Cocinas domiciliarias: se actualizó la reglamentación en Tandil y se amplió el listado de alimentos permitidos
A través de un decreto, el Ejecutivo modificó distintos artículos de la reglamentación del régimen de Cocinas Domiciliarias. Los cambios buscarán agilizar los trámites, fortalecer los controles bromatológicos y ampliar las posibilidades para emprendedores que elaboran alimentos desde sus hogares.
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El Departamento Ejecutivo aprobó el Decreto Nº 2109/2026, mediante el cual introdujo una serie de modificaciones a la reglamentación del régimen de Cocinas Domiciliarias (CODO), vigente desde 2021, con el objetivo de optimizar su funcionamiento, precisar procedimientos administrativos y adecuar la normativa a la experiencia recogida durante más de cuatro años de implementación.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa medida modificó distintos artículos del Decreto Nº 4152/2021, reglamentario de la Ordenanza Nº 17.060, que regula la elaboración y comercialización de alimentos caseros en domicilios particulares dentro del partido de Tandil.
En los fundamentos, el Ejecutivo sostuvo que el crecimiento de los emprendimientos familiares vinculados a la producción de alimentos, impulsado tanto por la necesidad de generar ingresos como por nuevas modalidades de comercialización, hizo necesario actualizar la normativa para acompañar esos procesos sin descuidar los controles sanitarios.
El decreto señaló que muchas familias encontraron en la elaboración de alimentos una alternativa concreta de autoempleo frente a la inestabilidad laboral y la caída de los ingresos, por lo que consideró que el Estado municipal debe ofrecer herramientas que faciliten la formalización de esos emprendimientos y promuevan el desarrollo productivo local.
Dos autoridades con funciones diferenciadas
Uno de los principales cambios estableció con mayor precisión las responsabilidades de las áreas municipales involucradas.
La Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación quedó formalmente designada como autoridad de aplicación en todo lo referido al registro, acompañamiento, promoción y evaluación socio-productiva de los emprendimientos.
En tanto, la Dirección de Bromatología y Zoonosis mantendrá la responsabilidad técnica sobre las evaluaciones sanitarias, inspecciones, controles, habilitaciones y seguimiento de las condiciones de elaboración, conforme al Código Alimentario Argentino y la normativa vigente.
Nuevo procedimiento para obtener la habilitación
La reglamentación también reorganizó el trámite que deberán realizar quienes quieran incorporarse al régimen CODO.
Los interesados deberán iniciar el expediente en la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación, donde serán registrados como emprendedores y participarán de una entrevista inicial destinada a relevar información sobre la actividad, el tipo de productos que elaborarán, la escala de producción y la modalidad de comercialización.
Solo una vez superada esa instancia serán derivados a Bromatología para solicitar la primera inspección del domicilio.
El decreto aclaró expresamente que la inscripción inicial y la entrevista no habilitan a elaborar ni vender alimentos. La autorización recién se otorgará después de que Bromatología verifique las condiciones higiénico-sanitarias del lugar y emita el permiso municipal correspondiente.
Asimismo, se estableció un procedimiento para corregir observaciones o documentación faltante antes de realizar la inspección definitiva y se previó la posibilidad de otorgar plazos para realizar adecuaciones edilicias o sanitarias cuando sean necesarias.
Más productos autorizados
Otro de los cambios más relevantes fue la actualización del listado de alimentos que podrán producirse bajo el régimen de Cocinas Domiciliarias.
Entre los productos habilitados se encuentran:
* dulces, mermeladas, jaleas y almíbares;
* chocolates, bombones de fruta, turrones y garrapiñadas;
* panificados, galletitas, bizcochos, alfajores, tortas fritas, buñuelos y churros;
* encurtidos, chutney y chimichurri;
* barras de cereal;
* frutas y verduras deshidratadas;
* fraccionamiento de frutos secos, cereales, legumbres y condimentos (con excepción del pimentón);
* pastas frescas no rellenas;
* tapas para empanadas y tartas;
* panqueques y prepizzas;
* aderezos;
* medallones veganos y milanesas de soja sin relleno;
* pasta de maní;
* té y blends;
* ensaladas de frutas, ensaladas de verduras frescas y sopas, siempre que la autoridad bromatológica considere que reúnen las condiciones sanitarias correspondientes.
En cambio, continuaron excluidos del régimen la elaboración de bebidas alcohólicas, licores, empanadas y cualquier otra preparación rellena que no resulte compatible con las condiciones previstas para las cocinas domiciliarias.
Además, la Dirección de Bromatología conservará la facultad de rechazar productos cuya elaboración considere incompatible con este tipo de habilitación.
Beneficios para nuevos emprendedores
La modificación también incorporó un incentivo económico para quienes ingresen por primera vez al régimen.
Los nuevos emprendimientos estarán exentos, por única vez, del pago de hasta cinco análisis bromatológicos correspondientes a los primeros productos que presenten para evaluación.
La exención será únicamente para la incorporación inicial. A partir de nuevos productos, renovaciones o análisis adicionales, los costos deberán abonarse de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.
Formalización e inclusión productiva
En los considerandos del decreto, el Ejecutivo remarcó que las Cocinas Domiciliarias constituyen una herramienta de inclusión productiva y una instancia de transición hacia mayores niveles de formalización para pequeños emprendedores.
También destacó que el régimen no reemplaza a las salas comunitarias de elaboración de alimentos ni a los establecimientos bromatológicamente habilitados, sino que complementa el esquema municipal de promoción de la producción local, diferenciando las distintas escalas de elaboración.
La norma lleva las firmas del secretario de Desarrollo Productivo e Innovación, Diego Gabriel Martín; de la presidenta del Sistema Integrado de Salud Pública, Cecilia Martens; y del intendente Miguel Lunghi.
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