El Municipio definió el esquema de funcionamiento de actividades en Fase 3
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Con la confirmación por parte de Provincia, el Municipio difundió este miércoles por la tarde el decreto que fija la modalidad de funcionamiento actividades y servicios en el marco de la Fase 3, de acuerdo al siguiente esquema:
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLos establecimientos cuya actividad consista en el expendio de comidas y bebidas podrán funcionar de 6 a 23, “permitiéndose continuar hasta las 0 con la prestación del servicio a través de la forma de delivery o take away”.
Los establecimientos cuya actividad consista en el expendio de combustible podrán funcionar de 6 a 0, mientras que los cines y museos podrán hacerlo de 6 a 23 y los teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, y sin expendio de comidas y bebidas, podrán funcionar de 6 a 23.
En tanto, los consultorios de profesionales de la salud, laboratorios, centros de diagnóstico por imagen y farmacias, podrán funcionar de 6 a 21 y el resto de las actividades y servicios autorizados por el Departamento Ejecutivo podrán hacerlo de 6 a 20.
Las bibliotecas tendrán autorizada la actividad de 6 a 20 mediante la modalidad de retiro y entrega de libros “sin permanencia en el establecimiento”.
Sin autorización
De acuerdo al artículo segundo, no se encuentran autorizados:
Los natatorios, gimnasios y demás actividades deportivas en espacios cerrados, a excepción de los supuestos previstos para natatorios y gimnasios en el decreto 1715/21.
Actividades deportivas colectivas con o sin contacto de más de 10 personas en espacios al aire libre o cerrados.
Mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios cerrados.
Ferias internadas y comerciales en espacios cerrados.
Casinos.
Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, espacios cerrados o al aire libre, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
Los servicios empresariales de catering a los que se refiere el decreto 1661/20 y modificatorias como así también los servicios de entretenimientos de fiestas infantiles encuadrados en el Decreto 2025/20 y sus modificatorias.
Talleres culturales en espacios cerrados.
Para todo lo no modificado mediante el decreto, “se mantendrá la vigencia de los derechos y obligaciones establecidos en las normas que actualmente regulen las actividades y servicios aquí referidas, y especialmente las dictadas en el Partido de Tandil en el marco de la emergencia sanitaria vigente como consecuencia de la pandemia mundial del coronavirus”.