Llaman a indagatoria a funcionario lunghista acusado de malversación de fondos con las ayudas sociales
La causa que lleva el número de Expediente 191.711, sostiene, al entender del ministerio público, que las ayudas sociales tuvieron un destino distinto al presupuestado. Pagando a una cantera, un albañil y sus hijos, entre más de medio centenar de casos, con falsos informes sociales que hacían pasar por indigentes a personas que en verdad estaban cobrando servicios.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailCabe consignar que la instrucción lleva un par de años, a partir de la exposición formal que realizaron concejales de los bloques opositores con la denuncia mediática realizada por el delegado gremial Marcelo Hidalgo.
Dicha causa la llevó adelante el fiscal Marcelo Fernández, quien meses atrás dejó su cargo en Tandil y la instrucción recayó en su par Marcos Egusquiza, quien le dio un impulso a la pesquisa -según confiaban los propios ediles denunciantes- que permitió arribar a esta primera conclusión.
Las pruebas
Como se vino detallando en ediciones pasadas, según obran en el expediente los testimonios y pruebas aportados por los denunciantes presentan casos en los que se otorgaron subsidios a cambio de prestaciones de servicios e insumos para la Secretaría de Desarrollo Social, que fueron cobrados por personas que no son “indigentes” y que no recibieron la visita de rigor de trabajadores sociales.
Los disparadores de la investigación fueron unos cuadernos escritos a mano donde se consignarían los trabajos encargados y los pagos realizados a proveedores a través de subsidios. Al declarar, el empleado municipal que fue autor de las notas “reconoció la autoría y el concepto”.
Entre los perjuicios que esta operatoria le pudo ocasionar a la comunidad, se especula con que los pagos fueron “en negro” y que no pasó el trámite por la Oficina de Compras de la comuna.
Los testimonios son de lo más contundentes porque declaran los testigos vinculados a los baños químicos, la cantera, el plomero y su familia, por citar algunos de los varios casos indagados que constan en el expediente.
Vale consignar que en noviembre de 2011, en calidad de jefe de Gabinete, Juan Pablo Frolik le informó al fiscal que “la ayuda social directa permite realizar un asistencialismo inmediato y de objetivos múltiples”. Y definió que a partir del artículo 130 del reglamento de contabilidad se exige una sola pauta para entregar un subsidio: que la persona sea “indigente”.
En ese mismo informe, el por entonces jefe de Gabinete le advertía al fiscal que no se detuviera a observar a la persona que cobró porque, por ejemplo, en el caso de los sepelios que paga el Municipio el beneficiario es el dueño de la empresa fúnebre. En cambio, pidió que se repare en el motivo del otorgamiento de la ayuda social.
A partir de este concepto, se analizaron los pagos de distintos insumos y servicios concretados a través de subsidios, según los registros informales que se llevaban en Desarrollo Social y que fueron aportados por Marcelo Hidalgo.
Uno de los casos emblemáticos es el de la cantera El Centinela, que cobró 3.800 pesos en un mes por viajes de tierra y piedra destinados a rellenar plazas de la ciudad. El administrador del establecimiento declaró que efectivamente cobraba por subsidios y se los entregaba a su patrón (foja 230 del expediente de la causa).
Otro de los casos en donde el beneficiario no sería una persona indigente aparece en la alineación y balanceo del Bondi.com -móvil de capacitación que depende del área- que se pagó con un subsidio al dueño de un taller.
También se descartó que el concepto oficial se ajuste a los grupos familiares de trabajadores, como el plomero, el gasista y herrero, donde distintos integrantes cobraban a través de subsidios por obras y reparaciones.
Oportunamente, el abogado que patrocinó la denuncia de los ediles, el doctor Pellegrino, sostuvo que “todos coinciden en declarar que empezaron con un plan social, se entiende la situación de una persona que la está luchando, entonces observé en los cuadernos que en dos meses cobró 4.800 pesos el plomero, por ejemplo. Uno de los testigos dijo que hacía un trabajo de 5 mil pesos, se hacían diez carátulas de 500 pesos (en Desarrollo Social) y las cobraban entre él, la hija, el hijo, etc. El indigente es la persona que trabajó, pero porqué en un mes saca 5 mil pesos”.
Cabe resaltar que todos los testigos coincidieron al decir que no fueron visitados por un trabajador social, que es el profesional que debería certificar la condición de “indigente” de quien percibe una ayuda social directa.
La acusación del fiscal
Este Diario tuvo acceso exclusivo a la investigación que derivó en la citación al funcionario lunghista para que preste declaración en el marco de una imputación.
Según reza en el expediente, por lo menos desde 2007 hasta 2011, en reiteradas oportunidades dieron a los fondos de la partida denominada Ayuda Social Directa, perteneciente al presupuesto general de gastos del Municipio de Tandil, un destino distinto al específico para el que dichos efectos se hallaban destinados, esto es: brindar apoyo económico de emergencia a indigentes o grupos más vulnerables, aplicándolos a los efectos de pagar a particulares el precio contractual por la provisión de materiales o cosas, el pago de horas extras y/o servicios determinados.
