Sin margen para apelaciones: la Corte confirmó las condenas en el caso Báez
El máximo tribunal rechazó los recursos de Lázaro Báez y otros condenados, confirmando las penas por lavado de dinero. El fallo puede anticipar el criterio que adoptará la Corte en la causa Vialidad, que involucra a la expresidenta.

En una resolución de fuerte impacto político y judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas dictadas en la causa conocida como “la ruta del dinero K”, al rechazar por mayoría los recursos de apelación presentados por los condenados, entre ellos el empresario Lázaro Báez, quien ya cumple arresto domiciliario con tobillera electrónica.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Mariano Lozano y Ramón Luis González, desestimó los planteos de las defensas mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal, que permite rechazar recursos sin tratamiento de fondo. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, al sostener que correspondía pedir la opinión del Procurador General antes de resolver.
La decisión ratifica las condenas por lavado de activos dictadas por el Tribunal Oral Federal 4 y confirmadas en 2023 por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal. El tribunal de origen deberá ahora decidir cuáles de las penas se cumplirán de manera efectiva y ordenar las detenciones que correspondan.
El caso Báez y el posible impacto en Cristina Kirchner
El fallo adquiere una relevancia adicional por su potencial efecto en la causa “Vialidad”, en la que está condenada la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión por administración fraudulenta. Si la Corte mantiene el mismo criterio, podría dejar firme esa condena antes de agosto, lo que impediría a la exmandataria postularse en las próximas elecciones legislativas.
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Las condenas confirmadas
La investigación judicial probó una serie de maniobras financieras ligadas al Grupo Austral, que incluyeron el traslado de dinero en efectivo desde Santa Cruz a Buenos Aires, su envío a cuentas en Uruguay y Suiza mediante la financiera SGI (La Rosadita), y su posterior reingreso al país a través de bonos de deuda pública. El circuito fue calificado como una operación de lavado de dinero de origen ilícito, vinculado al fraude contra el Estado o la evasión fiscal.
Entre las penas confirmadas figuran:
- Lázaro Báez: 10 años de prisión (originalmente 12)
- Martín Báez: 6 años y 6 meses
- Leonardo Fariña: 3 años y 6 meses (pena reducida por ser “arrepentido”)
- Daniel Pérez Gadín y Jorge Chueco: 6 años
- Julio Mendoza: 5 años
- Fabián Rossi, Juan De Rasis, César Fernández: 4 años y 6 meses
También se ordenó el decomiso de más de USD 54 millones y multas a las empresas involucradas. Dos hijas de Báez fueron absueltas en instancias anteriores y sus absoluciones quedaron firmes.
Los argumentos de las defensas
Los condenados habían cuestionado la valoración de las pruebas, la aplicación retroactiva del tipo penal de auto-lavado y la supuesta afectación del derecho a la defensa. También denunciaron irregularidades como la incorporación de pruebas extranjeras sin peritaje y el uso de declaraciones que calificaron como “guionadas”.
Sin embargo, la Corte no abordó esos argumentos de fondo, al considerar los recursos inadmisibles por la vía procesal elegida. Rosenkrantz, en disidencia, insistió en que la Corte debía analizar si correspondía aplicar el tipo penal vigente en el momento de los hechos o al finalizar la maniobra.