?Me lo podrán condenar por ladrón, pero no por asesino?
Finalmente, hasta cerca de las 16 alegó el abogado Claudio Castaño y destacó que ?no estamos para suponer? y que durante la acusación, ?creí estar viviendo el juicio a los 12 apóstoles. Brandan Juárez era un nene de pecho, porque se creó una realidad virtual? para con los acusados.
Insistió en que los autores del hecho ?entraron a una casa que creyeron vacía. Me lo podrán condenar por ladrón, pero no por asesino?.
Cuestionó ?la instrucción de una fiscal que hoy es jueza laboral? y la acción policial, llegando a exclamar que ?si fuera fiscal, esto a mí la policía no me lo hace?.
Visceral, añadió que ?ir a dar examen ?como funcionario- y que a uno lo nombren es muy fácil en la Provincia? y arremetió afirmando que ?esto en Tandil es materia corriente? y que los tribunales hacen caso omiso a tales cuestiones, lo que ?es una manera de consolidación de un mal proceder?.
Para Castaño, no es admisible que no haya precisiones en la causa sobre la medicación de la víctima y los peritajes histopatológicos.
La ubicación de la prótesis dental de la escribana en distintos lugares, según las fotos, es ejemplo de la ?desprolijidad y descaro con el que se trabajó? en la causa.
Sostuvo que los acusados dejaron la casa ?sin saber que la señora estaba muerta? y rechazó que existieran ?acciones excesivamente violentas, ya que una persona de 80 años que se toca con más fuerza que una caricia, se machuca?, lesión que no presentaba la escribana.
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?En Tandil el defensor es cartón pintado. Esta es la única oportunidad que tenemos de expresarnos libremente?, dijo sobre la alternativa de litigar en Azul, pero -ante un pedido de aclaración hecho por el presidente del tribunal- marcó que lo decía ?en lo que a mí respecta?, salvando al resto de los defensores.
?Es más sano para la República que los jueces se arroguen facultades legislativas que los legisladores facultades judiciales?, afirmó y planteó dos salidas para la calificación legal.
Se volcó por declarar inconstitucional el mínimo del artículo 165 (10 años para ?Homicidio en ocasión de robo?) para un caso culposo y llamó a ?que esto siente un antecedente. No voy a salir yo publicado en los libros sino los señores jueces?.
Castaño mencionó como segunda opción la planteada por el defensor oficial y como última, que ?en consideración de la escasa edad, nivel intelectual y de vida, se aplique a mi defendido el mínimo de la escala prevista (10 años)?.*
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