De este modo, principalmente en las oficinas oficiales de calle Arana casi 4 de Abril, se ordenaba a los empleados de la dependencia Marcelo Hidalgo, Juan Pablo Barragán, María Rosa Avila y Verónica Mirta Sinka, secretaria de Rubén Dieguez, la implementación de falsas solicitudes de ayudas sociales en razón de indigencia a favor de los terceros que contrataban con la dependencia municipal, las que se documentaban con la suscripción por parte de los proveedores de formularios preparados, según reglamento interno de la secretaría, y se autorizaban con la firma del subsecretario, quien fingía como trabajador social que certificaba la supuesta indigencia del solicitante, insertando de esta manera el titular de la subsecretaría, en forma reiterada, en cada una de las solicitudes de ayuda social, declaraciones falsas afirmando una necesidad económica de cada uno de los peticionantes y, a su vez, se consignaba la realización de inexistentes informes sociales a los fines de avalar la carencia que debía ser satisfecha, como la situación de vulnerabilidad.
Una vez concretados los pedidos de ayuda, las mismas eran remitidas, junto a un listado general de todos los pedidos de ayuda directa para su aprobación y el pago por ventanilla de sumas de dinero correspondiente a través de la Secretaría de Economía, consistiendo estas sumas de dinero en contraprestación por servicios de diferentes tipos, tales como trabajos de locación de obras determinadas y horas extras de personal temporario municipal, como así también provisión de materiales y artefactos varios, aunque se hacían documentar como beneficios sociales afectados a la partida presupuestaria a favor del contratante.
Asimismo, se detalla en la acusación que, según el precio convenido, cuando excedía la suma reglamentaria para ser afectada al rubro presupuestario Ayuda Social Directa, la cantidad se descomponía en sumas más pequeñas que, con igual procedimiento, eran pagadas a diferentes familiares y allegados del prestador, algunos de los cuales igualmente se hallaban registrados como proveedores del Municipio.
Dicha desviación de las partidas asignadas, por la multiplicidad de maniobras cometidas y el alto monto dinerario afectado, provocó indefectiblemente un sustancial perjuicio a las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad en la ciudad, que a raíz de la aplicación diferente que se les dio a los recursos, no pudieron algunas de ellas recibir la ayuda social directa y vieron sus necesidades básicas insatisfechas.
Los hechos son calificados como “Malversación de caudales públicos, agravado en prejuicio de la Municipalidad de Tandil, en concurso real con falsedad ideológica de instrumento público reiterado”. Se dispuso así el comparendo de Rubén Dieguez para prestar declaración en los términos del Artículo 308 del Código de Procedimiento Penal, fijándose como día de audiencia el 14 de julio. u
Para el Gobierno era “una maniobra política”
A pocos días de haber sido oficializada la denuncia por parte de los concejales de la oposición sobre la comisión de posibles delitos en Desarrollo Social, el titular del área, Oscar Teruggi, apuntó contra los ediles y atribuyó la maniobra a los “tiempos políticos”.
En diálogo con este Diario, el secretario de Desarrollo Social evaluó por aquellos días en primer término que “si contaban con las pruebas que decían que tenían, nos parecía que el lugar adecuado para llevar esas pruebas era la Justicia y no los medios de comunicación, como lo venían haciendo”.
También reconoció que “nos llama mucho la atención que quienes denuncien terminen siendo los concejales, a 10 días de las elecciones, y no el propio denunciante o el gremio (el Sindicato que Trabajadores Municipales de Tandil), que eran los que decían tener las pruebas”.
“Se puede observar que hay una clara intencionalidad política, a 10 días de las elecciones”, analizó Teruggi oportunamente, quien adjudicó la presentación a los “tiempos políticos”.
De todos modos, aseguró que “si hubiese alguna cuestión que se puede presuponer en la que hay una comisión de un delito, vamos a demostrar con nuestras pruebas que no es así”.
“Si nos citan a declarar, por supuesto que vamos a ir y vamos a poner a disposición de la Justicia todas las pruebas que nos soliciten para llegar a la verdad”, acotó el funcionario, quien advirtió sobre la posibilidad de realizar “alguna acción si se comprobase que alguno de los hechos denunciados no se corresponden con la verdad”.
“En Desarrollo Social está toda la documentación y va a ser aportada a la Justicia como prueba”, concluyó.
Los antecedentes penales de la era lunghista
La administración lunghista ya cuenta con antecedentes por causas penales iniciadas a partir de irregularidades en el manejo de los fondos públicos. Como en el actual caso ventilado en pleno proceso de investigación, también la respuesta del oficialismo fue que las denuncias provenían por una intencionalidad política.
Vale reseñar que desde la misma Secretaría de Desarrollo Social ya hubo condena para trabajadores sociales a quienes se les comprobó la malversación de las ayudas sociales que se administraban. En dicha causa fueron las propias autoridades del área quienes lo denunciaron.
Aquella pesquisa a cargo del fiscal Gustavo Morey culminó con un fallo condenatorio del juez en lo Correccional Carlos Alberto Pocorena, quien condenó a un trabajador social de la cartera municipal por el manejo de subsidios que el área realizaba en concepto de ayudas para la compra de garrafas y alquileres, entre otras yerbas.
