La Junta Electoral definió el modelo oficial de boletas para las elecciones
La Junta Electoral bonaerense fijó nuevos criterios técnicos para el diseño de las boletas que se usarán en las elecciones del 7 de septiembre.

La Junta Electoral bonaerense estableció nuevos criterios técnicos para la confección de las boletas electorales que se utilizarán en los comicios legislativos provinciales del próximo 7 de septiembre, con el objetivo de ordenar la oferta y garantizar mayor claridad para el votante.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa normativa incorpora lineamientos precisos sobre el diseño de las boletas, el orden de los cargos, la tipografía, los colores y la inclusión de fotografías que no estaban contemplados por la Ley Electoral vigente, lo que generaba vacíos normativos en la presentación gráfica de las opciones partidarias.
El artículo 61 de la Ley Nº 5.109 obliga a las agrupaciones políticas a incluir en sus boletas los nombres y emblemas partidarios, el motivo de la convocatoria y la nómina completa de candidatos, con una tipografía uniforme. Además, habilita a la Junta Electoral a determinar el tamaño, el papel y otras características, con el fin de asegurar igualdad de condiciones entre los espacios en competencia.
Frente a estas omisiones, las nuevas pautas indican que las boletas deberán imprimirse en idioma nacional y con papel tipo obra de 60 gramos, o un sustituto de calidad similar, cuyo gramaje no difiera más del 15 por ciento. Además, el papel no podrá ser transparente y el reverso deberá mantenerse blanco.
En tanto, el orden fijo de los cargos en las boletas seguirá la siguiente secuencia según la elección: Gobernador y Vicegobernador, senadores o diputados según la sección electoral, Intendente, y finalmente concejales y consejeros escolares. Además, deberán incluir el nombre completo de los candidatos, la denominación de la agrupación política y podrán contener siglas, escudos, emblemas o símbolos identificatorios.
Por otro lado, las papeletas electorales deberán tener el fondo del color asignado a cada partido y utilizar tipografía en negro, blanco o el mismo color, siempre que se asegure la legibilidad. El tono deberá estar codificado según el sistema Pantone y certificado por la imprenta mediante una muestra en papel.
En cuanto a las fotografías, la resolución permite incluir imágenes únicamente de los dos primeros candidatos de la lista. Estas deberán ubicarse en el tercio central de la boleta y podrán ser en color o en blanco y negro. No se autoriza la utilización de imágenes como fondo ni como sello de agua.
Con esta resolución, la Junta Electoral busca evitar confusiones entre los votantes, reducir las posibilidades de error o fraude y establecer condiciones equitativas para todas las fuerzas políticas. Por ese motivo, definió una serie de parámetros técnicos que deberán cumplirse sin excepción al momento de oficializar las boletas.