Nuevas pautas para el registro de aspirantes a licencias de taxis
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Desde la Dirección de Transporte y Tránsito comunal se detalló que, de acuerdo a la normativa, para la inscripción en el Registro de Aspirante por primera vez se deberán seguir los siguientes pasos por parte de los interesados:
– Solicitar su inclusión en el Registro por nota dirigida a la Dirección de Transporte y Tránsito del Municipio, ingresada por la Mesa de Entradas del Municipio cumplimentando los requisitos administrativos
– La nota deberá consignar: Fecha de solicitud, apellido y nombres, tipo y número de documento, domicilio real, teléfono y datos del vehículo a habilitar, adjuntando copia de la registración dominial, la cual debe sin excepción estar a nombre del aspirante.
– La inscripción al registro será durante todo el año.
En tanto, para la re-inscripción en el Registro de Aspirante las condiciones serán:
– Todos los aspirantes deberán anualmente renovar su inscripción para lo cual deberán enviar nota a la Dirección de Transporte y Tránsito (igual procedimiento punto 1) durante el mes de diciembre de cada año, solicitando su continuidad en el registro y informando de ser necesario cualquier cambio de situación desde su última inscripción, datos del vehículo, domicilio real, teléfono, etc.
– La no reinscripción implica la exclusión automática del listado del año subsiguiente, sin lugar a reclamo alguno por parte del aspirante.
De la confección del Registro:
Todos los inscriptos en el registro que hubieren ratificado su solicitud, conservarán el orden de mérito asignado, ingresando los nuevos aspirantes inmediatamente debajo de estos en el Registro, estableciéndose prioridades de acuerdo con el número de nota de ingreso por Mesa de Entradas del Municipio.
Falta de reinscripción:
Aquellos que al 31 de Diciembre de cada año, estando inscriptos en el Registro en vigencia, no hayan ratificado su continuidad en el mismo bajo las condiciones citadas en el punto 1, serán excluidos del Registro del año siguiente.
Vigencia del Registro de Aspirantes:
El 10 de Enero de cada año entrará en vigencia el Registro de Aspirantes a titulares de Licencia de Taxi y caducará el 30 de Noviembre del mismo año.
Procedimiento ante futuras vacantes:
Una vez en vigencia el Registro anual, ante una vacante, se procederá a la entrega de licencias de acuerdo al orden de mérito y en cumplimiento de la normativa original, siguiendo el siguiente procedimiento:
Citación telefónica emplazando su presentación en el término de 48 hs. (dos días hábiles).
Citación por medio de Acta de Inspección en el domicilio declarado en la solicitud de ingreso al Registro o nota de ratificación de continuidad en el mismo, emplazando su presentación en el término de 48 hs (dos días hábiles).
Notificación por escrito del ofrecimiento de Licencia de Taxi vacante, con un plazo de 30 días corridos a partir de ésta para la presentación de todos los requisitos para la obtención de licencia y habilitación de vehículo y chofer, según Ordenanza 8612 y modificatorias. Si vencido el plazo enunciado anteriormente, no se diera cumplimiento a los requisitos, el aspirante perderá el derecho a la misma, sin potestad para realizar reclamo alguno, siendo reubicado al final del Registro y procediéndose a ofrecer la licencia vacante al aspirante siguiente según el orden de mérito.
Entrega de Licencia y asignación de parada fija:
Una vez cumplimentado todos los requisitos por parte del aspirante, mediante Resolución del Departamento Ejecutivo, se procederá al otorgamiento de la licencia estableciendo una parada fija y un horario –según Art. 8º de Ordenanza 8612-.
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