Los ?zorros? fascistas
Es insoportable seguir tolerando la arbitrariedad con la que se desempeñan algunos agentes de tránsito. Esa arbitrariedad en buena parte está dada por la manipulación que hacen de las normas para legitimar sus abusos de poder.
Daremos un caso concreto de entre muchos que podrían mencionarse.
Es sabido que un alto porcentaje de los autos tienen vidrios polarizados. Muchos lo hacen por razones estéticas, otros por seguridad, o ambas. Lo cierto es que tener vidrios polarizados previene ser víctima de un asalto en tanto un hipotético atacante no tiene certeza de las condiciones de los ocupantes del vehículo. Además, preserva el anonimato que es parte de derecho humano a la intimidad. Asimismo, algunos señalan que coadyuva a la seguridad porque permite reflectar los rayos del sol y evitar encandilamientos, y hasta reforzar la contención del astillado del vidrio en casos de rotura.
Ante ese escenario, los agentes de tránsito, según la cara del conductor, el tipo de auto o cualquier otro aspecto claramente arbitrario, deciden parar a algunos autos ?a otros no? y obligar a sus conductores a quitar el laminado de los vidrios delante de su presencia bajo amenaza de labrar multa y secuestrar el automóvil.
Esos funcionarios dan por sentado que están frente a una infracción. Pero no es así, cuanto menos como su manipulada desviación de poder lo concibe.
En efecto, la ley que hoy rige el tránsito en la Provincia de Buenos Aires es la ley nacional 24.449 por la adhesión que se hizo a través de la ley provincial 13.927. El art. 30 inc. f) de la ley exige que los automóviles tengan vidrios ?con el grado de tonalidad adecuados?. Va de suyo que el concepto de ?adecuación? no puede quedar a merced de la lega interpretación de un funcionario del nivel de un ?zorro?. Lo adecuado/inadecuado es una apreciación pericial, técnica, un concepto jurídico indeterminado que exige el examen de un experto, condición que ellos ?meros controladores callejeros? naturalmente no revisten. Más aun, esos parámetros técnicos no se bastan siquiera con el solo juicio de un experto. Es una norma la que ha establecido las condiciones de examen, específicamente el Anexo F del decreto 779/95 reglamentario del art. 30 de la ley 24.449.
Ese anexo contiene una serie de precisiones técnicas solo comprensibles y aplicables por ingenieros o expertos de ese corte. Lo cierto es que el polarizado no está ?prohibido?. Mal que pese ?repetimos? el polarizado no está ?prohibido?. Su aprobación queda sujeta a una comprobación relativa al grado de visibilidad que, naturalmente, no se fija ?a ojo? sino mediante unas fórmulas matemáticas provistas por el citado decreto, las cuales se completan con auxilio de tecnología especial.
Esa comprobación no la puede hacer el burócrata que para autos en la calle.
Por el contrario, ese examen técnico complejo sólo es realizable en controles como el de la Verificación Técnica Vehicular. La VTV actúa cumpliendo una finalidad ?técnica? prevista en la ley 24.449. Esto puede herir el narcisismo del ?zorro?, pero lo cierto es que lo técnico ?lo que supone un saber científico? el legislador se lo confío a expertos, no a ellos, a quienes les dejó no más que el control rudimentario que bien puede hacer cualquiera.
El Estado ?es de suponer? no actúa con ?esquizofrenia?: si una agencia técnica que realiza una verificación como delegada estatal extiende la oblea reglamentaria cuando el vehículo tiene determinados vidrios polarizados, se entiende que esa validación no puede ser objetada por funcionarios públicos que dicen hacer cumplir aquella misma ley. Hay un desorden de competencia. Pero sobre todo hay un problema constitucional: ?Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe?, dice el art. 19 de la Constitución. Nuestra libertad es demasiado importante para dejarla en manos de cualquiera.
El desorden es ocasionado por otra injerencia indebida de los ?zorros? que es la interpretación de la norma. Esa función les es ajena. Ellos no tienen que interpretar nada. Lo peor, de todos modos, es cuando interpretan para legitimar su abuso de poder. Todos quieren la ?manija? del intérprete. Decía el procesalista José Ignacio Cafferata Nores que ?la ley es como el cuchillo, nunca lastima al que lo maneja?. El ?zorro?, por un momento, se cree un dueño de la ley: de su ?interpretación? vale el derecho del transeúnte. Cualquier enmienda posterior que revalide las garantías mínimas de un ciudadano, no quita el mal momento sufrido por esa injerencia indebida. Tampoco los sumarios administrativos que con justicia deben sufrir ?y sufrirán? quienes abusaron de su autoridad.
Las normas en mano de cualquiera son un cuchillo filoso. El profesor de Derecho Penal y juez de la Corte Eugenio Raúl Zaffaroni, señala esta ?arrogancia? en miras de autolegitimar el propio abuso de poder con un ejemplo medio chistoso pero que da cuenta de cómo funciona el arbitrio. Cuenta el caso de un funcionario policial que detiene a una persona que arrojó monedas a la calle procurando que se lo procese por ?ultraje a los símbolos nacionales? en tanto ?aduce el bruto agente? las monedas arrojadas tienen estampado el escudo nacional. Vaya irracionalidad, pero así funciona. El poder punitivo no ahorra medios para extender su ámbito de prohibición, aprovechando cuanta vaguedad exista para legitimar el abuso del que tiene la manija del cuchillo. Cada vez que se crea una norma, de por sí ambigua y cuya aplicación se confía a cualquiera, se abre un espacio más ?dice Zaffaroni? ?para vigilar a quien el poder quiera? que ampliará el ámbito de selectividad del poder punitivo y el control del total de la población? al solo arbitrio de cualquier funcionario público, en el caso, de un ?zorro?. Nada que envidiarle a cualquier agencia de una dictadura.
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