Un fallo despenalizó la tenencia de éxtasis para consumo personal
La medida cobra notoriedad ya que si bien hasta el momento la Cámara decretó la inconstitucionalidad de la norma que penaliza la tenencia de drogas, no se conocen casos en que haya adoptado la misma aptitud respecto de éxtasis.
El 7 de septiembre de 2008, el imputado viajó desde la provincia de La Pampa a la Capital Federal para concurrir a la fiesta electrónica “Moon Park”, junto con otras siete personas, según lo establecido por la Justicia. Así, una vez dentro del lugar, compró unas 15 pastillas de éxtasis, por las que pagó unos 400 pesos, y luego fue detenido por personal de Prefectura Naval Argentina que estaba en el predio.
El juez de primera instancia había dictado el procesamiento del joven al considerar que había comprado los estupefacientes para comercializarlos o para consumo personal, y calificó el hecho bajo la figura de “tenencia simple”.
Pero ahora, los jueces de la Sala I de la Cámara, refutando el argumento de primera instancia, dijeron que “no se ha podido descartar que la tenencia de estupefacientes fuera para consumo personal”. Además, los jueces Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah decretaron la inconstitucionalidad de la norma que penaliza la tenencia de drogas para consumo personal.
Los camaristas recordaron que ya la Corte Suprema había dicho que la falta de certeza sobre los elementos de prueba debe computarse a favor del imputado, y que “lo que debía probarse inequívocamente es que la droga hallada no era para consumo personal”. “Habrá de modificarse la calificación escogida en el auto de mérito impugnado por la de tenencia de estupefacientes para consumo personal prevista por el artículo 14, párrafo segundo, de la Ley 23.737”, indicaron en el fallo, por el cual dispusieron el sobreseimiento del imputado. Mientras tanto, la Corte Suprema de Justicia aún sigue estudiando un caso a partir del cual podría despenalizar la tenencia de estupefacientes para consumo personal.
Si bien la resolución se esperaba para los primeros meses de este año, la Corte aún no tiene definido los detalles que comprendería la misma. Según fuentes consultadas por Noticias Argentinas, resta acordar qué tipo de drogas se despenalizarían, las cantidades y las circunstancias en que la misma sea hallada en el imputado. El caso que está en análisis en la Corte tuvo su origen en la ciudad de Rosario, cuando dos personas fueron condenados a prisión en suspenso por “tenencia de estupefacientes para consumo personal”.
Ambos jóvenes habían sido detenidos cuando les descubrieron un cigarrillo de marihuana a cada uno.
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