Mendoza reglamentó el uso de cannabis medicinal para animales
La provincia se convirtió en la primera jurisdicción argentina en regular el acceso, prescripción y cultivo de cannabis con fines veterinarios bajo supervisión profesional.
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Mendoza aprobó nuevas resoluciones para regular el acceso al cannabis medicinal destinado a animales y puso en marcha el Registro y Programa de Acceso a Cannabis Medicinal para Pacientes Veterinarios (REPROVET), un régimen enmarcado en la Ley Provincial 9.617. De esta manera, la provincia se convirtió en la primera jurisdicción de Argentina con una regulación específica orientada al uso veterinario.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailSegún explicó el gobierno mendocino en un comunicado:
“El programa regula el acceso, la prescripción, el cultivo, la producción controlada y el seguimiento de tratamientos destinados a animales, bajo supervisión de médicos veterinarios habilitados”.
Las medidas forman parte de la implementación de la Ley 9.617, que regula la cadena de valor del cannabis medicinal y del cáñamo industrial. Además, se reglamentó el funcionamiento del Registro Provincial de Cannabis Medicinal (REPRO-MENDOZA), que permitirá inscribir a pacientes, autocultivadores, asociaciones civiles y proyectos de investigación.
El REPROVET funcionará dentro del Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial para ordenar el acceso seguro y con trazabilidad. Asimismo, se creó el Registro de Médicos Veterinarios Prescriptores (REMVEP), donde los profesionales deberán inscribirse obligatoriamente para indicar tratamientos, acreditando formación específica en medicina cannabinoide veterinaria.
El ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, Natalio Mema, señaló que la iniciativa apunta a ordenar la actividad, brindar seguridad jurídica a quienes participan del sistema, resguardar a los usuarios mediante mecanismos permanentes de fiscalización y seguimiento, y fortalecer una industria con potencial para generar inversión, empleo e innovación.
La normativa establece topes para el cultivo: los veterinarios podrán tener hasta 16 plantas anuales en exterior o hasta 35 plantas por ciclo en interior, mientras que para asociaciones civiles los límites ascienden a 32 plantas en exterior y 70 en interior. La plataforma digital para iniciar los trámites comenzó a funcionar el 8 de junio.