Dos miradas, a diez años de la implementación de los juicios por jurados en la Provincia
Desde su implementación en 2015, el juicio por jurados mantiene un debate abierto entre quienes lo consideran un avance constitucional y quienes lo ven como un retroceso institucional. Según datos oficiales, en Tandil se realizaron hasta agosto de este año 15 juicios: en diez, el veredicto fue de culpabilidad y, en los restantes cinco, el imputado fue declarado ‘no culpable’. La capacidad de los ciudadanos no instruidos en cuestiones judiciales para decidir la culpabilidad o no de un imputado, la movilización de recursos económicos y humanos que plantea la realización de los juicios y la influencia de los medios masivos de comunicación y las redes sociales en los veredictos, entre los puntos más fuertes del debate.
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A más de diez años de la sanción de la Ley 14.543 de juicios por jurados en la provincia de Buenos Aires, las experiencias acumuladas y los datos judiciales reavivan la discusión sobre la participación ciudadana en el ámbito penal, su viabilidad y los límites de un modelo que enfrenta argumentos.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa figura del jurado popular, integrada por doce ciudadanos y ciudadanas sin formación jurídica, plantea desde su origen una discusión sobre la capacidad técnica de los ciudadanos comunes para decidir sobre hechos que pueden derivar en condenas de más de 15 años de prisión –incluida la perpetua- o en absoluciones.
La capacidad de los ciudadanos no instruidos en cuestiones judiciales para decidir la culpabilidad o no de un imputado, la movilización de recursos económicos y humanos que plantea la realización de los juicios y la influencia de los medios masivos de comunicación y las redes sociales en los veredictos se encuentran entre los puntos más fuertes del debate.
El juez de la Cámara Penal de Apelaciones y Garantías del Departamento Judicial de Azul, Carlos Pagliere, sostuvo desde el inicio del debate público una postura crítica: “El juicio por jurados no es democrático porque no tiene nada que ver con la democracia, no es republicano porque no fundamenta; es antieconómico, engorroso e injusto porque hay gente no preparada haciendo cosas que no sabe. Este sistema produce fallos injustos precisamente por ese desconocimiento”, remarcó ante la consulta de El Eco de Tandil.
Según el magistrado, el problema no radica solo en la falta de formación jurídica de los jurados, sino en la imposibilidad de conocer las razones que motivan un veredicto. “Cuando a una persona la condenan o la absuelven, lo legítimo es saber el por qué de esa decisión. El jurado dice ‘culpable’ o ‘no culpable’ y uno se va a morir sin tener la menor idea de por qué se tomó esa decisión. Eso es un retroceso abismal”, advirtió.
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Desde una perspectiva opuesta, el defensor oficial de Tandil, Pablo Molina Marañón, aseguró que cuestionar la capacidad de los ciudadanos comunes es “una falacia”.
A su entender, “no se requiere de ninguna capacitación especial para ver si un hecho ocurrió o no ocurrió, si está probado o no que esa persona fue el autor o que el hecho sucedió de determinada manera”, dijo el defensor a este Diario.
Molina Marañón explicó que el sistema se basa en la lógica y el sentido común, valores que –señaló– no son patrimonio exclusivo de los jueces técnicos. “Los medios de prueba son accesibles a cualquier persona. Cualquiera puede comprender una declaración testimonial o el resultado de una pericia si el perito lo explica. Pretender que solo los técnicos puedan decidir es, en realidad, una manera de conservar poder dentro del sistema judicial”, subrayó.
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Pagliere, en cambio, comparó la situación con otros oficios: “Si yo entro a un taller mecánico a enseñarles a quienes están ahí cómo reparar un auto, se me van a reír en la cara. Cuando digo que un jurado no va a poder hacer una labor de calidad es porque el derecho es una ciencia rígida. Una persona sin preparación puede cometer un error fatal”, aseveró.
