Qué requisitos deben cumplir los jubilados para estar exentos de la tasa Retributiva de Servicios
Tras las denuncias presentadas por el concejal por Unidad Ciudadana Rogelio Iparraguirre, quien informó que varios jubilados se reunieron con él para manifestarle la situación adversa a la que hacen frente y que el Municipio les ha enviado intimaciones previas a juicios, te informamos los requisitos que se deben cumplir para no pagar las tasas.
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Según el artículo 73º, estarán exentos de la tasa Retributiva de Servicios, previo pedido del contribuyente y cumplimiento de las condiciones establecidas en esta Ordenanza y demás normativa respectiva, aquellas personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Los ingresos netos promedios del grupo familiar del ejercicio fiscal anterior a aquel por el cual se solicita la exención (descontados los subsidios por cualquier concepto otorgados por estado), no deben ser superiores al equivalente a dos (2) jubilaciones mínimas por mes.
b) Que el inmueble motivo de la solicitud esté destinado a casa – habitación y sea única propiedad del grupo familiar, quedando comprendido en este inciso el supuesto en que la condición frente al inmueble sea la de poseedor legítimo.
c) Que la superficie de la parcela no supere los diez mil (10.000) metros cuadrados.
d) Cumplidas las exigencias de los incisos anteriores y si se tratare de personas físicas mayores de setenta y cinco (75) años, la exención alcanzará en todo los casos al cien por ciento (100%).
e) Corresponderá la exención del cien por ciento (100%) cuando el ingreso promedio mensual del grupo familiar no supere el valor de una (1) jubilación mínima.
f) Corresponderá la exención del cincuenta por ciento (50%) cuando el ingreso promedio del grupo familiar supere en valor de una (1) jubilación mínima y no supere equivalente a dos (2) jubilaciones mínimas establecidas en el inciso a).