El Municipio habilitó los encuentros deportivos de hasta ocho personas por equipo
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Tras autorizar la práctica de actividades deportivas reducidas en noviembre pasado, en medio del proceso de flexibilización marcado por el ingreso al Estadio Amarillo, el Gobierno comunal amplió el permiso para el desarrollo de encuentros deportivos de hasta 16 jugadores por equipo, bajo el cumplimiento de una serie de recomendaciones sanitarias.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn un acto administrativo que se celebró este viernes, el intendente Miguel Lunghi y el jefe de Gabinete, Oscar Teruggi, rubricaron el correspondiente decreto por medio del cual amplía el desarrollo de deportes de hasta ocho personas por equipo mediante una modificación en el documento original.
En concreto, el artículo primero modifica los incisos c y f y el artículo segundo del decreto 2411/20, firmado el 18 de noviembre, y los reemplaza por el siguiente texto: “Los establecimientos alcanzados por el artículo precedente deberán observar los siguiente requisitos: se autoriza la posibilidad de realizar más de una actividad en simultáneo en la medida que exista una distancia mínima de dos metros lineales entre espacios debidamente delimitados. La cantidad de participantes por espacio no podrá exceder de 16 personas”.
En el siguiente punto aclara que, “para todo lo no modificado por esta norma se mantendrá la vigencia del decreto 2411/20”.
El resto del articulado
El marco regulatorio indica que los establecimientos alcanzados por la disposición deberán proveer a la totalidad de sus trabajadores de los elementos de seguridad e higiene destinados a la prevención de contagio del coronavirus, seguir el protocolo y lineamiento establecido por el equipo de expertos y los que específicamente se hayan presentado o se presenten (y que posteriormente sean aprobados).
El intervalo tanto de comienzo como de finalización entre actividades realizadas en distintos espacios, como la finalización y comienzo entre una actividad y otra en el mismo espacio, “no podrá ser menor a 20 minutos”.
El incumplimiento de lo establecido “dará lugar a la aplicación de las consecuencias previstas por el marco normativo respectivo”, según lo indica el artículo tercero del decreto, que señala que la autoridad de aplicación será la Dirección de Deportes en colaboración con la Dirección General de Inspección y Habilitaciones.
Considerandos
El decreto cita una serie de considerandos entre los que destaca que el contexto epidemiológico “exige que las medidas adoptadas vayan acompañadas de una gradualidad necesaria con miras en la protección de la salud pública”.
En ese sentido, en una primera instancia a través del decreto 2411/20 se reanudó la habilitación para realizar deportes grupales bajo ciertos parámetros y que, bajo ese esquema “se observa adecuado continuar con la adopción de decisiones destinadas a actividades que contribuyan al bienestar general de la ciudadanía, y con ello, a la sustentabilidad de distintos sectores de la sociedad”.
Además, indica que los parámetros para la realización de las actividades “han sido analizados por el Comité de Seguimiento de Coronavirus creado por la disposición 319/20 del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado”.
