Una abogada constitucionalista aseguró que la Provincia es responsable del déficit habitacional
La abogada constitucionalista Cecilia Pazos aseguró que el Gobierno bonaerense es responsable del déficit habitacional, porque la Carta Magna de la Provincia le exige responder y garantizar esta demanda.
Por otra parte, Pazos discrepó con los letrados que no observaron ilegitimidad en las ocupaciones masivas del Plan Federal y el barrio Smata, y catalogó a los episodios como delitos.
La ex jueza de Faltas, en diálogo con ?Eco Noticias?, por la pantalla de Eco TV, detalló que la Constitución Nacional ?trae dos artículos que son muy claros y específicos en este aspecto, el 14to. y el 17mo.?.
?Nos dicen que todos los habitantes gozan del derecho de usar y disponer de su propiedad, y que la propiedad es inviolable?, precisó.
A continuación, incluyó la categoría de sujetos pasivos, para los que rige la prohibición de la inviolabilidad, y ancló la referencia al Estado y particulares, ?que no deben turbar el derecho?.
?Lo del Estado va mucho más allá. Está obligado a promover un orden social y económico justo sobre ese derecho de propiedad. Nunca hay que reducirlo ni subestimarlo?, indicó la abogada, aunque luego contrapuso que ?también tiene una fuerte obligación de promover el acceso a la vivienda?.
Sin embargo, fue cuando trajo al ruedo la Constitución de la Provincia de Buenos Aires cuando surgió el eje de su exposición: ?Es muy precisa en este aspecto. Tiene un artículo específico, el 36to., inciso séptimo, que dice ?la Provincia promoverá el acceso a la vivienda pública a todos los habitantes??, subrayó.
En consecuencia, Pazos postuló que ?es claro que el Municipio no puede hacerse cargo del problema habitacional en su totalidad, pero sí debe promover políticas de coordinación.?
?La herramienta clave es la Provincia ?explicó?, porque la Constitución ordena a las autoridades que se hagan cargo de este tema. La gente no puede estar sin una vivienda?.
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Accedé a las últimas noticias desde tu email?Constituye un delito?
Para la ex magistrada, el conjunto de las ocupaciones ?constituye un delito?, porque ?de un modo clandestino u oculto a los titulares de ese derecho de propiedad alguien invade esa propiedad o se mantiene en ella. Hay un verdadero despojo?, sintetizó.
La cuestión aparece como central de cara al futuro, cuando la Justicia deberá definir el recurso de amparo que interpuso el abogado oficial, Diego Araujo, para que les suministren los servicios básicos a los ocupas.
?La norma es terminante: Si acá hay alguien que ejerce una posesión o una tenencia sobre ese barrio en particular, la Justicia va a tener que ponderarlo. No puede adjudicar derechos cuando ya hay titulares. Sería no escuchar la ley: son intrusos y hay una ilegitimidad?, enfatizó la constitucionalista.
En este sentido, Pazos difirió con el abogado y ex candidato a concejal, Jorge Coronel, que en los albores del conflicto planteó que los ocupas no incurrían en un accionar penalmente ilegítimo.
?Para comprobar el delito se requiere que haya una ocupación violenta (sea ejercida sobre objetos o personas); o que exista un abuso de confianza (la cesión de una vivienda por un tiempo, pero que después el ocupante no quiere dejar). En este caso, hay una construcción en ruinas. Estas personas ingresaron y las mejoraron?, fundamentó Coronel.
Empero, el referente del EDE a nivel local también puso en juego la figura de usucapión: ?Se da cuando alguien ocupa un bien a título de dueño, públicamente, aunque sabe que no es propio. Si lo ocupa durante 20 años, sin que el dueño le haga ningún tipo de reclamo, pasará a ser suyo luego de un juicio. No todo tomar posesión de algo implica un delito?.
La presentación de los abogados de Smata ante la Justicia (el reclamo al que alude Coronel) es una arista que pone mayor complejidad a este último punto, sobre todo porque entra en conflicto con el recurso de amparo del defensor oficial, en donde priman como argumentos las condiciones de insalubridad y los riesgos que corren los ocupas. *
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