Una pareja fue condenada por tenencia de droga con fines de comercialización
En un reciente juicio abreviado, las partes acordaron la condena para dos acusados de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, acuerdo que fue avalado por el TOC 1.
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Se trató de los imputados Germán Daniel Dacovich, actualmente alojado en la Unidad 37 (Barker), y Andrea Roxana Andrade Pocorena, quienes fueron condenados a la pena de cuatro años de prisión, al ser considerados autores penalmente responsables de los delitos de “Tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor y comercialización de estupefacientes”.
Al decir del fallo ventilado, se dio por acreditado que al menos entre el 9 de junio de 2014 y el 8 de mayo de 2015, los imputados, ambos con domicilio en Liniers 1641, comercializaron sustancias estupefacientes (clorhidrato de cocaína) en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor en la ciudad.
Así, por ejemplo, el 8 de mayo de 2015, siendo alrededor de las 20.30, en el allanamiento realizado en el domicilio de los acusados, en el cual se encontraban ambos, se procedió al recogimiento de sustancia estupefaciente y dinero.
Del living comedor, se secuestraron dos teléfonos celulares, la suma de 3.570 pesos. En el baño de la habitación matrimonial, dentro de un estuche color blanco, se secuestraron seis cilindros plásticos con vestigios de cocaína; de la cocina, dentro de un aparador, dos balanzas digitales; del cajón de cubiertos, cinco cilindros plásticos con vestigios de clorhidrato de cocaína; y sobre una alacena 5.500 pesos.
De la habitación ocupada por Dacovich, una campera y una cartera tipo morral la cual contenía 21 recipientes plásticos en forma de cilindro con cocaína con un peso total de 29,9 gramos, que se hallaban ocultos en un bolsillo de doble fondo; dentro de un placard, se recogieron cuatro cilindros plásticos (similares a los anteriores) con vestigios de cocaína, y una bolsa de nylon transparente conteniendo 187 recipientes plásticos transparentes en forma de cilindro vacíos sin uso.
Dentro de lo oportunamente secuestrado, se detalló sobre lo recogido en otro baño, dentro de una taza, donde se halló un tubo cilíndrico con vestigios de cocaína; en la habitación matrimonial, dentro del placard utilizado por Andrade Pocorena, se recogió una bolsa transparente con once recipientes plásticos cilíndricos vacíos sin uso, una caja rectangular de madera con candado conteniendo 40.392 pesos, y del bolsillo de una bata de salida de cama, dos recipientes similares con vestigios de cocaína; del mismo placard, sobre su piso, un recipiente similar conteniendo cocaína con un peso de 1,2 gramos, y sobre un estante, seis unidades idénticas con vestigios de la misma droga, además de más elementos probatorios.
Las sustancias secuestradas y que fueran anteriormente enunciadas fueron peritadas químicamente y arrojaron resultado positivo para clorhidrato de cocaína, indicando que se trataba de sustancias estupefacientes comprendidas en las previsiones de la ley 23.737, y eran tenidas por los aquí imputados con fines de comercialización, en tanto que el resto de los elementos descriptos resultan demostrativos del destino indicado y aptos para llevar a cabo el mismo.
Además de lo que se secuestró, también se subrayó como probanza incriminatoria lo que surgió de las conversaciones telefónicas y mensajes de texto del celular que utilizaba Dacovich y de los distintos teléfonos secuestrados en el domicilio del mismo, donde se detectaron diálogos entre el nombrado y distintas personas en los que se utilizan expresiones características en la jerga del delito investigado, con la clara intención de disimular su comisión, en su mayoría bajo la modalidad de delivery.
Al decir de la sentencia del TOC 1 las evidencias no solo dieron soporte a una mera tenencia de estupefacientes, sino que permitieron avanzar a grados más comprometidos de actividad ilícita, como lo es la tenencia con fines de comercialización y al comercio propiamente dicho de estupefacientes, todo lo cual surge de las probanzas antes desplegadas.
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