Municipios deberán informar por nota a la Provincia si permiten el turismo
Lo hizo mediante la resolución 110 publicada el viernes en el Boletín Oficial del distrito, donde se aclaró que la omisión en el cumplimiento del deber de informar “implicará la imposibilidad por parte del municipio de validar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID- 2019".
El Gobierno bonaerense estableció que los municipios en los cuales se permita el desarrollo del turismo en el marco de la pandemia de coronavirus, deberán informar a Jefatura de Gabinete y al Ministerio de Producción esa autorización, mediante nota suscripta por el intendente.
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Lo hizo mediante la resolución 110 publicada el viernes en el Boletín Oficial del distrito, donde se aclaró que la omisión en el cumplimiento del deber de informar “implicará la imposibilidad por parte del municipio de validar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID- 2019 para el ingreso de personas que prevean desplazarse con fines turísticos a su distrito“.
Se remarcó que la imposibilidad de validación “implicará que dichos certificados serán automáticamente rechazados en virtud de considerarse que el municipio no ha autorizado el desarrollo de la actividad en su territorio“.
En la medida se remarcó que los habitantes que deseen viajar con fines turísticos a algunos de los distritos en los cuales esa actividad se encuentre autorizada, deberán contar con el Certificado Único Habilitante para Circulación.
Ese certificado deberá solicitarse con una antelación no menor a cinco días corridos, en el sitio web https://www.argentina.gob.ar/circular y no se permitirá la superposición de tramitaciones por persona para fechas coincidentes.
Cuando el viaje sea efectuado por grupo familiar deberá solicitarse un único certificado, en el que se detallará la composición total de dicho grupo.
Se destacó que los municipios deberán validar las solicitudes de Certificado Único Habilitante para Circulación realizadas por aquellos habitantes cuyo destino sea su distrito, “en el plazo máximo de 48 horas de recibida la misma”.
Además, se aprobó una “Guía de Recomendaciones y Buenas Prácticas Turísticas”, con recomendaciones que en materia sanitaria han establecido las autoridades nacionales y provinciales.
La guía
En el anexo correspondiente señalado, la Provincia detalló que “actualmente la provincia de Buenos Aires se encuentra en un plan de reapertura progresiva de actividades, sujeto a la evaluación de la situación epidemiológica y sanitaria de cada municipio”.
Además puntualizaron que “los lineamientos vertidos tienen en consideración el conocimiento de la transmisión de SARS-CoV-2 disponible hasta el momento. De acuerdo a esto, se puede afirmar que las personas infectadas pueden transmitir la infección desde 48 horas antes del inicio de los síntomas de la enfermedad. Los síntomas asociados a la enfermedad se actualizan periódicamente de acuerdo al avance del conocimiento de la misma. Recientemente se ha incorporado a las personas con obesidad con un índice de masa corporal igual o superior a 35 kg/m2 como población de riesgo para el desarrollo de una enfermedad grave”.
Por eso, solicitaron:
A la población en general:
– Usar tapaboca-nariz en forma permanente en espacios comunes abiertos y cerrados
– Realizar el lavado frecuente de manos con agua y jabón o con solución hidroalcohólica
– Priorizar eventos al aire libre
– Respetar en todo momento el distanciamiento social mínimo de 2 metros en espacios comunes
– Permanecer en su alojamiento o domicilio en caso de presentar síntomas o estar realizando la cuarentena por contacto estrecho con un caso confirmado de Covid-19 y notificar a las autoridades sanitarias.
– Respetar los horarios de ingreso y egreso a los alojamientos, así como a eventos.
– Evitar las aglomeraciones de personas
A los Municipios:
– No exigir estudios por laboratorio (testeos) de personas sin síntomas de la enfermedad para permitir el traslado o el ingreso de las personas a los sitios de destino, atento que el uso de testeos en personas asintomáticas tiende a producir un resultado no concluyente, la toma de conductas inadecuadas y mal uso del recurso.
– Trabajar mancomunadamente con el Estado provincial para la coordinación de las estrategias de promoción, prevención y control desplegadas, definiciones y organización del circuito de atención y derivación local y monitoreo de la situación epidemiológica, a través de la conformación de Comités Operativos de Emergencia.
– Prever la existencia de Centros de aislamiento extra hospitalarios con suficientes espacios diferenciados para Casos Sospechosos y para Casos Confirmados leves de modo de garantizar el aislamiento de turistas. Se debe tener en cuenta que el sector para personas con caso sospechosos debe ser individual.
– Realizar fiscalizaciones de protocolos de actividades en espacios abiertos y cerrados.
– Adherir a los protocolos sanitarios provinciales.
– Evitar la realización de actividades que impliquen aglomeraciones de personas en donde no se pueda asegurar el distanciamiento social.
Al sector privado:
– Disponer de elementos de higiene para las manos en los sitios de paso de las personas.
– La climatización de los espacios comunes, habilitados según fase sanitaria, se debe realizar con ventilación natural para garantizar la renovación del aire con ventilación cruzada. No está indicada la ventilación mecánica en lugares de tránsito de personas mediante sistemas de aire, aires acondicionados o ventiladores. Excluir el uso de los espacios comunes en donde no se pueda garantizar la ventilación natural.
– Disponer de sistemas que eviten la aglomeración de personas (turnos, filas al aire libre y con distanciamiento de 2 metros, etc)
– Dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos de cada actividad.