Para el Ejecutivo el caso de la usurpación de lotes es un “conflicto” entre el Estado y un privado
El fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, que resolvió mantener el procesamiento de Juan Carlos García de Lillo, dueño de la empresa Chacras del Golf por el delito de usurpación, sigue generando repercusiones.
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A la espera de avances en la causa, que permitan concluir el proceso iniciado, el jefe de Gabinete, Mario Civalleri, abordó el caso y aseguró que la documentación presentada por el privado no incluía ninguna restricción de dominio, por lo que se cursó la autorización pertinente.
En su explicación aludió a un “conflicto” entre la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y un privado que adquirió un predio “por donde teóricamente hay un lugar que tiene una restricción del dominio por esta escritura que se presenta” inicialmente por el imputado.
En tanto, el Gobierno deberá responder al pedido de informes que elevó el bloque de concejales del Frente para la Victoria – PJ durante la última sesión tendiente a conocer detalles sobre los trámites administrativos y controles desarrollados en la zona posterior al country Sierras de Tandil.
En concreto, se trata de un predio al cual se accede por una calle a 500 metros desde la avenida Fleming, y se encuentra delimitado por las calles Berruti y Pesquería, en la zona posterior al country Sierras de Tandil.
Como se informó en estas páginas en ediciones pasadas, el fallo de Casación llegó en septiembre de 2016 luego de que el fiscal Adler interpusiera un recurso ante la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, de octubre de 2014, a través de la cual se había revocado el procesamiento del titular de la empresa y se había dejado sin efecto la posesión judicial provisoria del ramal R74 a la Municipalidad de Tandil.
Adler había expresado en el recurso presentado que la resolución de la Cámara incurrió en una errónea aplicación de la ley: “Ha omitido valorar las escrituras obrantes (en la causa)”, dado que por ellas se acredita el exclusivo dominio del Estado Nacional Argentino sobre las tierras por donde pasaba el ramal R74 de la ex línea Roca hacia las Sierras de las Animas.
Y en este sentido remarcó que el tribunal omitió valorar tanto los títulos de dominio del Estado nacional como “una serie de elementos causídicos que permiten sostener el cabal conocimiento de parte del imputado del desarrollo de acciones contrarias a derecho”.
La presentación
En diálogo con el ciclo televisivo “Tandil despierta” (EcoTV), el jefe de Gabinete abordó el escenario que se desarrolló en el predio, sobre la base de las constancias que el particular presentó ante las oficinas municipales correspondientes.
Frente a un tema que deberá dirimir la Justicia, explicó que la empresa adquirió el predio que en ese momento “estaba liberado de interdicción, más allá de que por allí había pasado el ramal” que se dirigía hacia la cantera en la Sierra de las Animas.
En la documentación que genera la escrituración “no había ningún tipo de interdicción”, insistió, e hizo referencia a la aparición de un empleado de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) que presentó ante la Justicia “un título donde figuraba que ese ramal era propiedad del ferrocarril”, lo cual hacía presumir una “invasión” sobre un espacio que pertenecía al Estado.
En respuesta la empresa “acreditó sus antecedentes” y a partir de allí avanzó el proceso judicial hasta que se conoció el procesamiento del titular de la firma por el delito de usurpación.
Independientemente del avance de la causa, Civalleri admitió que se trata de una “operación bastante vieja” y recordó que, cuando se efectuó la presentación, de la revisión de los títulos que estaban en poder del Municipio “no existía una acreditación de que había una parte que era propiedad del Estado”, circunstancia que después fue revertida y que derivó en el escenario actual.
El sendero
En otro pasaje de la entrevista el funcionario sostuvo que “hasta que la empresa presentó toda la documentación en realidad creíamos que ese sendero ubicado sobre la traza de las vías era propiedad del Estado”.
“Son senderos naturales como tantos que hay en Tandil que por ahí tocan algunos lugares privados, esta no es la primera experiencia”, replicó.
Sobre la senda utilizada para realizar actividades por las sierras, aseguró que el Municipio no lo inauguró como un paseo público sino que en realidad se trató más de un “gesto con cierto contenido político” en medio de la tensión que se había generado por el tema de las canteras hace algunos años.
Insistió que, cuando se completa la presentación, se realizaron las correspondientes averiguaciones y se determinó que “no existían restricciones en los títulos”, incluso cuando se produce la escrituración del predio por parte de la firma.
Luego “apareció una escritura vieja con la cual el Estado acreditó una supuesta titularidad” y eso será lo que deberá dirimir la Justicia.
-Esos terrenos eran del Estado, pero en algún momento tendrían que haber pasado a manos de algún privado…
-Cuando el privado adquirió el predio completo y lo escritura no aparecieron interdicciones. Por eso es que se plantea una situación de títulos que habrá que dirimir en la Justicia porque la empresa lo adquiere de buena fe y cuando lo hace no encuentra restricciones en el dominio que había comprado. Luego apareció el funcionario con una escritura aparentemente legítima y se presentó en la Justicia, hace unos cinco años. Eso desencadenó un proceso que en primera instancia llegó a esa sentencia. Ahora habrá que ver la defensa o la apelación que realice la empresa.
-¿El Municipio tiene algún grado de responsabilidad en esa autorización para construir?
-El Municipio produce la autorización en función de la documentación que tenía relevada y de las informaciones de dominio que se obtienen a través de Catastro, donde no figuraba esa constancia. Incluso ese predio fue vendido por el Estado municipal hace muchos años. Es una situación bastante particular de esas que se dan cuando se trata de afectaciones al dominio que habrá que revisar.
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