El Municipio de Tandil rechazó un reclamo por el daño en un vehículo ya indemnizado por el seguro
La denunciante sufrió la rotura del vidrio trasero de su auto como consecuencia del impacto de un elemento arrojado por una cortadora de pasto operada por personal municipal

La Municipalidad de Tandil desestimó un reclamo administrativo presentado por una vecina que solicitaba una indemnización por daños en su vehículo, luego de comprobarse que ya había sido compensada por su compañía aseguradora. Así lo dispuso el Decreto Nº 1808/2025, firmado por el intendente Miguel Ángel Lunghi y refrendado por la Secretaría de Gobierno.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl caso se remonta al 6 de febrero de este año, cuando la contribuyente denunció que su automóvil —un Volkswagen Gol Trend— sufrió la rotura del vidrio trasero (luneta) como consecuencia del impacto de un elemento arrojado por una cortadora de pasto operada por personal municipal, mientras realizaban tareas de mantenimiento en una plazoleta del barrio Selvetti, entre calles Rosales y Labardén.
La denunciante solicitó al municipio que se hiciera cargo de los daños. Sin embargo, tras el análisis de la documentación aportada y las consultas realizadas, se constató que el vehículo contaba con cobertura de seguro vigente al momento del hecho. La compañía Sancor Seguros, confirmó que la póliza incluía rotura o reparación de cristales y que el siniestro fue debidamente denunciado y abonado.
La aseguradora presentó comprobantes que acreditan el pago de $242.000 por la rotura de la luneta, emitido el 19 de febrero. Además, aportó un recibo de la empresa “Parabrisas Díaz” por el mismo monto y dos fotografías del daño que coinciden exactamente con las imágenes adjuntadas por la propia reclamante al expediente municipal.
En consecuencia, el Ejecutivo local concluyó que el daño ya había sido resarcido en su totalidad, y que no correspondía un segundo resarcimiento por el mismo hecho. La Dirección de Asuntos Legales recomendó la desestimación del reclamo, por no existir perjuicio actual para ser reparado.
El decreto estableció formalmente el cierre de la instancia administrativa y ordenó la notificación a la vecina, así como su publicación en el Boletín Municipal.