Elevaron a juicio la causa por un crimen en Tapalqué del que resultó imputado un tandilense

El juzgado de Garantías de Azul elevó a juicio la causa penal por el asesinato de un joven tandilense en abril pasado, en un campo donde estaba trabajando de albañil con el acusado de haberlo apuñalado y provocarle las heridas mortales.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl imputado de la Instrucción Penal Preparatoria, ya concluida y ahora elevada a juicio en primera instancia, continúa privado de la libertad en la Unidad 7, la cárcel de varones del SPB con asiento en Azul.
Se trata de Ricardo Fabián Castro (39), quien había sido arrestado horas después a ocurrido el homicidio, ocurrido en un establecimiento rural ubicado en el Partido de Tapalqué.
La decisión de convertir en materia de un futuro debate a este sumario penal fue ordenada por Juan José Suárez, magistrado tandilense que de manera subrogante intervino en esa causa sustanciada en la vecina localidad durante esta etapa donde terminó siendo elevada a juicio.
En respuesta a un pedido formulado por Adrián Peiretti, el fiscal a cargo de la UFI 13 que llevó adelante una investigación penal, lo resuelto en esta primera instancia implica que, de adquirir rango de firmeza lo dispuesto, Castro llegará a ese juicio al que deberá ser sometido acusado de los delitos de homicidio y coacción agravada, en concurso real.
El caso
Como oportunamente se informó, minutos después de la hora 23 del 11 de abril de este año, el asesinato se produjo en el interior de un campo llamado “El Quinto”.
En ese establecimiento rural Ricardo Fabián Castro y el joven que resultara víctima del crimen estaban trabajando desde días antes, realizando tareas de albañilería en el casco de esa estancia ubicada en el Partido de Tapalqué.
Según lo investigado, el tandilense imputado golpeó aquella noche a la víctima –identificado como Juan Carlos Coman(24) y también con residencia en Tandil, y después, utilizando un arma blanca, “le asestó una puñalada en la zona del abdomen”.
Instantes más tarde a que resultara herido, el joven salió del interior de la casa del campo donde estaba junto con su agresor y cayó cerca de un árbol, el lugar donde posteriormente sería hallado muerto por personal policial que intervino en lo sucedido.
La puñalada que el joven recibió y acabó con su vida estuvo localizada “a la altura del ombligo”, según se mencionara también en estas actuaciones penales.
Además del asesinato, a Castro lo acusan del delito ya referido de “coacción agravada”, teniendo en cuenta lo que fuera su accionar posteriormente a que agrediera a la víctima.
Al respecto, en lo investigado se menciona que el albañil quiso obligar a un empleado del campo a que se deshiciera del cadáver y que lo sacara a él de ese establecimiento rural, con intenciones de darse a la fuga y así evitar que personal policial lo arrestara.
Pero Castro, a pesar de las intimidaciones que ejerciera aquel día sobre el empleado rural al que intentara coaccionar y contra otro trabajador y también testigo de lo ocurrido, no pudo lograr su cometido de darse a la fuga.
Eso hizo que instantes después, cuando agentes del Comando de Prevención Rural de Tapalqué fueron alertados sobre lo que había sucedido, al llegar al campo donde este crimen se produjo lo arrestaran.
Después, cuando el acusado de este asesinato resultó aprehendido, a los policías que intervinieron en lo sucedido les expresó que se había mandado “una macana”, indicándoles también el lugar donde dejó tirado el arma blanca utilizada para ultimar a la víctima de este crimen: ese otro albañil con el que estaba trabajando en “El Quinto”.
Según consigna el diario El Tiempo de Azul, el juez Suárez había rechazado un pedido de sobreseimiento en favor del acusado que formuló la defensora oficial Mariana Mocciaro, argumentando que su defendido y el joven víctima de este crimen “ingirieron una gran cantidad de alcohol” aquella noche en que el hecho se produjo. Y que en ese contexto, “Castro actuó sin poder dominar libremente sus acciones”, las cuales llevó adelante “en un estado de inconciencia” que lo eximían de reproche penal alguno en lo sucedido.
Como se expuso, el alegato defensista fue desestimado por el magistrado, señalando entre otras consideraciones que no cabían dudas de que “tanto el imputado como la víctima bebieron en exceso y se encontraban en estado de embriaguez. La duda -sostuvo también- subyace en si tal estado efectivamente comprometió sus facultades al extremo que requiere la norma para su inimputabilidad”.