Los detalles del decreto que ordenó tirar abajo el portón en calle Israel
Aunque la remoción del portón y parte del muro ya fue ejecutada por el Municipio, el Decreto Nº 2199/2026 permite conocer los fundamentos jurídicos, técnicos y administrativos que respaldaron la decisión. El Ejecutivo sostuvo que la estructura ocupaba una calle de dominio público y ordenó que el costo del operativo sea afrontado por la empresa desarrolladora del emprendimiento.
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Días después de que el Municipio concretara la remoción del portón corredizo y parte del muro que impedían el paso sobre calle Israel, el Decreto Nº 2199/2026 permitió conocer en detalle los argumentos que llevaron al Departamento Ejecutivo a disponer la intervención sobre el loteo irregular ubicado en la intersección con Lanza del Vasto.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa medida, firmada el 15 de julio por el intendente Miguel Lunghi, fue el respaldo legal del operativo que finalmente se llevó adelante el 16 de julio, cuando personal de distintas áreas municipales retiró la estructura luego de que venciera el plazo otorgado para que los responsables lo hicieran voluntariamente. Durante esa intervención también se detectó una presunta conexión clandestina a la red de agua, incorporada a las actuaciones administrativas.
El decreto señaló que el expediente se inició tras una inspección realizada el 29 de junio, en la que se verificó la existencia de un muro de mampostería con un portón corredizo que interrumpía la libre circulación por calle Israel e impedía el acceso vehicular y peatonal hacia Lanza del Vasto.
Posteriormente, un informe del área de Catastro confirmó que ese tramo de la calle había sido cedido íntegramente al dominio público municipal de acuerdo con el plano de mensura vigente. A partir de esa constatación, la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas dio intervención a la Secretaría Legal y Técnica para evaluar las medidas correspondientes.
La intimación previa
Antes de ordenar la remoción, la Municipalidad envió cartas documento a los propietarios del inmueble intimándolos a retirar el portón y cualquier otro elemento que obstruyera la vía pública en un plazo de 48 horas.
En esas notificaciones se sostuvo que la estructura constituía una afectación directa al dominio público municipal y que vulneraba el artículo 235 del Código Civil y Comercial de la Nación, que reconoce a las calles como bienes públicos cuyo uso debe garantizarse para toda la comunidad.
El decreto también incorporó las respuestas recibidas por parte de algunos propietarios del emprendimiento. Según el texto, varios manifestaron que el desarrollo había sido concebido y ejecutado por CORICA GUTIÉRREZ BIENES RAÍCES SRL, atribuyendo a esa firma la colocación del portón e incluso solicitando su retiro urgente.
El sustento legal
Uno de los ejes centrales del decreto fue el dictamen elaborado por la Secretaría Legal y Técnica, que sostuvo que el caso involucraba el ejercicio del poder de policía del Estado para proteger el dominio público y garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas.
El informe recordó que la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Orgánica de las Municipalidades facultan al intendente a adoptar medidas preventivas para hacer cesar infracciones al orden público, incluyendo la demolición o remoción de instalaciones cuando resulte necesario.
Además, el Ejecutivo consideró que controlar este tipo de construcciones no constituye únicamente una atribución legal, sino también un deber constitucional destinado a preservar la convivencia y el interés general, especialmente cuando una obra ocupa una calle pública.
Con esos fundamentos, el Municipio entendió que estaban dadas las condiciones de razonabilidad y proporcionalidad para intervenir directamente, una vez vencidos los plazos otorgados a los responsables.
Qué ordenó el decreto
En su parte resolutiva, el Decreto Nº 2199/2026 dispuso el retiro del portón y de cualquier otro elemento que obstruyera la calzada de calle Israel, estableciendo que la intervención sería ejecutada por el propio Municipio y con cargo a CORICA GUTIÉRREZ BIENES RAÍCES SRL.
También facultó a las Secretarías de Planeamiento y Obras Públicas, Servicios Públicos, Protección Ciudadana, Gobierno y Legal y Técnica a solicitar el auxilio de la fuerza pública si durante el procedimiento se registraban acciones de resistencia u obstrucción, e incluso contempló la posibilidad de promover denuncias penales en caso de desobediencia o violencia contra los funcionarios actuantes.
Asimismo, ordenó la presencia de un escribano para labrar un acta notarial de todo el operativo, requisito que finalmente se cumplió durante la intervención realizada el jueves pasado.
El costo será reclamado a la desarrolladora
El decreto también dispuso que, una vez finalizados los trabajos, las áreas municipales debían elaborar un informe detallando la cantidad de empleados afectados, las horas de trabajo, la maquinaria utilizada y los materiales retirados.
Ese relevamiento servirá para cuantificar el costo total del operativo y reclamar su pago a CORICA GUTIÉRREZ BIENES RAÍCES SRL, tal como quedó establecido en el artículo quinto del decreto. La remoción ya fue concretada, pero las actuaciones administrativas y judiciales vinculadas al loteo irregular continúan en marcha.
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