Suspenden a dos municipales por manejar un camión oficial sin carnet en una ruta nacional
Un agente del Municipio de Tandil fue suspendido por el Ejecutivo, luego de que a través de un sumario las autoridades comunales comprobaran que autorizó a un compañero a conducir un vehículo oficial en una ruta nacional, sin el carnet habilitante para realizarlo. El otro trabajador en infracción, también recibió una sanción y ambos fueron trasladados del área en cuestión.
La medida fue adoptada el 26 de mayo pero publicada hace 24 horas en el Boletín Oficial y de ella se desprende que cierra el proceso abierto por ?el sumario administrativo mediante el cual se investigó la posible responsabilidad de dos agentes municipales quienes habrían asumido una actitud enfrentada con las obligaciones de los empleados municipales?.
El decreto, también apela a ?la sustanciación del sumario administrativo para deslindar responsabilidades de los agentes sospechados, mediante el cual se arrojaron resultados positivos que permiten determinar que (el trabajador suspendido) permitió que un compañero de trabajo condujera un camión municipal en una ruta nacional sin tener licencia suficiente para ello?.
También la medida determina que el otro agente implicado, se ?ausentó de su lugar de trabajo sin la autorización necesaria para ello y dispuso la conducción de una unidad municipal sin tener carnet autorizante?.
Lo cierto es que luego de la etapa investigativa, el Gobierno tuvo en cuenta ?la consideración efectuada por el instructor sumariante en la que aconseja la imposición de una sanción disciplinaria para cada uno de los agentes en forma individual?.
Y la resolución tiene en cuenta ?la consideración efectuada por la Junta de Disciplina que coincide con los argumentos expuestos por la instrucción y aconseja la imposición de una sanción correctiva distinta aumentando una de ellas.
Y menciona ?la necesidad de dar una resolución definitiva al hecho investigado mediante la cual se pueda imponer una sanción correctiva que se encuentre encuadrada en las dispuestas en la ley 11.757?.
Por todos los atenuantes mencionados, el Gobierno municipal decidió ?imponer una sanción correctiva de treinta (30) días de suspensión al agente municipal (…) por haber autorizado a un compañero de trabajo a manejar un camión sin contar con el carnet correspondiente, debiendo disponerse el traslado del agente a otra área municipal para el cumplimiento de sus servicios?.
Y de igual modo dispuso ?imponer una sanción correctiva de veinticinco (25) días de suspensión al agente municipal (…) por haberse ausentado de su lugar de trabajo sin la autorización correspondiente y haber conducido un vehículo para el que no poseía carnet habilitante, confirmándose el traslado preventivamente impuesto, el cual se hace definitivo?.
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