La cuota alimentaria y la revictimización, dos obstáculos que persisten en la Justicia
Las abogadas Alejandra Serrano Gandolfo y Fernanda Menéndez analizaron los cambios registrados en la última década y señalaron obstáculos que todavía atraviesan las víctimas.
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A más de una década de la primera marcha Ni una menos, dos abogadas tandilenses analizaron los avances y las deudas que persisten dentro del sistema judicial en materia de perspectiva de género.
En un documento publicado en 2024, la Suprema Corte de Justicia sostuvo que juzgar con perspectiva de género implica identificar las desigualdades estructurales y los estereotipos que condicionan el acceso a la Justicia, y estableció que ese enfoque debe aplicarse en todos los fueros y durante todo el proceso judicial, desde el inicio de una causa hasta la ejecución de la sentencia.
Sin embargo, entre ese mandato y la realidad cotidiana todavía existe una distancia que, según las abogadas Alejandra Serrano Gandolfo y Fernanda Menéndez, continúa impactando sobre las víctimas.
En los últimos 20 años se incorporaron a la legislación argentina normas que reconocen las desigualdades estructurales entre varones y mujeres y diversidades, como la Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres (2009), la Ley 27.412 que establece la paridad de género en las listas de candidatos para cargos legislativos (2017) y la Ley 27.499 (Ley Micaela), que establece la capacitación obligatoria en la temática de género para quienes se desempeñen en la función pública.
Desde el Derecho de Familia y el Derecho Penal, las letradas tandilenses coincidieron en que hubo avances, pero advirtieron que todavía persisten prácticas, criterios y tiempos judiciales que siguen reproduciendo desigualdades.
El incumplimiento de la cuota alimentaria, al tope
Para Serrano Gandolfo, abogada del fuero Penal y de Familia, una de las principales falencias está en la escasa dimensión que, al interior del sistema judicial, se le otorga a la violencia económica, especialmente cuando se trata del incumplimiento de la cuota alimentaria.
"La violencia económica es un tipo de violencia y es violencia de género. No veo que los juzgados tomen una real dimensión de que se trata de violencia de género. Falta darse cuenta de que una medida de alimentos provisorios otorgada de manera oportuna puede salvar a una víctima", afirmó.
La abogada explicó que, aunque el incumplimiento de los deberes de asistencia familiar constituye un delito, muchas veces la respuesta judicial deriva el conflicto exclusivamente al fuero de Familia.
Según indicó, se trata además de una de las consultas más frecuentes en los estudios jurídicos.
"El incumplimiento de la cuota alimentaria es de lo que más surge como demanda", aseguró ante El Eco de Tandil.
Para Serrano Gandolfo, el problema excede lo económico y repercute directamente en la posibilidad de que una mujer pueda sostener la decisión de salir de una relación violenta.
"Me parece que está invisibilizada la violencia económica como factor determinante del resto de las violencias. Porque la economía mantiene una dependencia, mayormente de la mujer hacia el varón. Muchas mujeres se quedan en el hogar con el agresor, o se separan y después vuelven por cuestiones económicas", alertó.
La experiencia profesional le permite afirmar que no se trata de casos aislados. "Y cuando digo muchas es muchísimas. Me ha pasado en varias oportunidades tener denuncias con graves hechos de violencia, casi llegando al intento de femicidio, de mujeres que luego han vuelto con el agresor por cuestiones económicas", contó.
En ese contexto, consideró fundamental que las medidas alimentarias provisorias se otorguen con rapidez mientras se tramita el juicio principal. Y explicó que, aunque la Ley provincial 15.513 sancionada a fines de 2024 redujo los tiempos de los procesos de alimentos, todavía pueden transcurrir entre ocho meses y un año y medio hasta obtener una sentencia definitiva.
Mientras tanto, los hijos necesitan una respuesta inmediata.
Pero -según sostuvo- esa herramienta no siempre encuentra recepción en los tribunales.