La implementación
La Ley provincial 14.543 fue sancionada por la Legislatura bonaerense en 2013 pero comenzó a aplicarse recién casi dos años después. Según los datos de la Suprema Corte de Justicia, hasta el 31 de agosto de este año los tribunales bonaerenses realizaron 841 juicios con jurados populares -494 con veredicto de culpabilidad del imputado-, aunque en muchos departamentos judiciales el ritmo de las convocatorias sigue siendo bajo.
En la sede Tandil del Departamento Judicial de Azul, por caso, se realizaron en ese período 15 juicios por jurados y hay tres que están pendientes para los próximos meses. En diez de ellos el veredicto fue de ‘culpable’ y en los otros cinco de ‘no culpable’.
En este punto, Pagliere aludió a las dificultades logísticas del sistema. “Desde un punto de vista técnico, es muy difícil convocar a la gente. Hay que citar a 48 personas del padrón electoral, de las cuales responden muy pocas. Si uno no llama por teléfono y les advierte que es una carga pública y hasta les manda remises para que concurran, el juicio está destinado al fracaso”, señaló.
El magistrado explicó que en el Departamento Judicial de Azul, que abarca varias localidades –entre ellas Tandil, Olavarría, Benito Juárez, Las Flores y General Alvear–, las distancias complican aún más la organización. “Se convoca a 48 jurados, pero normalmente responden unos 30. Después vienen las recusaciones, las excusaciones y los problemas de traslado. Es un trabajo previo de muchos días”, describió.
Para Molina Marañón, en cambio, la baja cantidad de juicios no refleja una falla estructural sino la propia dinámica del sistema penal. “Estamos teniendo apenas tres o cuatro juicios por jurados por año en Tandil, mientras que los juicios comunes superan los 100. Es insignificante estadísticamente, pero eso no quiere decir que el modelo sea ineficiente. Los jueces siempre van a tener una enorme cantidad de trabajo”, afirmó.
Pagliere consideró, por otra parte, que el sistema es “antieconómico” y “retrógrado”.
“Son uno o dos días en los que hay que llevar a la gente, darle de comer y pagarle otros viáticos. Y no tiene nada democrático: es solo participación ciudadana. Pero lo cierto es que además la gente no quiere participar: tiene su vida, sus problemas, tiene miedo. Y tiene razón”, sostuvo.
Desde la vereda opuesta, Molina Marañón destacó que la Ley prevé compensaciones económicas para los ciudadanos convocados. “Se paga un valor por día que representa la pérdida de ingresos y, además, se abonan los gastos de pasaje, hotel y comida. Es un deber cívico pero también un derecho que se respalda con condiciones adecuadas”, explicó.
Ciudadanía e involucramiento social
La Constitución Nacional de 1853 ya contemplaba la figura del jurado popular, y la reforma de 1994 reafirmó esa premisa como garantía de participación ciudadana en el sistema de Justicia. Es decir que su implementación efectiva, en la provincia de Buenos Aires, se demoró más de 160 años.
Para Molina Marañón, esa demora refleja una resistencia estructural de los poderes judiciales a compartir decisiones con la ciudadanía. “Los pocos jueces que están en contra del sistema lo hacen porque hay una cesión de poder al jurado popular. La historia judicial argentina viene de la lógica monárquica, donde el juez fallaba según la voluntad del rey. Hoy no hay rey, pero el Estado sigue imprimiendo su lógica”, sostuvo.
El defensor de Tandil planteó que el jurado representa una forma concreta de control social sobre el poder punitivo. “En el juicio por jurados hay verdadera igualdad de armas. El juez técnico cumple un rol de árbitro, da la palabra a las partes pero no decide el resultado. Quien decide es la ciudadanía”, explicó.
Pagliere, en cambio, rechazó que el sistema fortalezca la democracia. “Tampoco tiene nada de democrático. Si mañana busco a 12 personas del padrón para que elijan al Presidente, todos me saltarían a la yugular. La democracia no tiene nada que ver con esto; esto es participación ciudadana, pero la gente no quiere participar”, argumentó el juez de Azul.
