¿Qué pasó con el contrato social?
A propósito de los reclamos de justicia hacia los responsables del incendio de la Escuela Técnica 3, ocurrido el pasado 13 de agosto, comenzaron a instalarse en el discurso público algunas preguntas vinculadas con la responsabilidad que tiene el Estado a la hora de garantizar la integridad y seguridad de los habitantes.
Cuando se piensa en la categoría de Estado, ésta hace referencia a un poder estatal soberano que, en términos de espacio, posee un territorio demarcado y, en términos sociales, contiene un pueblo. La conciencia de ser parte de un Estado-Nación puede comprenderse bajo el concepto de ?comunidad imaginada? que no es más que la cristalización de una autoidentificación colectiva.
En este modelo de Estado-Nación los hombres ceden el derecho de gobernarse a sí mismos a un soberano que promete asegurar la paz y la defensa. En pocas palabras: los hombres ceden su libertad para obtener seguridad. Aunque ¿qué sucede cuando el Estado deja de garantizar la seguridad a la que se ha comprometido a cumplir en su parte del contrato social?
Lo único que nos libera del estado de naturaleza es el establecimiento de una figura con autoridad para decidir y castigar lo que pueda afectar a cualquier miembro del Estado. Pero ¿qué hacer cuando las normas y reglas establecidas no son aplicables a todos por igual? Si el modo en que alguien se priva de su libertad y se somete a esa atadura con el soberano sólo se explica a través de un contrato que tiene como fin preservar su propiedad y su integridad ¿no deberían ambos partícipes del contrato cumplir su responsabilidad contractual?
Dice Rosseau que ?encontrar una forma de asociación que defienda y proteja de la fuerza común a la persona y sus bienes, por la cual, uniéndose uno a todos, no obedezca más a sí mismo y quede tan libre como antes… ése es el problema fundamental que da solución al contrato social?. Entonces, sería lógico que si los hombres pierden el derecho natural y la libertad de hacer aquello que mejor les parece, ganen una real libertad civil y la propiedad de cuanto poseen y por supuesto, de su seguridad.
Entonces ¿cómo confiar si no existe un real cuerpo soberano que ejerza su poder con equidad para que sea reconocido por la comunidad como la base legítima de la autoridad que le ha otorgado? Esto no hace más que demostrar que las instituciones se diluyen en su función, y que estamos asistiendo a un fenómeno de disgregación identitaria, donde las comunidades son cada vez más heterogéneas y están cada vez más cerca de regresar al estado de naturaleza, sin que el soberano intente retenerlas.
Algunos, impávidos; otros, movilizados; pero todos asistimos a la redefinición del paradigma de la soberanía de los estados hacia un modo de actividad cultural, social y económica regido por territorios sin fronteras, sin límites ni reglas claras, que hacen pensar al Estado-Nación tradicional como una categoría en crisis.
Seguramente estamos caminando hacia un nuevo tipo de contrato social, motivado en el agotamiento de las formas históricas de legitimación soberana que nos hace comprender que el análisis del Estado no se agota en la descripción de su funcionamiento como modelo de acumulación, sino que también debe ser pensado como modelo de hegemonía, de legitimación política y social que posibilite la integración real de todos los agentes sociales que hoy están requiriendo esa contención.
Si el gobierno civil es el remedio contra los inconvenientes que conlleva el estado de naturaleza, ¿no será hora de que se revea el contrato social desde ambas partes?*
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