Tras la sentencia, recuperó la libertad el joven que robó una camioneta y protagonizó un choque mortal
En un juicio abreviado, Javier Agustín Galán Canale fue condenado a tres años de prisión y 7 años de inhabilitación para conducir. Ayer fue excarcelado, luego de haber cumplido diez meses de prisión en el penal de Barker. En el accidente, ocurrido el pasado 2 de septiembre en el kilómetro 168 de la Ruta 226, murió el motociclista Alan Francisco Martín Juárez.
En la víspera, el Juzgado en lo Correccional dictó la sentencia y resolvió la excarcelación de Javier Agustín Galán Canale (alias “Toto”), el joven que robó una camioneta y atropelló a un motociclista de 20 años, en el kilómetro 168 de la Ruta Nacional 226, el 2 de septiembre del año pasado. En tanto, la semana pasada se había concretado el acuerdo entre el fiscal y la defensa, en instancia de juicio abreviado, con una pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo para el autor penalmente responsable de los delitos de hurto y homicidio culposo.
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Ayer, cerca de las 14, Galán Canale recuperó la libertad tras la excarcelación, medida que se corresponde con el monto de la pena y por haber cumplido 10 meses de cárcel, es decir, que superó el plazo que dispone el artículo 13 del Código Penal y de acuerdo al artículo 169 inciso 10 del Código de Procedimiento Penal.
Antes de otorgarle la excarcelación, el juzgado interviniente solicitó el informe respectivo al Servicio Penitenciario, que determinó que el joven gozaba de buen concepto. Además, se le impusieron condiciones de cumplimiento obligatorio al momento de recuperar la libertad.
El imputado se encontraba detenido desde el 5 de septiembre del año pasado, tras haber sido capturado por la policía tres días después del luctuoso accidente.
El martes de la semana pasada, en el marco de una audiencia virtual, la fiscalía a cargo del doctor Luis Piotti y el abogado defensor Diego Etchegoyen cerraron el acuerdo en el marco de un juicio abreviado. El imputado prestó conformidad desde la Unidad 37 de Barker, a través del sistema Microsoft Teams.
El caso
El lunes 2 de septiembre de 2019, a las 3.45, en el kilómetro 168 de la Ruta Nacional 226, a la altura de la calle Lavalle, se registró un choque entre una camioneta y una moto, que le costó la vida a Alan Francisco Martín Juárez, de 20 años, quien se dirigía de su casa a trabajar en la planta de Cagnoli.
El deceso de Juárez se produjo cuando una Chevrolet Silverado (dominio CIJ 745), que a la postre se supo que conducía Galán Canale, impactó en su parte delantera izquierda contra una motocicleta marca Kymco, dominio 410 ILF.
Luego del accidente, el ahora condenado y una mujer que lo acompañaba huyeron de la luctuosa escena. Desde ese momento, los investigadores apuntaron las diligencias a establecer quién guiaba el vehículo.
En principio, personal del Destacamento de Seguridad Vial fue en busca del titular de la pick up, Edgardo Espil (53), quien confirmó que se trataba de su rodado pero denunció que había sido robado en horas de la noche.
Para el esclarecimiento de los hechos hubo una ardua terea tendiente a reconstruir los instantes previos al trágico episodio, donde fueron piezas fundamentales la declaración de la joven que lo acompañaba al momento del siniestro vial, el material captado por las cámaras de seguridad públicas y privadas, el celular incautado en un allanamiento y lo indicado por los testigos.
Finalmente, tras diligencias ordenadas por la fiscalía, la policía detuvo al sospechoso el 5 de septiembre del año pasado, en una vivienda de Las Tunitas. Horas más tarde, confesó la autoría ante el fiscal Piotti.
Con la exposición, se determinó el cambio de la carátula de “Homicidio culposo” a “Homicidio culposo agravado en concurso real por haber abandonado el lugar” y “Hurto de vehículo agravado por haberlo robado en la vía pública”, ambos delitos con una pena en expectativa de seis años de prisión.
