Tandil, sede de congreso de constitucionalistas sobre el uso de decretos de necesidad y urgencia
El presidente de la Asociación de Abogados de Tandil anunció que esta ciudad será sede, desde el 15 y hasta el 17 de abril, de la VI Jornada de Derecho Constitucional, con la presencia de importantes constitucionalistas de la República Argentina.
El presidente de esa entidad, Ricardo Mauhourat, anticipó que estará presente ?lo mejor en cuanto a derecho constitucional, con muchos de los constitucionalistas reconocidos que hoy tienen una fuerte presencia en los medios de comunicación?.
El profesional señaló que uno de los temas que abordarán en Tandil precisamente estará vinculado a la ?constitucionalidad o no de los decretos de necesidad y urgencia del Poder Ejecutivo Nacional, por eso tendremos esas opiniones en Tandil?.
?Por eso uno de los temas que se debatirán será la ley que reglamenta actualmente los DNU, es decir, los decretos de necesidad y urgencia? completó el abogado, como vocero de la entidad organizadora.
La jornada será auspiciada por el Municipio de Tandil, la Universidad Nacional del Centro, la Facultad de Ciencias Económicas, la Universidad Fasta, la Universidad de Concepción del Uruguay, la Universidad Emprendimiento Siglo XXI y el Centro de Estudios Jurídicos y Políticos de Mendoza.
Otro tema que los especialistas abordarán será una comparación de la organización gubernamental de mayo de 1810 en comparación con la estructura actual, en el marco del Bicentenario de la Nación.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailProbable fallo de
la Corte Suprema
La polémica por los decretos de necesidad y urgencia es una discusión reeditada desde principios de año, cuando la renovación de bancas en el Parlamento nacional dejó sin mayoría absoluta al gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
La Corte Suprema resolvería que los decretos de necesidad y urgencia no son una herramienta de la que pueda hacer uso el Poder Ejecutivo cuando lo cree políticamente conveniente para esquivar la intervención del Congreso, sino que son de carácter excepcionalísimo y que están sujetos al control de la Justicia.
Según altas fuentes de la Corte Suprema, éste es el núcleo central de dos fallos que prepara el tribunal que preside Ricardo Lorenzetti y que -afirman- se conocerán en no más de un mes.
Quienes conocen los primeros borradores, que tienen el respaldo de cuatro de los siete jueces, afirman que esas sentencias establecerán una interpretación restrictiva de la atribución presidencial, de acuerdo con lo que surge del artículo 99, inciso 3, de la Constitución nacional, también de un fallo de la Corte dictado en 1998.
A pesar de los ataques que la presidenta Cristina Kirchner dirigió a la Justicia y, en particular, a la Corte Suprema, las decisiones no serán sorpresivas ni traducen espíritu de revancha, aseguran en el tribunal. Aclaran que la Corte estudia el tema desde el año pasado.
Ley que se aplica
desde el año 2006
La ley que regula la intervención del Congreso en los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) comenzó a regir en 2006, como mecanismo de control constitucional requerido por sectores ayer opositores, pero que hoy conducen el gobierno desde Casa Rosada.
La norma había sido enérgicamente impulsada en la Cámara alta por Cristina Fernández de Kirchner y cuestionada con dureza por la oposición. Tras obtener media sanción en el Senado, y luego de siete horas de debate en Diputados, el proyecto quedó aprobado en julio de ese año por 139 votos a favor y 82 en contra.
La Ley 26.122 precisa en materia de plazos que la Jefatura de Gabinete tiene diez días para remitir cada Decreto de Necesidad y Urgencia a la comisión bicameral y ésta, en cambio, diez días hábiles para que remita a cada recinto su dictamen a favor o en contra. De no hacerlo, el plenario de cada Cámara quedará habilitado a realizar el control sin plazos.
Además de los DNU, también quedan comprendidos en la norma los decretos en ejercicio de las facultades delegadas por el Congreso y los decretos de promulgación parcial de leyes. *
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