Ley de Alquileres: ¿qué pasa con los contratos entre las partes?
La OMAI brindó información sobre los contratos de alquiler vigentes y futuros en el marco del DNU 70/2023.

El DNU 70/2023 derogó la Ley de Alquileres, que desde julio de 2020 regulaba el mercado de alquileres con condiciones para los contratos: duración de tres años y una actualización semestral calculada por la fórmula Hogar, la misma que se utiliza para los créditos Procrear.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailPero además, el decreto introdujo cambios en el Código Civil, por lo que el plazo de los contratos de alquiler de viviendas será acordado por las partes sin un mínimo legal y podrán pactar libremente el ajuste del valor de los alquileres utilizando cualquier índice, público o privado, en la misma moneda del contrato y para la periodicidad de ajustes se otorga libertad, eliminando el mínimo semestral previo.
Los contratos pueden realizarse en pesos o en moneda extranjera y el inquilino no puede exigir el pago en una moneda diferente a la acordada en el contrato. Y las partes determinarán libremente las cantidades y moneda de las fianzas o depósitos en garantía, así como su devolución y ya no es necesario inscribir los contratos de alquiler en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).