Quedó firme la sentencia contra el abogado que intentó coimear al juez y no puede ejercer su profesión
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Con dicha resolución, el acusado, Juan Manuel González Guerra, fue anoticiado que no puede ejercer su profesión de abogado desde el 6 de enero del corriente año, según incluso reza la notificación que ya recibió el Colegio de Abogados.
González Guerra había sido hallado culpable y condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, además de la inhabilitación para ejercer la profesión.
En primera instancia había sido juzgado por el juez correccional azuleño Héctor Torrens y la posterior apelación al Tribunal de Casación dio lugar a la derivación a la Cámara, que ratificó la sentencia. Ahora el máximo tribunal ratificó el fallo.
Oportunamente, el abogado defensor del condenado, Claudio Castaño, había recalcado a El Eco Multimedios que se iba a recurrir a la Corte Suprema de Justicia, instancia a la que arribó y resolvió en consecuencia.
Dentro de sus altisonantes declaraciones mediáticas, una vez notificado por Casación, Castaño había dicho que “González Guerra mantenía su status quo de inocencia. Está trabajando y puedo aventurarme a decir que más que antes, si es que el Poder Judicial pretendía desmejorar su imagen como letrado”. Empero, aquella situación procesal ahora cambió sustancialmente, siendo que la sentencia quedó firme y se comenzó a aplicar el rigor de la ley.
Cabe recordar que González Guerra había sido acusado por el juez Pablo Galli de pretender coimearlo para favorecer la situación procesal de un detenido, suceso que habría ocurrido el 23 de diciembre de 2008.
El caso
Como oportunamente se informó, el 19 de mayo de 2010 se ventilaba el fallo tras la audiencia oral y pública en la que se juzgó la responsabilidad penal de González Guerra, quien fue acusado de cohecho y condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y la inhabilitación para ejercer su profesión durante el mismo período.
El testimonio del juez Galli, devenido en testigo “aleja categóricamente cualquier sospecha de maquinación o armado de historia falsa”, argumentó el fallo del juez Torrens. Para el magistrado azuleño -ahora ratificado por la Corte- se acreditó la responsabilidad penal del joven letrado, cuando el 23 de diciembre de 2008 intentó coimear al juez Galli para favorecer la situación procesal de un detenido.
Mediante la prueba incorporada por lectura más los testimonios escuchados en la audiencia, el juez coincidió prácticamente en un todo en los lineamientos del ministerio público, a cargo del doctor Luis Piotti, acerca de los elementos de convicción que lo llevaron a considerar veraz y coherente los dichos del magistrado tandilense, en contraposición a lo manifestado por el acusado en plena instrucción, cuya declaración resultó contradictoria y con poco sustento probatorio.
Tomándose precisamente de los dichos de Galli, como así también de Guillermo Vaticano y Esteban Eduardo Perone (funcionarios del Tribunal), además de otras piezas procesales incorporadas al debate por lectura, dio por acreditados los hechos como la participación del imputado.
Respondiendo a uno de los principales cuestionamientos defensivos, el juez sentenció que “no existe limitación de ninguna índole para tener por demostrados los extremos bajo tratamiento a partir de los dichos del testigo único del encuentro que, a solas, se concretara entre Galli y el imputado, a pedido de este último”.
Se agregó al respecto que el ordenamiento procesal vigente ha consagrado el principio de la libertad probatoria, sometido a la condición de explicar razonadamente los fundamentos por los que transita el razonamiento del juzgador para sostener sus conclusiones.
Torrens señaló que el testimonio del doctor Galli “me ha impresionado como merecedor de plena credibilidad; se ha expresado a través de un relato coherente y seguro, dando razón de sus dichos y respondiendo a todas las preguntas que las partes le formularon en un interrogatorio extenso y profundo, que hasta incluyó consultas sobre aspectos de su vida privada y estados de ánimo, de escasa o nula vinculación con el hecho puntual sometido a juzgamiento, las que también abordó dando respuestas claras y precisas”.
Asimismo, dijo que no advirtió ningún signo revelador de mendacidad en la narración, “ni tampoco un relato direccionado en pos de un fin espúreo, ni se ha evidenciado sospecha alguna de parcialidad o interés especial de perjudicar al acusado ni motivo específico o concreto para tan siquiera suponer a modo de hipótesis que haya construido la exposición de un hecho que no ocurrió”.
La política
Cabe reseñar que González Guerra resultó también ser secretario del concejal Carlos Calvi en la anterior conformación del cuerpo colegiado, pero una vez cumplido el período de cuatro años el condenado dejó el cargo público con el edil que lo había llevado.
Oportunamente, cuando se conoció la sentencia en primera instancia como en otros tribunales de alzada, desde distintos sectores, incluso justicialistas, se exigió que el letrado dejara el cargo del Concejo, pero tanto “su padrino político” Calvi como desde la presidencia del cuerpo, en ese entonces encabezada por Marcos Nicolini, se consideró que el sindicado mantenía el estado de inocencia hasta que el fallo quedara firme, instancia que recién ahora se resolvió.
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