El femicidio de Ailín Torres aguarda por el juicio por jurados a realizarse este año
En las próximas jornadas el TOC 1 convocará a la acusación y la defensa para la audiencia previa, en la que las partes mostrarán las pruebas y testimonios a incorporar en un próximo debate a realizarse este año. El acusado arribará al debate bajo el delito calificado “femicidio por ser perpetrado en contexto de violencia de género y por haber mantenido una relación de pareja”, con la pena en expectativa de la prisión perpetua.
De aquel trágico 11 de noviembre del año pasado, cuando Ailín Torres murió en manos de su expareja en el baño de su departamento, ha corrido mucha tinta en el expediente judicial como en los espacios noticiosos. Sobre la historia escrita en la fiscalía a cargo de la investigación ya todo ha quedado concluido, al aguardo de la citación del Tribunal Oral Criminal 1 para que resuelva la fecha del juicio, a realizarse este año.
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Ya cumplimentada la instrucción penal preparatoria y pasando por el tamiz del Juzgado de Garantías, el expediente quedó en manos del TOC 1, quien tras una postergación, en breve convocará a la acusación y la defensa del acusado del homicidio para lo que se conoce como la audiencia previa, en la que precisamente las partes mostrarán sus cartas, las pruebas y testigos a convocar en lo que será un debate a celebrarse en el corriente año.
Por las características del caso y la pena en expectativa -la máxima que contempla el Código Penal (prisión perpetua)- el caso se ventilará en un juicio por jurados, al no contar con la objeción de la defensa, a cargo de Claudio Castaño, que en su momento no pidió otra alternativa, como es el derecho de elección que le asiste al acusado.
Así las cosas, será un jurado popular, una docena de vecinos los que en las audiencias por venir resolverán la suerte procesal de Damián Alejandro Gómez, sindicado como el femicida.
Cabe consignar que el señalado fue encontrado en la escena del crimen, tras el pedido de auxilio que había salido a buscar la pareja de la víctima.
La acusación
Para el fiscal Gustavo Morey, está acreditada la responsabilidad penal de Gómez en el homicidio, bajo el contexto de violencia de género, del que fue sometida Ailín hasta conocer la brutal muerte, unas 20 puñaladas.
Al decir de la acusación, quedó probado que Ivana Ailín Torres mantuvo una relación de noviazgo durante nueve años con Damián Alejandro Gómez, conviviendo ambos antes de finalizar la relación en el departamento sito en 4 de Abril 517, departamento 6 por varios meses y, a partir de la finalización de esa relación de pareja, a mediados de año, Gómez ejerció sobre su expareja actos de control, dominación y hasta amenazantes, como esperar a Ailín en la vereda del domicilio, ingresar al complejo de departamentos y realizar actos hostiles arrojando piedras a la ventana de la casa de Ailín hasta romper un vidrio, enviarle al celular insistentes mensajes de texto y vos, y efectuar reiteradas comunicaciones telefónicas hostigándola, pretendiendo obligarla a reanudar la relación sentimental, llegando incluso a anunciarle el peor final.
El crimen
Así fue que el 11 de noviembre del año pasado, alrededor de las 3, aproximadamente, Gómez, continuando con sus actos hostiles hacia Ailín, ingresó sin autorización de su moradora en la vivienda sita en 4 de Abril 517, segundo pido, departamento 6, aguardándola en uno de los ambientes de esa unidad y con la finalidad de atacarla y ultimarla, munido de un cuchillo. Cuando Ailín ingresó al baño, Gómez la inmovilizó por sus hombros, aprovechando su superioridad física, y allí le aplicó un primer puntazo en el cuello, para luego asestarle un total de veinte puñaladas que dieron en zonas vitales del cuerpo de la víctima, entre ellas cinco en la zona del cuello y las restantes en el tórax y el abdomen, ocasionándole la muerte.
Para el próximo debate que aguarda por día y hora, el fiscal ya cuenta para el mismo con un concierto de testimonios colectados en la pesquisa que oportunamente dieron cuenta, cada uno a medida del conocimiento que poseía, sobre diversas escenas hostiles que Gómez llevó a cabo sobre la víctima, fundamentalmente a partir de la culminación de la relación de pareja, como presentarse en el departamento a cualquier hora del día con intenciones de acceder; esperar el arribo de esta al lugar, controlar los horarios de llegada y las personas con quien lo hacía; ingresar al patio del complejo y desde allí arrojar una piedra hacia el vidrio de la ventana de la habitación; acosar a su víctima mediante mensajes y demás comunicaciones telefónicas exigiendo reanudar la relación de pareja, indicándole que de no hacerlo tomaría decisiones drásticas.
Al decir de la acusación, aquellas manifestaciones de la conducta del imputado no hacen más que acreditar su decisión de poner fin a la vida de su expareja, a quien acechó en las horas previas a darle muerte, haciéndose de un elemento útil para acometerla y de fácil obtención; arribar al lugar dejando su automotor -conocido por la víctima- fuera del alcance de su vista; esconder debajo de la única cama del lugar efectos personales y aguardar encerrado en el baño a su víctima (posiblemente utilizado al escuchar el arribo de su expareja acompañada por otro sujeto), para finalmente atacarla mortalmente ni bien esta hizo ingreso en ese ambiente.
A ello debe sumarse la versión del testigo presencial de la fatal agresión, quien por ese entonces era la pareja de Ailín, Nicolás Guallarello, quien oportunamente mereció incluso algunos cuestionamientos por su accionar frente a su rol como policía, asunto que no mereció ápice alguno en la instrucción judicial y más bien conjeturas mediáticas.
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