Los aumentos no podrán frenarse con un amparo
Como publicaran ayer medios nacionales, por la reducción de los subsidios invernales, desde el próximo domingo los clientes residenciales de luz y gas que tienen niveles de consumos medios y altos volverán a afrontar un ajuste de tarifas que va del 23 al 93 por ciento.
Al igual que el año pasado, a partir de agosto entran a regir para los usuarios hogareños las limitaciones parciales que el Gobierno dispuso sobre los aumentos tarifarios que habían entrado en vigencia a fines de 2008.
En el sector eléctrico, la suspensión parcial de los subsidios alcanzará a los clientes residenciales que consumen más de 1.000 kw/h por bimestre.
Por el lado del servicio de gas, los aumentos por el recorte de los subsidios tarifarios afectarán, en la región metropolitana, a los hogares que registran un consumo anual superior a los 1.500 metros cúbicos.
Las nuevas tarifas para el sector residencial regirán sólo durante agosto y septiembre. A partir de octubre, los subsidios transitorios quedarán eliminados y los clientes residenciales de las distribuidoras de luz y gas volverán a pagar las tarifas plenas de energía que estuvieron vigentes hasta el mes de mayo.
Tras aclarar que se trata de subsidios estacionales, Latorre entendió que ?estos subsidios que paga el Estado son una cosa distinta al amparo judicial que presentamos en su momento, que se dio por un decreto que era a nuestro criterio inconstitucional y lo peticionamos en la Justicia?.
Pero indicó que ?algo distinto son estos subsidios, porque son una medida que toma el Gobierno para hacerlo durante un determinado tiempo hacia los prestadores o al consumidor final, pero no es una medida que pueda ser catalogada como inconstitucional si se quitan?.
Por ello, recordó que la situación no es similar a la que originó en su momento la reacción de usuarios y oficinas que defienden los derechos que asisten a los consumidores. ?Eso era un fondo fiduciario que lo interpretamos como inconstitucional, porque era un decreto que no había pasado previamente por el poder legislativo que era donde debía sancionarse, sino que sólo lo había decidido el Ejecutivo?.
La abogada reiteró que, ?en este caso, se trata de una decisión que el Estado deja de lado, la de subsidiar, y entonces la tarifa volvería al mismo valor que tenía antes de ser subsidiada?.
Las nuevas tarifas habían comenzado a regir en agosto del año pasado, pero los reclamos de los usuarios, las demandas judiciales y la presión del Congreso obligaron a la Casa Rosada a dar marcha atrás y dejar sin efecto la medida.
La solución que aportó en ese momento el ministro de Planificación, Julio De Vido, fue suspender los aumentos en forma total hasta el 1 de agosto de 2010 y reducir el 70 por ciento esos incrementos entre agosto y septiembre.
Desde octubre y hasta mayo de este año, las facturas incluyeron los aumentos de hasta el 300 por ciento, pero en junio y julio se suspendieron totalmente esos incrementos.
En septiembre y octubre se volverán a facturar el 30 por ciento de los incrementos.
Según datos oficiales, la suspensión de la aplicación de los aumentos que se habían fijado en 2008 tiene un costo fiscal de 500 millones de pesos anuales.
La suba en la tarifa del suministro de energía eléctrica que se suspendió corresponde al precio estacional de la electricidad, y va desde el 60 al 300 por ciento. La medida afecta a 800 mil usuarios de todo el país, lo que representa el 10 por ciento de los usuarios residenciales que consumen más de 1.000 kw/h bimestrales.
En el caso del gas, los subsidios corresponden al cargo extratarifario, que fue creado para hacer frente a las importaciones de gas desde Bolivia y las compras de GNL que llegan por barco a Bahía Blanca.
La suba del gas afectará a 2,3 millones de usuarios de todo el país, el 36 por ciento del total de clientes residenciales conectados a la red. El piso a partir del cual comenzarán a cobrarse los aumentos se definió región por región. En ese sentido, en la región metropolitana la suba se aplicará a los hogares que consuman más de 1.500 metros cúbicos anuales. *
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