Un cuádruple homicida volvería a la cárcel por un fallo de la Suprema Corte bonaerense
Un ex panadero que fue condenado a reclusión perpetua por haber matado a una familia entera en Mar del Plata en 1990 y se encuentra libre volvería a prisión tras un fallo de la Suprema Corte de Justicia bonaerense que aclaró que esa pena no fue derogada del Código Penal en forma tácita.
Se trata de Roque Torres, quien junto a su cómplice Walter Izquierdo, fue sentenciado a la pena máxima del Código Penal por el crimen de la familia Mollo, a la que golpearon en forma salvaje, balearon y luego quemaron hace casi 20 años.
El caso llegó al máximo tribunal de la provincia luego de que en 2007 la sala I de la Cámara en lo Penal de Mar del Plata hizo lugar a un recurso de revisión presentado por la defensora general Cecilia Boeri y modificó la pena impuesta a Torres de reclusión a prisión perpetua.
En su presentación, la defensora remarcaba la “tácita derogación de la pena de reclusión” en base a varios artículos de la Constitución Nacional, a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y a las modificaciones de la ley de Ejecución Penal, entre otras normas.
Esto significó que Torres, quien había sido condenado en 1991 por cuádruple homicidio calificado, obtuviera la libertad condicional, razón por la cual el fiscal general adjunto de Mar del Plata, Oscar Deniro, presentó un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia.
“Hubo una interpretación equívoca del artículo 5 del Código Penal, de manera que ahora se mantiene la pena de reclusión dictada oportunamente y Torres debería volver a prisión”, dijo a Télam Deniro.
Al analizar el caso, el presidente de la Suprema Corte, Luis Genoud, -en un voto al que adhirieron sus colegas- sostuvo que los argumentos de la defensora “no son suficientes para entender que la pena de reclusión ha sido virtualmente derogada del Código Penal argentino”.
En el artículo 5 de esa norma, se establecen como penas la reclusión, la prisión, la multa y la inhabilitación, y nunca fue modificado ni derogado, lo cual si ocurrió con los siguientes a partir de la sanción de la Ley de Ejecución penal (24.660).
“La tácita derogación de los artículos 6, 7 y 9 del Código Penal, como consecuencia de la sanción de la ley 24.660, y -por ende- de las diferencias en la forma de ejecutar las penas de reclusión y prisión, en modo alguno ponen en jaque el distinto
tratamiento que las disposiciones de fondo dan a determinados institutos de la parte general” de la norma, expresó Genoud.
Agregó que “ello y el mantenimiento de la vigencia de los artículos 5 y 57 del mismo ordenamiento demuestran que siguen existiendo pautas sustantivas que denotan que la pena de reclusión es mas onerosa que la de prisión”.
La masacre de Mar del Plata ocurrió el 8 de enero de 1990, cuando Francisco Mollo (40) y su hijo del mismo nombre (5) concurrieron a una panadería para reclamar a Torres (20) y a Izquierdo (21) una deuda que por entonces ascendía al millón de australes.
Mollo era distribuidor de una panificadora y los socios le debían dinero desde hacía varios meses, pero cuando el hombre les exigió el pago ambos se negaron a devolverle la plata.
Tal como confesó Torres, primero mataron al hombre y a su hijo, y luego a su mujer, Paula Borrelli (34) y a Juan Pablo, un bebé de siete meses que ingresaron un rato después al local para ver qué ocurría.
Los asesinos les dieron golpes en la cabeza con un hierro, luego los remataron a tiros y para encubrir el crimen llevaron los cuerpos en una camioneta a un descampado próximo al faro de Punta Mogotes y quemaron los cadáveres.
El 11 de abril de 1991, la sala I de la Cámara Criminal y Correccional de Mar del Plata condenó a Torres a reclusión perpetua y a Izquierdo a prisión y descartó los argumentos de la defensa de que habían sufrido un desequilibrio psíquico.
Actualmente, Torres está libre, mientras que Izquierdo fue excarcelado por este caso, pero está detenido por otro hecho. (Télam)
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailMás de 143 años escribiendo la historia de Tandil
Este contenido no está abierto a comentarios