En su visión, el problema no radica solo en la falta de interés sino en la ausencia de fundamentación de los veredictos. “El jurado entra, delibera y dice culpable o no culpable, y nadie sabe por qué. Eso es lo peor, porque la transparencia republicana exige que quienes ejercen el poder den cuenta de sus actos”, señaló el magistrado.
Para Molina Marañón, el sistema de jurados favorece, en cambio, un debate plural y equilibrado.
“Tenés seis hombres y seis mujeres. Hay un equilibrio dinámico que muchas veces excede en calidad lo que puede hacer un juez técnico. Las decisiones se construyen colectivamente y reflejan el sentir social, no la mirada de un solo magistrado”, afirmó.
Medios, redes y opinión pública
La posible influencia de los medios de comunicación y las redes sociales sobre la decisión de los jurados populares constituye otro eje de tensión entre ambas miradas.
En ese sentido, Pagliere consideró que “el jurado es mucho más permeable al humor social”. En su análisis, los comentarios en noticias o en redes “muchas veces reflejan frustraciones o desconocimiento técnico”, pero pueden influir en las decisiones.
“Eso es peligroso, porque esa persona puede creer que hay un determinado clima social y que si falla de determinada forma va a tener una condena pública”, advirtió.
Pero Molina Marañón descartó ese riesgo. “Muy probablemente la integración del jurado no sea local, sino de otras ciudades. Justamente se busca que quienes juzgan no tengan ataduras conceptuales ni prejuicios”, comentó.
Y explicó que existen mecanismos de control para evitar influencias externas. “En la audiencia de selección los jurados deben completar una declaración jurada y las partes pueden indagar sobre cualquier tema. Si alguien conoce a la víctima, al acusado o tiene una posición política fuerte, queda automáticamente excluido”, detalló.
El defensor oficial remarcó en este punto que el sistema prevé, además, la posibilidad de impugnar decisiones si se demuestran irregularidades. “Las reglas son claras. Los jurados deciden sobre los hechos, no sobre el derecho ni sobre la pena. Y si el procedimiento tiene vicios, el tribunal técnico puede revisarlo”, aclaró.
Pagliere, por su lado, insistió en que la permeabilidad social es inevitable. “El jurado no puede aislarse del contexto. Es imposible que no llegue contaminado por lo que dicen los medios o por lo que escuchó en la calle”, sostuvo.
Un debate que sigue abierto
A más de una década de su sanción, el juicio por jurados se consolida como una experiencia que combina logros institucionales y tensiones permanentes. Entre 2015 y 2025, los tribunales bonaerenses realizaron miles de juicios bajo este formato, aunque -como se ha dicho- su peso en el total de causas penales sigue siendo minoritario.
Para Pagliere, el balance es negativo: “Es un sistema retrógrado, anti-republicano y anti-económico. No puede ser que una decisión tan trascendental como dejar presa a una persona de por vida o absolver a un acusado se resuelva sin saber por qué”, indicó.
Molina Marañón, por el contrario, lo ve como un mandato constitucional finalmente cumplido. “El juicio por jurados es un imperativo de la Constitución desde 1853 y su implementación fue una deuda histórica. Representa una manera de devolverle al pueblo parte del poder que durante siglos estuvo concentrado en unos pocos”, concluyó.
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“Los jurados aportan una mirada no técnica pero profundamente humana”
Entrevistado por El Eco de Tandil, el abogado Gastón Argeri explicó algunas cuestiones centrales y ofreció su mirada sobre los juicios por jurados.
-¿En qué consiste el juicio por jurados?
