar las inhabilidades”.
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