De cuánto son las multas por no ir a votar en las elecciones
En la provincia de Buenos Aires el voto es obligatorio y no cumplir con esa responsabilidad puede traer sanciones.

Cada elección en la provincia de Buenos Aires convoca a millones de ciudadanos a las urnas bajo una premisa clara: el voto es obligatorio. Sin embargo, no todos saben que faltar sin justificación puede dejar huella en los registros oficiales y generar sanciones económicas. Aunque los montos no son altos, las multas existen y están previstas en la Ley N° 5.109, que regula el proceso electoral bonaerense y establece sanciones no solo para los votantes, sino también para las autoridades de mesa y las fuerzas políticas que incumplan las reglas.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa normativa bonaerense es clara: los electores mayores de 18 años y menores de 70 tienen la obligación de emitir su voto. En caso de no hacerlo, el artículo 137 establece una multa de entre $50 y $500, que debe abonarse una vez finalizado el escrutinio definitivo.
El plazo para justificar la ausencia es de 60 días posteriores a la elección, ante la Junta Electoral. Quienes no presenten la justificación quedan en infracción y el organismo eleva la nómina de incumplidores a los síndicos fiscales, para que se inicien las acciones correspondientes.
Aunque el monto pueda parecer bajo, la multa no se borra sola: queda registrada en el historial electoral de la persona y, en algunos casos, puede dificultar la realización de trámites ante organismos públicos.
Más de 143 años escribiendo la historia de Tandil