El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ratificó una multa histórica a Google por 4.125 millones de euros
La justicia europea rechazó el recurso de la multinacional y confirmó la sanción por abuso de posición dominante en el mercado de dispositivos móviles Android.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ratificó de manera definitiva la multa récord de 4.125 millones de euros impuesta a Google por abusar de su posición dominante en el mercado de dispositivos móviles Android. Los jueces de Luxemburgo rechazaron el recurso presentado por la multinacional tecnológica y su empresa matriz, Alphabet, contra la sentencia dictada en 2022 por el Tribunal General de la Unión Europea.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa decisión judicial confirma el fondo de lo determinado originalmente por la Comisión Europea, aunque en su momento se redujo la cifra inicial de 4.340 millones de euros. El conflicto central radica en las condiciones impuestas por la compañía a los fabricantes de teléfonos inteligentes que utilizan el sistema operativo Android.
Esta sentencia no reconoce las importantes inversiones realizadas para garantizar que Android siga siendo abierto, interoperable y gratuito. Sin embargo, ajustamos nuestros acuerdos para cumplir con la sentencia inicial en 2018 y seguimos centrados en la innovación continua y la apertura para nuestros usuarios, socios y desarrolladores.
En el año 2018, la Comisión Europea determinó que el grupo había incurrido en prácticas de competencia desleal al favorecer su motor de búsqueda Google Search y el navegador Chrome. Esto se lograba mediante acuerdos de preinstalación y cláusulas de licencia que fueron clasificadas como una infracción única y continuada.
Tras una anulación parcial vinculada a ciertos acuerdos de reparto de ingresos, el Tribunal General recalculó la multa en 4.125 millones de euros. De este monto, Alphabet debía pagar solidariamente 1.521 millones de euros junto a Google. Finalmente, el Tribunal de Justicia sostuvo que no existió error de derecho al considerar que las prácticas impugnadas restringían la competencia y reforzaban la posición dominante de la empresa en el mercado global.
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