Ajustarán de forma bimestral las diferencias de precio en las tarifas de gas desde agosto
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad dispuso que el traslado de los costos de adquisición de gas a las facturas se realice cada dos meses para evitar saltos bruscos en los valores.
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El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENREGE) formalizó un cambio significativo en el esquema de traslado de los costos de adquisición de gas a las facturas de los usuarios. A través de la Resolución 331/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se estableció que el ajuste de las diferencias de precio pasará de ser estacional a bimestral a partir de agosto de 2026.
La normativa se centra en las denominadas Diferencias Diarias Acumuladas (DDA), las cuales representan la brecha existente entre el valor del gas que las empresas distribuidoras adquieren efectivamente y el precio estimado que se incluyó originalmente en la tarifa del usuario. Hasta el momento, estos saldos se acumulaban y ajustaban de manera estacional, pero con la nueva disposición, el cálculo e incorporación a las tarifas se efectuará cada dos meses.
El objetivo principal de las autoridades es evitar que los usuarios deban afrontar incrementos bruscos en sus facturas debido a la acumulación de saldos por períodos de tiempo más prolongados.
Al respecto, en el texto oficial se explicó que el ajuste en la periodicidad busca “adecuarla, transitoriamente, a un esquema que sostenga los principios de gradualidad y previsibilidad, evitando todo ajuste significativo derivado de plazos más extensos”.
Esta medida se implementa en el marco de la emergencia del sector energético nacional, la cual fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027. En este contexto, la Secretaría de Energía instruyó al ENREGE a adecuar los procedimientos para que el sistema refleje el costo real del gas, garantizando que esto no genere beneficios ni pérdidas extraordinarias para las empresas distribuidoras y respetando el principio de “mínimo costo para los consumidores”.
Como parte de esta reestructuración, se suspende transitoriamente la Resolución 559/2025, que regía el procedimiento anterior, con el fin de evitar contradicciones legales durante la emergencia. El organismo regulador deberá asegurar que se mantengan los criterios de transparencia y los lineamientos necesarios para que los precios no superen los niveles de mercado.
Los nuevos cuadros tarifarios que apliquen esta metodología comenzarán a regir a partir de agosto de 2026, medida que ya fue notificada a todas las licenciatarias del servicio de distribución de gas natural del país para su inmediata aplicación.
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