Prisión preventiva para el hombre que intentó matar a su ex pareja cuando daba clases en IGA
En plena feria judicial, ajustándose a los plazos del Código de Procedimiento Penal, el fiscal Gustavo Morey (en representación de su par Marcos Egusquiza de licencia) elevó el pedido de prisión preventiva contra el actualmente detenido Jorge Arnaldo Ibarra, imputado en la instrucción caratulada “Homicidio agravado por haber mantenido una relación de pareja en grado de tentativa, y mediante el empleo de un arma de fuego, portación ilegítima de arma de fuego de uso civil, lesiones agravadas por el uso de arma de fuego, amenazas agravadas por el uso de arma, privación ilegal de la libertad agravada y desobediencia, todos ellos en concurso real entre sí”.
Se trata del hombre que quedó apresado por los severos incidentes enmarcados en lo que se denunció como un caso de violencia de género, lo que movilizó a la comunidad toda.
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Los hechos
En detalle, el ministerio público recapituló que el 23 de junio pasado, aproximadamente las 19.45, el acusado se presentó en el Instituto Gastronómico Argentino (IGA) sito en la calle Alem 987, portando ilegítimamente un revólver calibre 32 largo marca, Italo Gra, con cuatro proyectiles en su interior, del cual carecía autorización por la autoridad de aplicación. En ese lugar desempeña tareas laborales su ex pareja, Paola Cervetta, desobedeciendo también de ese modo la orden impartida por el Juzgado de Familia, a cargo de la jueza Silvia Inés Monserrat, desde donde se había impartido la orden de abstenerse de acercarse y tener contacto personal, por interpósita persona o por cualquier medio de comunicación, tanto en sus domicilios como en sus lugares de trabajo, recreación, educación, con la nombrada, restricción de la cual se hallaba debidamente notificado.
Una vez que Ibarra ingresó al instituto, cerró la puerta con llave y se la llevó consigo y previo discutir brevemente con la recepcionista del lugar, fue en busca de Cervetta con intenciones de quitarle la vida, quien se encontraba dictando clases junto a sus alumnos. El fiscal describió que el imputado portaba el arma de fuego, logró darle alcance a la víctima luego de una breve persecución y la tomó del cuello, al mismo tiempo le apoyó el revólver en la cabeza, privándola en ese momento de su libertad, con violencia, amenazas, mientras le decía con fines de amedrentarla: “Metete adentro, dale que te voy a matar”.
Y relató que amenazó al resto de los presentes para obligarlos a que abandonen el lugar y los dejen solos, arrojándoles la llave de la puerta al tiempo que los apuntaba con el revólver y les expresaba: “Salgan todos, vamos váyanse, porque los quemo; si no se van, la mato a ella”, logrando atemorizar a todos los presentes con el arma que portaba, al tiempo que los apuntaba y también les decía: “Andá para adentro, te mato, te mato”.
En ese momento, el alumno Armando Luis Cocina, previo tomar una cuchilla y colocarla en su cintura, logró sorprender al agresor por la espalda y desarmarlo, aplicándole un golpe en el brazo. Entonces, Paola Cervetta aprovechó ese momento de confusión y distracción para zafar y alejarse del lugar, trenzándose los dos hombres en lucha, hasta que finalmente, con la ayuda de otros alumnos que decidieron intervenir, lograron maniatar al atacante impidiendo que pudiera consumar el homicidio de su ex pareja.
Pruebas de cargo
Al tiempo de señalar las pruebas que solventaron la acusación, el fiscal enumeró en primer término la descripción que realizaron las testigos Paola Inés Cervetta, Cintia Elisabeth Arrozeres, Malvina Soledad Negrette, Verónica Lía Taft y Armando Luis Cocina, testigos hábiles y contestes, quienes en forma concordante relataron lo ocurrido, en la parte que a cada uno de ellos les tocó participar, coincidiendo en los detalles y participación del encartado.
