Privó de la libertad y golpeó a su novia y fue condenado
En un reciente juicio abreviado, el TOC 1 resolvió condenar a Adrián Antonio Cartelle, alias “Risa” “Negro” o “Chino”, a la pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, como autor penalmente responsable de los delitos de “Robo agravado por escalamiento en grado de tentativa” y “Privación ilegal de la libertad agravada por ser cometido con violencias o amenazas”.
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Sobre el suceso de violencia, se conoció que alrededor de las 7 del 9 de febrero de 2014, Cartelle López privó ilegalmente de la libertad a una joven llevándola en su motocicleta a alta velocidad y desviando el itinerario acordado, deteniéndose en su vivienda sita en calle 12 de octubre 1441, donde la tomó de los cabellos a la joven para ingresarla forzadamente al domicilio. Una vez adentro, la empujó sobre la cama de la habitación y le aplicó golpes de puño en toda su humanidad a la vez que la amedrentó al amenazarla: “te voy a matar pu… de mier…, te voy a prender fuego la casa con tu hijo y toda tu familia adentro”(sic) para luego tomar un cuchillo tipo tramontina y obligar a la víctima a mantener una comunicación telefónica con su amiga, desde el teléfono de él.
Cabe consignar sobre dicha denuncia que el imputado –ahora condenado- negó los hechos o mejor dicho, cambió la versión, hipótesis que no puso en crisis la acusación al decir del fallo, siendo que la reconstrucción del ilícito por él consumado en perjuicio de la víctima, a través de prueba aportada por la Fiscalía, mereció absoluta credibilidad al decir del Tribunal.
En este sentido apareció como elemento acreditativo basal, el testimonio directo de la víctima. A través de sus dichos pudo saberse que el día citado alrededor de las 7., cuando ella estaba saliendo del local bailable “Sol” junto con su amiga, vio que su novio Cartelle estaba esperándola allí cerca, quien insistentemente comenzó a requerirle llevarla a bordo de su motocicleta hasta el domicilio de su amiga en calle Reconquista 39.
Debido a la insistencia del imputado y apreciando que otras personas que allí se hallaban la observaban, aceptó y ascendió a la moto para retirarse juntos del lugar. Indicó que el imputado condujo a alta velocidad impidiendo de ese modo que la víctima pudiera bajarse de la moto, y que además no cumplió su palabra de llevarla a casa de su amiga sino que la llevó hasta la vivienda de aquel.
Una vez que arribaron al lugar y ante la negativa de la víctima en ingresar a la morada, Cartelle la tomó del cabello y de ese modo la ingresó, llevándola hasta la habitación y arrojándola sobre una cama de una plaza, donde le aplicó golpes de puño en el rostro, brazos y otras partes del cuerpo, a la vez que le manifestaba las amenazas descriptas. También le tapó la boca cuando intentaba gritar y tomó de la cocina un cuchillo con el cual le hacía ademanes mientras se reía.
Asimismo, expresó que un poco más tarde Cartelle la obligó a llamar por teléfono a su amiga para que le manifestara que iría a su casa a las nueve horas y que luego se acostó al lado de la víctima y se quedó dormido, circunstancia que le permitió salir corriendo de la vivienda.
La joven también indicó que sintió temor por las manifestaciones del imputado, a quien creyó capaz de cumplir sus dichos y manifestó haber sufrido con anterioridad otros episodios de violencia físicas los cuales no fueron denunciados por temor a las represalias
Lo sucedido y el temor que le infundieron las amenazas del imputado llevaron a la mujer a presentarse ante el Juzgado de Familia, donde se inició una causa por la que se dispuso la restricción de acercamiento mutuo e impedimento de contacto personal
A ello se agregó como elemento a tener en cuenta, la circunstancia de que las lesiones constatadas con inmediatez a los sucesos delictivos, que guardaron correspondencia y concordancia con el relato formulado por la joven al describir la modalidad y detalles del ataque sufrido a manos de Cartelle.
En el mismo sentido, el juez tuvo en cuenta las circunstancias derivadas de las manifestaciones de la amiga de la víctima, que estuvo en momentos concomitantes al hecho delictivo, inmediatamente anteriores y posteriores, y brindando información de vital importancia, que permitió corroborar la verosimilitud de los dichos de la damnificada
Otro hecho
En otro orden de delitos, se acreditó que el 6 de septiembre de 2014, alrededor de las 0, Cartelle López y un cómplice ya condenado por este mismo Tribunal se constituyeron en una frutería y verdulería denominado “Aquí Todo” ubicado en calles Urquiza esquina Beiró, lugar donde perpetraron un robo, previo escalar el portón de chapa, no logrando consumar el ilícito porque fueron sorprendidos por una comisión policial que se presentó en el lugar cuando todavía estaban en el techo, por lo que fueron aprehendidos.