"Me ha pasado, en la gran mayoría de los casos de violencia, pedir los alimentos transitorios como medida protectoria y que la denieguen", señaló.
Y añadió: "Y cuando lo dan, es por poco tiempo, entonces la víctima duda de si continuar con la denuncia".
A su entender, el Poder Judicial ha fortalecido otros mecanismos de protección, aunque todavía mantiene una deuda con el aspecto económico.
"Yo veo que hay más otorgamiento de medidas y más recaudos a la hora de proteger a las víctimas, pero todavía falta la parte económica", enfatizó.
"Está escrita, pero falta aplicarla"
Desde el ámbito estrictamente penal, Fernanda Menéndez consideró que si bien el concepto de perspectiva de género ya forma parte del lenguaje judicial, no siempre se traduce en decisiones concretas.
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"Tal vez en una sentencia dice las palabras ‘perspectiva de género’ quince veces. Pero una cosa es eso y otra cosa es que se aplique realmente, que se juzgue sin estereotipos", expresó la letrada, que además tiene formación en cibercrimen y violencia digital.
Esos estereotipos, sostuvo, siguen apareciendo al momento de valorar la conducta de las mujeres.
En ese marco, consideró que "cuando hablamos de mujeres aparecen estereotipos y se juzga mucho si la chica toma, si se droga, si sale de noche, si ejerce la prostitución".
También advirtió sobre la complejidad que representan los juicios por jurados, donde intervienen personas ajenas al sistema judicial.
"Cuando es juicio por jurados tenés gente que viene con todo su bagaje, sus creencias y su formación; eso es complejo", aseguró.
Y recordó que, a diferencia de otras provincias, en Buenos Aires los integrantes de los jurados populares no reciben una capacitación específica en perspectiva de género.
Para Menéndez, ese enfoque también resulta indispensable cuando quien llega al banquillo de los acusados es una mujer.
"En casos de violencia donde la mujer resulta ser la homicida hay que ver cuál es la historia de vida de esa persona que llegó a ese lugar", señaló la abogada.
"Hay que ver si esa mujer sufrió violencia durante muchísimo tiempo, si estaba sometida...", explicó, al mencionar fallos en los que tribunales superiores ordenaron revisar condenas para incorporar esa mirada sobre el contexto previo.
Contar la historia una y otra vez
Donde Menéndez identificó la mayor deuda del sistema es en el recorrido que afrontan las víctimas desde que realizan la denuncia.
"Yo creo que se revictimiza muchísimo a las víctimas", remarcó y describió un circuito que obliga a repetir el relato en numerosas oportunidades.
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"Generalmente empieza con una denuncia en la Comisaría de la Mujer, donde la mujer tiene que contar todo lo que pasó. Ahí le toman la denuncia, pero la transcripción nunca refleja lo que la víctima realmente está contando", señaló.
A partir de allí -explicó-, la mujer suele volver a narrar los hechos ante la Dirección de Políticas de Género y Diversidad Sexual del Municipio, luego en la Fiscalía, posteriormente durante la pericia psicológica y finalmente en el juicio oral.
Para la abogada, las consecuencias de ese recorrido son profundas.
"Eso es tremendo para una víctima. Llega un momento en que cuenta todo como enajenada", señaló.
Una mirada que debe atravesar todo el proceso
Para Menéndez, el problema no termina en la reiteración de los relatos. La perspectiva de género, sostuvo, no debería limitarse al momento de dictar una sentencia, sino acompañar a la víctima desde el primer contacto con el sistema judicial.
"La perspectiva de género no debería estar solamente en la sentencia, sino que tendría que atravesar todo el proceso, desde el momento cero", sostuvo.
En ese sentido, aclaró que su principal observación no está dirigida al trabajo de las fiscalías, sino a la primera instancia de recepción de las denuncias. "Creo que casi todos los fiscales trabajan muy bien", señaló.
