Robo a Del Potro: la Cámara resolvió los planteos de excarcelación de los acusados
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul declaró abstractos los recursos presentados por las defensas de los imputados por el robo ocurrido en Tandil el 15 de mayo. La decisión se conoció luego de que el Juzgado de Garantías dictara la prisión preventiva para cuatro de ellos. Walter D'Amelio, en tanto, había sido excarcelado.
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La causa por el robo cometido en mayo en Tandil, por el que se encuentran imputados cinco hombres, sumó una nueva resolución judicial. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul declaró abstractos los recursos de apelación presentados por las defensas contra el rechazo de los pedidos de excarcelación.
La resolución, dictada y registrada durante agosto, no modificó la situación procesal de los cuatro acusados que permanecen detenidos, sino que se vinculó con un planteo realizado previamente por sus defensas. El tribunal consideró que el recurso había perdido su objeto luego de que, el 26 de junio, el Juzgado de Garantías Nº 1 de Tandil convirtiera las detenciones en prisiones preventivas.
El expediente corresponde a la causa Nº 51441 vinculada a la investigación por el robo ocurrido en la ciudad el 15 de mayo de 2026. La imputación es por robo agravado por efracción y por haber sido cometido en poblado y en banda, en los términos de los artículos 45 y 167, incisos 2 y 3, del Código Penal.
El planteo de las defensas
La instancia ante la Cámara se había iniciado a partir del recurso presentado por el defensor oficial Diego Araujo contra la decisión del juez de Garantías José Alberto Moragas, quien el 15 de junio había rechazado la excarcelación de Rodolfo Esteban Cartez Escobar.
El planteo se extendió también al resto de los imputados: Walter Damián D'Amelio, Alfredo Eduardo Espinoza Gallardo, Bastian Ignacio Jimenez Frereuy e Ignacio Aquiles Zuñiga Cartes. Por su parte, la defensora particular de D'Amelio, Marianela Lazzari, adhirió al recurso y amplió sus fundamentos.
Sin embargo, mientras esos planteos eran analizados por la Cámara, la situación procesal de los acusados cambió.
El 26 de junio se resolvió convertir la detención de Cartez Escobar, Espinoza Gallardo, Jimenez Frereuy y Zuñiga Cartes en prisión preventiva, al considerarlos, en principio, coautores penalmente responsables del delito investigado.
En el caso de D'Amelio, la resolución fue diferente: el imputado obtuvo la excarcelación.
Por qué la Cámara declaró abstractos los recursos
Con ese nuevo escenario, los camaristas entendieron que ya no correspondía analizar los pedidos de excarcelación que habían llegado a esa instancia.
La razón fue que la prisión preventiva constituye una medida de coerción más gravosa que aquella cuya revisión habían solicitado originalmente las defensas. Por lo tanto, la nueva situación procesal requería otro análisis, que excedía el objeto de los recursos que estaban siendo tratados.
En ese sentido, la Cámara señaló que la prisión preventiva exige un análisis más profundo sobre aspectos centrales de la investigación, entre ellos la materialidad del hecho, la tipicidad, la autoría, la responsabilidad penal, los peligros procesales y la necesidad de mantener la medida cautelar.
Por esa razón, los jueces consideraron que los recursos habían perdido actualidad y resolvieron declararlos abstractos.
La misma consideración no resultó necesaria para D'Amelio, debido a que su pedido de excarcelación ya había sido resuelto favorablemente por el juez de primera instancia.
La situación de los cinco imputados
De esta manera, la resolución de la Cámara dejó asentado el escenario procesal vigente al momento de su intervención: cuatro de los imputados se encontraban bajo prisión preventiva, mientras que Walter Damián D'Amelio había sido excarcelado.
La Cámara de Azul estuvo integrada por los jueces Gustavo Agustín Echevarría, Damián Pedro Cini y Carlos Paulino Pagliere, quienes resolvieron declarar abstractos los recursos presentados por las defensas.
La resolución fue registrada el 24 de agosto de 2026, bajo el número RR-1220-2026, y ordenó notificar al Fiscal General y a las defensas, además de devolver el incidente al órgano de origen para las comunicaciones correspondientes.
Así, el nuevo pronunciamiento de la Cámara no implicó el levantamiento ni la modificación de las prisiones preventivas ya dictadas, sino que cerró la discusión sobre aquellos recursos de excarcelación que habían sido presentados con anterioridad al cambio de situación procesal de los acusados.
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