ARCA extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó una prórroga para la presentación de las declaraciones juradas de personas humanas correspondientes al período fiscal 2025.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La medida, que beneficia a las personas humanas que aún deben cumplir con esta obligación, fue oficializada mediante la Resolución General 5876.
El nuevo cronograma establece que la declaración jurada podrá presentarse hasta el 27 de agosto de 2026, inclusive. Esta decisión respondió a un pedido realizado por profesionales de ciencias económicas tras un encuentro entre representantes de profesionales contables y el ministro de Economía, Luis Caputo.
Diferencia entre presentación y pago
Es importante destacar que la prórroga alcanza únicamente a la presentación del documento. La fecha para ingresar el saldo resultante del impuesto no fue modificada y el vencimiento se mantuvo en el 27 de julio. Por este motivo, quienes tengan un monto determinado a pagar deben diferenciar ambas obligaciones tributarias.
Asimismo, ARCA no modificó el calendario del Impuesto sobre los Bienes Personales. Tanto la presentación de la declaración jurada como el ingreso del saldo correspondiente a ese tributo conservaron como fecha límite el 27 de julio. De esta manera, la extensión anunciada debe interpretarse específicamente para la presentación de Ganancias 2025 de personas humanas y no como una prórroga general.
Cambios en los anticipos y contexto
La Resolución General 5876 también introdujo una modificación para quienes deben ingresar anticipos del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2026. El primer anticipo, que originalmente vencía durante agosto, fue trasladado a septiembre. Las fechas dependerán de la terminación de la CUIT de cada contribuyente y se concentrarán entre el 14 y el 16 de septiembre de 2026.
Este cambio permite que la presentación definitiva correspondiente a 2025 se realice antes del vencimiento del primer anticipo del período siguiente. La medida se produce mientras se analizan modificaciones al régimen simplificado, incluyendo la posible eliminación de límites de ingresos y patrimonio que condicionaban el acceso al sistema, así como la posibilidad de que grandes contribuyentes nacionales utilicen este mecanismo.
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