-El juicio por jurados es un proceso de enjuiciamiento penal en la que doce ciudadanos, elegidos de manera aleatoria, son convocados para escuchar las pruebas presentadas en un juicio oral y decidir si el acusado es culpable o no culpable del delito que se le imputa. En este sistema, el juez que interviene sigue teniendo un rol fundamental: dirige el proceso, controla la legalidad del debate, garantiza las reglas del debido proceso y dicta la sentencia en función del veredicto emitido por el jurado, culpable o no culpable. Sin embargo, la decisión sobre los hechos, la cuestión central de la culpabilidad recae exclusivamente en los ciudadanos. En la Argentina, este modelo tiene rango constitucional, y se aplica en delitos graves, con penas determinadas según lo regulado por la normativa vigente.
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-¿Qué aporta al sistema de Justicia la participación popular?
-El juicio por jurados democratiza la justicia penal. Introduce la voz de la ciudadanía en el proceso judicial, fortaleciendo la transparencia, la legitimidad y la confianza social en el sistema. Los jurados aportan una mirada no técnica pero profundamente humana, más cercana al sentido común, a la moral colectiva y a los valores sociales vigentes. Esto permite que las decisiones penales, especialmente en casos de alto impacto, no queden solo en manos de funcionarios judiciales, sino que reflejen también la conciencia y el juicio ético de la comunidad. Además, el sistema de jurados obliga a los fiscales y abogados que participan a comunicar con claridad, a exponer de manera pedagógica la prueba y a sostener argumentos sólidos, lo que mejora la calidad del debate oral. Y sobre todo, aumenta el control ciudadano sobre el poder judicial, ya que la sociedad pasa de ser espectadora a protagonista.
-¿Cree que los ciudadanos sin formación judicial se encuentran preparados y capacitados para participar?
-Sí, absolutamente. El juicio por jurados parte de una premisa fundamental: no hace falta ser abogado para entender lo que es justo. El jurado no interpreta leyes ni redacta sentencias; lo que hace es valorar pruebas y decidir sobre hechos, guiado por las instrucciones legales que le brinda el juez que interviene. La experiencia en las provincias donde ya funciona demuestra que los jurados actúan con responsabilidad, equilibrio y sentido común, incluso en causas complejas. Reciben explicaciones claras, participan activamente en las audiencias, hacen preguntas y deliberan con compromiso. De hecho, muchos jurados luego declaran que fue una de las experiencias cívicas más enriquecedoras de sus vidas. Por eso se dice que el jurado educa a la ciudadanía en democracia y al poder judicial en humildad.
-¿Considera que influyen los discursos mediáticos en el veredicto final?
-Los medios de comunicación tienen un impacto innegable en la formación de la opinión pública y, por ende, pueden influir en la percepción de un caso antes del juicio. Sin embargo, el sistema judicial tiene mecanismos de resguardo: el jurado no puede tener contacto con las partes, ni con información externa al debate, y el juez debe garantizar la imparcialidad. En la práctica, la deliberación se basa exclusivamente en las pruebas presentadas en el juicio, o sea en el debate oral que presencio el propio jurado. Por eso se instruye a los jurados a no leer noticias, no revisar redes sociales ni conversar sobre el caso fuera de la sala. El jurado es soberano, pero también está protegido por reglas de aislamiento y orientación que buscan blindar su decisión de presiones externas. Ahora bien, la responsabilidad también recae en los medios: deben informar con ética, sin prejuzgar ni generar condenas anticipadas.
-¿Cree que la sociedad se encuentra interesada en participar de este tipo de juicios?
-Sí, cada vez más. Al principio existía cierto temor o desconfianza, pero la práctica ha demostrado que la ciudadanía tiene vocación de participar y lo hace con seriedad. Muchos ciudadanos, cuando son convocados, sienten el peso y el honor de intervenir en un proceso donde se decide la libertad o culpabilidad de una persona. Además, el juicio por jurados reconcilia a la sociedad con la justicia: le devuelve sentido de pertenencia y credibilidad. Cuando la gente participa directamente, comprende el valor de las pruebas, la importancia del debido proceso y la dificultad de juzgar. En definitiva, el juicio por jurados fortalece el vínculo entre justicia y comunidad y transforma al ciudadano común en un verdadero actor del sistema democrático.