En tanto, se resolvió que el imputado continuara detenido, al valorar circunstancias como la conducta que asumió al escapar de la escena del hecho, no presentarse ante la Justicia de manera espontánea y resistirse al arresto.
Reconstrucción del hecho
Según constó en la declaración que Galán Canale realizó ante el fiscal, que se extendió por más de dos horas, el domingo 1 de septiembre, por la noche, el joven participó de una cena con amigos, a la cual acudió en moto.
Horas después, en la madrugada del lunes, el grupo se dirigió hacia Unión y Progreso. Allí, Galán Canale conoció a una joven, menor de edad, y juntos se dirigieron hacia el club Moreno y Arana.
La pareja regresó a pie hacia el domicilio de Magallanes al 400, a buscar el rodado en el que se movilizada el joven de 19 años.
Dado que la moto presentaba un desperfecto mecánico, se dirigió hacia la Silverado propiedad de Edgardo Espil –primo de su padre- a buscar herramientas para repararla y ponerla en marcha.
Según su declaración, al observar que la pick up tenía las llaves colocadas, la tomó sin autorización del propietario como medio para trasladarse con la chica hacia otro lugar a pasar la noche. Sin embargo, antes de llegar a destino, en el cruce de Lavalle con la Ruta 226, protagonizó el choque en el que perdió la vida Alan Francisco Martín Juárez.
Ante lo ocurrido, y tal cual lo había indicado un testigo del siniestro vial, ambos ocupantes se dieron a la fuga dejando la camioneta en el lugar del hecho.
Sobre la conducta huidiza asumida una vez protagonizado el siniestro vial, el detenido aludió a su temor por lo que había protagonizado y las consecuencias que podía depararle. Por entonces, esgrimió que bajo ese espíritu no se había presentado ante las autoridades policiales.
En tanto, en el marco de las tareas tendientes a identificar al conductor de la pick up, el material captado por las cámaras privadas de Unión y de Moreno y Arana tuvieron especial relevancia y permitieron establecer contacto con la menor que acompañó al detenido.
La instrucción también sumó las imágenes remitidas por el Centro de Monitoreo municipal, que permitieron observar el trayecto desde la esquina del domicilio de Magallanes al 400 hasta llegar al lugar del accidente.
La versión de la acompañante
La joven que iba en la camioneta contó lo sucedido, relato que resultó central a la hora del caudal probatorio. Por entonces, expuso que se encontró con Canale en Unión y Progreso y luego en Moreno y Arana, en la madrugada del lunes 1 de septiembre.
Cerca de las 2.30 se retiraron juntos de este último lugar, manifestándole Canale que tenía la moto en la casa de su primo, que se dirigieron hasta allí y la motocicleta tenía un desperfecto, razón por la cual tomó la camioneta de su pariente que estaba estacionada frente al domicilio, previo hacerse de una llave que había en la guantera.
La chica indicó que Canale estaba alcoholizado, que en el trayecto debió tomar el volante para que este no chocara, que conducía a una velocidad rápida. Que circuló por varias cuadras hasta que tomó calle Patagonia e ingresó a la Ruta 226 sin detener la marcha, “como venía”, invadiendo el carril contrario de circulación e impactando con una motocicleta de frente.
Reseñó que al descender de la camioneta advirtieron que el conductor de la moto había fallecido. Que Canale la tomó de la mano y se dieron a la fuga.
Según su testimonio, ella quería ir a su casa, pero Canale le insistió con firmeza que se quedara en su domicilio, cosa que hizo.
Ya en horas de la mañana, antes de retirarse, la madre de Canale le refirió en relación a lo sucedido que “muriera callada”, causándole temor sus dichos.
Durante esos días, recibió varios mensajes de messenger de parte de Canale, en los que le decía que quería hablar con ella, que la quería ver y que “ojo”, causando dicha situación temor, hasta que finalmente le contó lo sucedido a una amiga.