OMAI: Advirtieron sobre las diferencias para rescindir alquileres según el contrato vigente
Brindaron precisiones sobre la convivencia de tres marcos normativos en el mercado inmobiliario actual.
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En diálogo con el ciclo Plataforma Magazine (EcoTV y 104.1 Tandil FM), el responsable de la Oficina Municipal de Asistencia al Inquilino (OMAI), Emiliano Salazar, abordó una de las consultas más recurrentes de los vecinos en el último tiempo: la rescisión de los contratos.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn primer lugar, enfatizó la importancia de revisar las cláusulas de cada documento antes de proceder a la entrega de las llaves. Y explicó que, en la actualidad, el escenario legal es complejo debido a que “subsistimos con tres marcos normativos distintos” que dependen de la fecha en la que se rubricó el acuerdo. Esta transición normativa genera la convivencia de distintas variables para inquilinos y propietarios que residen en una misma zona.
Según detalló Salazar, el primer grupo corresponde a los contratos por tres años celebrados bajo la Ley de Alquileres original, cuya duración finalizará en octubre de este año. En segundo lugar, se encuentran aquellos firmados bajo la modificatoria de esa ley, que tendrán vencimiento en diciembre. Por último, aparecen los contratos iniciados a partir del Decreto 70/2023, que entró en vigencia a finales de diciembre de 2023 tras la llegada del nuevo Gobierno y que rige para la gran mayoría de las firmas realizadas desde enero de 2024.
El impacto en las multas
Respecto al marco normativo vigente desde enero, el funcionario señaló que el cambio radica en el cálculo de las indemnizaciones. En los contratos nuevos, si un inquilino decide finalizar el acuerdo, la multa estipulada por el Código Civil y Comercial es del diez por ciento del saldo total de los meses que restan para finalizar el contrato.
Esto representa un cambio respecto al régimen anterior, donde las multas se calculaban de forma fija según el momento de la interrupción (un mes y medio de alquiler durante el primer año y un mes después del segundo año de contrato).
“Si es un contrato de dos años y el inquilino avisa al sexto mes que se retira, deberá pagar una multa equivalente al diez por ciento de los 18 meses restantes”, ejemplificó el funcionario.
No obstante, destacó que el nuevo marco legal otorga una mayor preponderancia al acuerdo de partes, lo que significa que locador y locatario pueden pactar condiciones diferentes, como por ejemplo la eliminación de la multa por rescisión, siempre que quede asentado por escrito en el documento original.
Sin embargo, advirtió que, si el contrato no aclara nada al respecto o se remite a las “generales de la ley”, se aplicará el diez por ciento sobre el monto restante.
La devolución del depósito
En otro pasaje de la entrevista, el responsable de la oficina de atención al inquilino se refirió a la devolución del depósito en garantía, un tema que suele generar roces al momento de abandonar una vivienda.
En ese sentido, recordó que, bajo la ley de alquileres anterior, el propietario estaba obligado a devolver un monto “equivalente al valor del último mes” de alquiler, modalidad que permitía que el dinero no perdiera tanto poder adquisitivo frente a la inflación durante los tres años que duraba el contrato.
No obstante, Salazar alertó que con la desregulación actual, esta obligatoriedad desapareció para los contratos nuevos. “Hoy puede estar establecido que se va a devolver el valor inicial nominal o que se va a actualizar con cada aumento de precio”, repasó.
En este sentido, alertó que recibieron gran cantidad de consultas de inquilinos bajo la ley vieja a quienes los propietarios pretenden devolverles el monto depositado hace tres años (por ejemplo, 75 mil pesos) cuando hoy el alquiler asciende a cifras superiores.
En esos casos, el funcionario fue tajante al remarcar que, para esos contratos, la ley anterior sigue siendo obligatoria y deben percibir el “equivalente al último mes abonado”.
Asesoramiento gratuito
Salazar instó a los vecinos a informarse antes de tomar la decisión de rescindir o de firmar un nuevo compromiso. La Dirección de Relaciones con la Comunidad cuenta con una oficina específica de atención al inquilino (OMAI) que funciona de manera gratuita en Chacabuco 383, en planta baja, de lunes a viernes 8 a 14.
“Les sugerimos que, si no pueden llevar el contrato físico, al menos lo tengan de forma digital en el teléfono para que podamos analizarlo en el momento”, recomendó Salazar.
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