Otra circunstancia que se tuvo en cuenta fue el haber sido identificado en el lugar del hecho por parte del personal policial interviniente y sindicado por los testigos como autor de las agresiones. Como también el haberse hallado en el lugar el arma que utilizó para intentar terminar con la vida de Cervetta.
No se obvió el indicio cargoso dado por los reiterados antecedentes de violencia de género existentes por parte del imputado con la víctima desde tiempo atrás, en particular amenazas constantes de darle muerte, amenazas que fueran reconocidas por el imputado como llevadas a cabo en su declaración.
A la vez se mencionó las propias manifestaciones confesas efectuadas por el encartado, de las cuales surgen contradicciones respecto a las imágenes aportadas por la empresa en donde ocurrió el hecho, poniendo de manifiesto las mendacidades relatadas por el acusado para mejorar su situación procesal, quien indica falsamente que la puerta de ingreso al IGA estaba abierta y que no forcejeó con Paola Cervetta, circunstancias que claramente son puestas en crisis por los registros fílmicos de referencia y obrantes.
Respecto a la declaración de Ibarra sobre que su intención no era matarla, que sólo acudió al lugar a conversar para aclarar la situación y pedirle perdón, al fiscal le pareció poco creíble y fuera de toda lógica, dado que concurrió pese a tener una orden de restricción vigente, con un arma de fuego cargada y en condiciones de ser disparada, previo envío de reiterados mensajes amenazantes desde tiempo atrás. A su vez, cuando ya estaba en el interior del local, cerró la puerta con llave de la cual se apoderó, para posteriormente perseguir a su ex pareja, reducirla y tomarla de rehén, amenazando a la víctima y a todos los presentes con quitarle la vida a la vez que los apuntaba, hasta que uno de los alumnos lo enfrentó y lo desarmó con un certero golpe, forcejeando hasta donde le dieron sus fuerzas e intentando huir como refirió Cocina. u
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Los alertas
Así, el fiscal echó por tierra la coartada intentada por Jorge Arnaldo Ibarra y dejó en claro con prueba objetiva, las reales intenciones de terminar con la vida de su ex pareja.
Para despejar alguna duda que quedase, se aportaron los registros de la apertura del teléfono celular perteneciente al imputado hasta el momento de su detención, que arrojan luz sobre la realidad de los hechos y la verdadera intención de Ibarra de terminar con la vida de Paola Cervetta y luego la propia, ya que a las amenazas ya conocidas se sumaron la circunstancia de buscar el encartado días previos a cometer el hecho y hasta ese mismo día, un arma de fuego (escopeta, carabina o revólver), lo cual ha quedado registrado en su historial de mensajes enviados y recibidos, además de los pedidos que ha de haber realizado mediante comunicaciones telefónicas y en forma personal de los cuales no existen registros.
También, el hecho de anunciar con manifestaciones directas e indirectas su muerte a personas de su entorno (a su hija mediante el mensaje del 21 de junio en el que le dice: “Quedé muy triste con eso pero es como te dije, uno hace lo que siente. Lo único que te digo ojalá no te pase lo que le pasó a tu mamá. Que por un enojo no tuvo tiempo de saludar a tu abuelo, tenelo siempre presente”; o los anuncios realizados a su ex pareja y madre de sus hijas, tales como “decirte que te quiero mucho y que pase lo que pase en estos días cuides como siempre a las nenas”; o “es por Paola, juré que la voy a matar y lo voy a hacer, me lastimó mucho, yo no voy a cambiar de opinión. Ya no quiero nada, sólo matarla. En estos días lo voy a hacer”; o “El huir no soluciona nada, perdí todo, mi familia, mi vida, mis ganas de vivir, mis sentimientos no están. Sólo bronca tengo, ya no quiero vivir más” y también: “Ya está decidido”, sumado a las imágenes de una mujer en llamas y un hombre apoyando el arma sobre su cabeza, enviadas a Paola Cervetta, tal cual ella lo relató.
En definitiva, el fiscal entendió que existe una serie de pautas que lo convencen de la concurrencia de un riesgo cierto de fuga, de recuperar el imputado su libertad. u
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