La Justicia condenó a quien fuera empleado de planta, el trabajador social identificado como Claudio Fabián Mastino, quien era responsable del manejo de fondos que administra el centro comunitario de Villa Italia, que conforma la estructura de la Secretaría de Desarrollo Social.
Asimismo, Fernando Fino y Norberto Esteban Arias acordaron que por el término de un año y medio tendrán la obligación especial de presentarse cada dos meses ante el Juzgado de Ejecución Penal y abonarían la suma de 9.100 pesos, cada uno de ellos, en cuotas, a modo de resarcimiento por el faltante detectado en las arcas comunales.
Luego fue el turno de Marcelo Alejandro Zarzábal -otro partícipe-, quien finalmente asesorado por su letrado terminó aceptando un juicio abreviado y la responsabilidad penal correspondiente.
En efecto, el Juzgado Correccional sentenció a Zarzábal como autor penalmente responsable del delito de “Fraude en perjuicio de la administración pública, reiterados”, condenándolo a la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo por los hechos cometidos durante el período comprendido entre el mes de mayo de 2007 hasta el 18 de marzo de 2009, en perjuicio de la Municipalidad.
A la vez, a modo de ofrecimiento de reparación del daño realizado por el condenado, debía abonar al Municipio 9.100 pesos, en trece cuotas mensuales y consecutivas, de 700 pesos cada una, a cuyo efecto deberá realizar el depósito pertinente.
Según se desprende de aquel fallo, el juez dio por probado que el acusado, actuó de común acuerdo y con una distribución de tareas de acuerdo a un plan previamente establecido con un agente municipal, que en su calidad de licenciado en trabajo social se hallaba a cargo del área de Acción Social del barrio Villa Italia, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad.
Se añadió que estaba a cargo de la distribución de ayudas dinerarias provenientes del erario público, sea en subsidios o entregas de dinero para pagos de alquileres a personas carentes de recursos económicos, poseyendo la suma de dos mil quinientos pesos por quincena, y en función tanto del conocimiento de la tramitación requerida que poseía por su cargo, como por la confianza que este agente municipal gozaba de sus superiores, durante el lapso comprendido entre el 28 de noviembre de 2007 hasta el 18 de marzo de 2009, confeccionó un informe social apócrifo, incorporando datos de una persona inexistente, quien solicitaba ayuda para el pago de un alquiler, ante lo cual se confeccionó y presentó un contrato de locación falso sobre la vivienda -a la postre, inexistente- de la calle Primera Junta 2931, por la suma mensual de 250 pesos, figurando el primero de los nombrados como locador y, a la vez, beneficiario de dichos pagos.
Del mismo modo, el acusado, conjuntamente con el agente municipal, confeccionó un informe social apócrifo con datos de otra mujer -esposa del sujeto sindicado-, quien habría peticionado ayuda económica al Municipio, para lo cual se confeccionó y presentó un contrato de alquiler falso de la vivienda, logrando que se abonara a favor del imputado el monto previsto de 200 pesos entre los meses de mayo a octubre de 2007, como también diversas ayudas dinerarias que variaban entre 100, 220 y 250 pesos, entre los meses de agosto a diciembre de 2007, los meses de enero, marzo, junio a noviembre de 2008 y los meses de enero y marzo de 2009.
De tal modo, con la conjunción de elementos falseados consistentes en planillas de solicitud de ayuda, copias de contratos de locación y las planillas de subsidios otorgados y de rendición de solicitudes de ayudas, el imputado prestó una cooperación imprescindible para que el agente municipal coimputado lograra intencionalmente engañar a la responsable de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad, afectando de tal manera al erario comunal por abonarse indebidamente dichas sumas de dinero.
El caso Balbín
Con antelación a este affaire, sucedió otro escándalo con el pago de horas extras a trabajadores del Cementerio municipal, con la gravedad de que dichos pagos se hicieron para prestar servicios en un acto político partidario del radicalismo, más precisamente cuando el intendente Miguel Lunghi anunciaba su candidatura por la reelección en el gimnasio Duggan Martignoni del club Independiente.
Aquel caso, que también se motorizó a través de la denuncia mediática de los propios trabajadores municipales, revistió mayores repercusiones políticas siendo que la condena recayó en un estrecho colaborador del pediatra, Carlos Balbín, quien fue condenado en un juicio abreviado.
Al momento de la denuncia, también el oficialismo habló de un interés político detrás, y cuando recibió la condena, apenas dijeron lamentar lo sucedido, que “había sido un error” del correligionario, que había aceptado su actitud a la que inscribieron como un “exceso de confianza”.
A tal punto buscó minimizar el suceso el lunghismo que pasados los años el propio Intendente pensó en reincorporarlo al Gobierno una vez purgada la pena, empero, por consejos de otros colaboradores, desistió en la faz formal, siendo que se lo ha visto a Balbín en todo acto partidario en la organización, como así también ingresando y saliendo del despacho comunal cotidianamente, como si nada hubiese ocurrido más que aquel mentado “error”.
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