Polémica por un artículo del proyecto que busca combatir los desmanes de las motos
El debate gira en torno a la propuesta impulsada por el Ejecutivo en cuanto a las facultades de los jueces de Faltas.
El debate por el control del uso indebido de motocicletas continúa en el Concejo Deliberante, pero sumó un capítulo en torno a un artículo del proyecto de ordenanza que impulsa el Ejecutivo a través de la Secretaría de Protección Ciudadana.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailComo se informó, se trata de una iniciativa que apunta a prevenir, controlar y reducir la contaminación acústica, abordando el impacto de ruidos y conductas temerarias en conductores de motos y favorecer la salubridad pública de los vecinos. Se busca tipificar estas acciones como delitos penales.
En el centro de la discusión, que también generó repercusiones en el primer piso de la Municipalidad, quedó el artículo sexto, que contempla facultades a los jueces de Faltas a ordenar el ingreso autoricen allanamientos en casos específicos. El enfoque generó reparos y cuestionamientos por parte de referentes de la oposición.
Desde el espacio Acción Tandilense - La Libertad Avanza, el dirigente Gonzalo Santamarina calificó la medida como una “aberración” jurídica y alertó sobre su posible inconstitucionalidad.
En respuesta, el secretario de Legal y Técnica del Municipio Javier López defendió la inclusión de la herramienta al asegurar que está contemplada en la Constitución bonaerense en situaciones donde se ve afectada la salubridad pública. Mientras tanto, el expediente continúa en análisis legislativo.
El artículo de la polémica
El artículo sexto del proyecto de ordenanza faculta “a los funcionarios habilitados por el presente instrumento, como medida excepcional, en supuesto de flagrancia, a disponer la medida de allanamiento y decomiso o secuestro ad referéndum de la autoridad competente”.
Y fija que será “siempre se cumplan las siguientes condiciones, bajo pena de nulidad del procedimiento: Cuando la persona es sorprendida en manifiesta flagrancia realizando conductas altamente nocivas que afectan la salubridad pública, en los términos de la presente ordenanza; que intentare fugarse y/o cometiera una falta de mayor gravedad y/o delito para evitar el secuestro y/o decomiso del vehículo, moto vehículo y afines, debidamente identificados”.
Esta facultad, señala el documento en análisis, “comportará la posibilidad de ingreso en la propiedad privada utilizada a los fines establecidos en los incisos a) y b) al solo efecto de proceder al decomiso o secuestro del vehículo automotor, moto vehículo y/o afines donde se encontrare al momento de fugarse”.
Y el último párrafo indica que los funcionarios habilitados deberán cumplir con todos los requisitos dispuestos “para el procedimiento, y dentro de las 24 horas siguientes presentar la documentación de todo lo actuado, así como toda la prueba pertinente tendiente a probar la medida excepcional ante la autoridad competente bajo pena de nulidad”.
“Una aberración legal”
En una entrevista con el ciclo La Mañana (104.1 Tandil FM, EcoTV y El Eco Streaming), el dirigente de Acción Tandilense – La Libertad Avanza Gonzalo Santamarina se enfocó en el proyecto de ordenanza que elevó el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Protección Ciudadana para atender la problemática de las motos.
“Van a tener que sacar a la persona que maneja Legales en el Municipio porque trajo como solución algo que es absolutamente inconstitucional”, cuestionó el candidato a concejal en cuanto al artículo sexto de la propuesta que habilita a la Justicia de Faltas municipal a allanar un domicilio. “Una aberración legal que rompe toda la división de poderes y el orden jurídico penal”, aseveró.
A la par del debate en la Comisión de Derechos Humanos, Garantías, Género y Seguridad, se respaldó en las consultas realizadas a letrados y especialistas y ratificó que se trata de una “aberración” que “rompe con el orden jurídico” al advertir que en esa instancia “no haya un juez interviniente que analice y autorice” esa diligencia.
“Es un tema muy delicado”, insistió y ratificó que, ante el eventual incumplimiento de la ley, “vamos a buscar los mecanismos para ir con todo, pero no podemos romper el orden del legal”.
Entonces, sugirió “revisar” la asesoría de la Secretaría Legal y Técnica “porque proponer algo inconstitucional me parece que es muy poco serio”, más aun “a esta altura de los acontecimientos” en cuanto al transcurso del sexto período de la actual gestión. “Me preocupa”, dijo.
Para sostener su argumentación, Santamarina se respaldó en las consultas y reuniones con “gente muy capacitada de la justicia”, que rechazó la alternativa propuesta en los términos en los que quedó redactado en el proyecto de ordenanza, y sumó la opinión de los jueces de Faltas locales.
“Hay un planteo de una probable inconstitucionalidad”, sentenció y desafió que “si consideran que tienen razón, que avancen y después, si es como digo yo, vendrán los juicios por haber vulnerado el orden jurídico”, a la vez que alertó que serán procesos que “los vamos a pagar todos los tandilenses”.
Los argumentos
Por otro lado, el secretario de Legal y Técnica del Municipio Javier López abordó el tema y expuso los argumentos y el marco legal para considerar el enfoque que reflejó el proyecto de ordenanza en cuanto a las facultades de los jueces.
Desde su perspectiva, defendió el “trabajo importante” realizado que incluyó el estudio de la problemática y la “necesidad” del Municipio de dotar de una herramienta a los jueces de Faltas “para poder actuar en casos donde se entiende que se afecta la salubridad pública”.
En ese sentido, en diálogo con La Mañana (104.1 Tandil FM, EcoTV y El Eco Streaming) citó el artículo 24 de la Constitución Provincial, que establece que “el domicilio de una persona no podrá ser allanado sino por orden escrita de juez o de las autoridades municipales encargadas de vigilar la ejecución de los reglamentos de salubridad pública y a este solo objeto”.
Entonces, se respaldó en el concepto de salubridad pública para vincularlo al “accionar de grupos de motos con escapes no permitidos causando ruidos molestos, que exceden el normal permitido y que generan una afectación de la tranquilidad de los tandilenses”.
“Entendemos que se da el supuesto de afectación de la salubridad pública”, en especial en los casos donde entra en juego la pérdida de “la tranquilidad de los vecinos y en lo que hace al cuidado de su salud en muchos casos”.
Para finalizar, el secretario de Legal y Técnica remarcó que quienes deberán evaluar si corresponde o no determinar que hay una afectación a la saludad pública”, en caso que el Concejo sanciones la ordenanza elevada, “serán los jueces de Faltas”.
“Pero la herramienta, en caso de afectación de la salubridad pública, emerge de la Constitución Provincial y en ese caso es legal, es una herramienta legal”, ratificó López.