Sin embargo, advirtió que muchas dificultades aparecen antes de que la causa llegue a manos del Ministerio Público.
"Me parece que el tema empieza en la comisaría, de donde sale la información que va a recibir el fiscal. Si eso está mal transmitido, ya se empieza a trabajar mal", reiteró.
Según explicó, la carga emocional con la que llegan las víctimas hace que muchas veces firmen la denuncia sin advertir que lo escrito no refleja exactamente lo que intentaron contar.
"La gente va a denunciar con una carga emocional tremenda y cuando le dan para firmar, firma sin ver. Y tampoco están en condiciones de ponerse a discutir", sostuvo Menéndez.
Acompañamiento jurídico desigual
A esa necesidad de incorporar una perspectiva de género durante todo el proceso judicial, Serrano Gandolfo suma otra preocupación: el acompañamiento jurídico desigual entre víctimas e imputados.
"Cuando se denuncia un hecho de violencia, a veces configura delito y a veces no. Cuando configura delito, la que investiga es la fiscalía. No es requisito para la víctima tener un abogado, como sí lo es para el imputado, que va a contar desde el principio con la defensa oficial", explicó.
Para la especialista en Familia, esa diferencia continúa reproduciendo una desigualdad material. "Esa es la gran disparidad que sigue hasta hoy con las víctimas y que refuerza esta desigualdad material entre hombres y mujeres y que también refuerza la violencia de género", expresó.
En ese sentido, contó que en Tandil existe el programa Acceder, que brinda patrocinio gratuito a víctimas de determinados delitos en situación de vulnerabilidad económica.
La "ruta crítica" que desgasta a las víctimas
Aunque desde perspectivas distintas, ambas profesionales coincidieron en señalar que uno de los mayores desafíos no se encuentra únicamente en el contenido de las resoluciones judiciales, sino en el recorrido que las personas deben atravesar hasta llegar a ellas.
Serrano Gandolfo describió ese itinerario como una "ruta crítica". "Ahí la víctima que denuncia empieza a transitar por la fiscalía, el Juzgado de Garantías y el Juzgado de Familia", enumeró.
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"Es un recorrido grande, denominado 'ruta crítica'. Ahí está la dificultad para las víctimas. El proceso se hace largo y a veces incluso deviene invasivo porque hay medidas que tienen cierto peso para la víctima", señaló.
Y puso como ejemplo la custodia policial dinámica, que si bien busca brindar protección, también modifica profundamente la vida cotidiana de quien denuncia.
"Si bien son en su cuidado, las víctimas se ven afectadas por este tipo de medidas", remarcó.
Los nuevos desafíos de la violencia digital
Fernanda Menéndez señaló que otro de los cambios que comenzó a aparecer en los tribunales es la incorporación de hechos vinculados con la violencia digital, un fenómeno cuya regulación y abordaje todavía se encuentran en construcción.
"Se está incorporando el tema de la violencia digital a las causas", aseguró.
Sin embargo, explicó que la velocidad con la que evolucionan las tecnologías suele superar la capacidad de respuesta del sistema judicial.
"Cuesta, porque como la Justicia es lenta, hay un montón de situaciones que conocemos hoy que hace cuatro o cinco años no conocíamos, y las causas llegan a juicio con esa evidencia, que se recolectó mal", explicó.
Ambas entrevistadas también coincidieron en un punto que consideran central: incorporar la perspectiva de género no implica prescindir de las garantías constitucionales del proceso penal.
Menéndez fue enfática al respecto: "La perspectiva de género tiene que respetar los derechos de la víctima o de la denunciante: hay que creerle y que no pase por situaciones que la revictimizan”, comentó.
Pero –agregó- "llegado el momento, eso no hace que la denunciante sea víctima. Todo tiene que probarse en un juicio, no se pueden vulnerar los derechos del imputado".
Para la penalista, el verdadero desafío consiste en compatibilizar ambas obligaciones: proteger a quien denuncia sin afectar las garantías del debido proceso.

