Vence mañana el plazo para la recategorización en la Tasa de Actividad Económica
El proceso comprende a los contribuyentes encuadrados en la Tasa Unificada de Actividades Económicas que en ese lapso tuvieron ingresos superiores, con relación a los de su categoría. Los que no tuvieron cambios no deberán hacer ninguna gestión y seguirán en la misma categoría.
El trámite se realiza con clave fiscal por internet, a través de la página www.tandil.gov.ar, opción Contribuyentes – Comercio con Clave Fiscal.
Para saber si el contribuyente tiene que recategorizarse, se dio a conocer el detalle de los límites de la categoría (ver recuadro).
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Los contribuyentes que hubiesen obtenido ingresos gravados, no gravados y exentos durante los doce meses inmediatos anteriores a la finalización de cada cuatrimestre calendario que superen el límite de la categoría ?E?, con ingresos superiores a 120 mil pesos, quedarán encuadrados en el Régimen General, debiendo dar cumplimiento a las obligaciones emergentes del régimen. *
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