Todo lo que tenés que saber sobre las restricciones que comienzan este lunes en Tandil
El Municipio de Tandil confirmó que a partir de las 1 de mañana regirán en el distrito las medidas dispuestas por el Estado Provincial, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.
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De este modo, las actividades comerciales, artísticas, deportivas, culturales, sociales y recreativas, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y definidas como esenciales, deberán cesar entre la 1 y las 6 de la mañana, con el objetivo de reducir la circulación nocturna.
Tandil adhirió a la disposición provincial y las actividades cesarán de 1 a 6 desde mañana
Desde el Ejecutivo, aclararon que considerando la franja horaria que rige actualmente, en esta ciudad las restricciones implicarán adelantar media hora el cierre de comercios de los rubros gastronómicos y de esparcimiento.
Las disposiciones
La disposición bonaerense enumeró una serie de recomendaciones que serán analizadas por el gobierno local cuanto antes para definir su ejecución.
En primer lugar, aconsejó reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos. Asimismo, restringió el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
Por otro lado, resolvió reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas, en esta ciudad, se podrán centralizar en la Policía, llamando al 101.
La norma también habilitó a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley 8841/77 y modificatorias.
En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en todo el territorio bonaerense, además de las sanciones previstas en el artículo 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos, tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.